Para la Organización Mundial de la Salud (OMS), se entiende como Discapacidad aquella restricción o impedimento de la capacidad de realizar una actividad en la forma o dentro del margen que se considera normal para el ser humano.
La Discapacidad se caracteriza por excesos o insuficiencias en el desempeño de una actividad rutinaria normal, los cuales pueden ser temporales o permanentes, reversibles o surgir como consecuencia directa de la deficiencia o como una respuesta del propio individuo, sobre todo la psicológica, a deficiencias físicas, sensoriales o de otro tipo.
Actualmente se prefiere utilizar "diversidad funcional" ya que "discapacidad" puede llevar a estigmatizar la situación de la persona y a impedir su integración en la sociedad.
De esta forma siempre se evita contribuir a los estereotipos y prejuicios con respecto a las personas con diversidad funcional.
Valoración y cálculo de la discapacidad
Las actividades que una persona debe realizar en su vida diaria (AVD) se utilizan para valorar el grado y el porcentaje de discapacidad que tiene una persona.
Las actividades diarias se dividen en autocuidado, comunicación, actividades físicas, funcionales, control del sueño. Y son las siguientes:
- Trasladarse entre la silla y la cama.
- Movimientos como elevar, agarrar, sujetar, empujar, etc.
- Aseo personal.
- Uso del retrete.
- Bañarse o ducharse (higiene personal).
- Desplazarse en silla de ruedas.
- Subir y bajar escaleras.
- Vestirse, cambiarse y desvestirse.
- Imposibilidad de controlar las heces y orina.
- Comunicación y actividades sociales y de ocio.
- Comer.
- Funciones sexuales.
- Control del sueño
- Capacidad para el uso de medios de transporte.
- Valoración de las dificultades de movilidad
Para valorar las dificultades de movilidad se utiliza el llamado baremo de movilidad reducida. Este baremo se aplica a las personas con un porcentaje de discapacidad superior al 33%.
Se considera que una persona tiene dificultades de movilidad cuando es usuario de silla de ruedas, cuando depende absolutamente de dos bastones para deambular y cuando puede deambular, pero presenta conductas agresivas o molestas de difícil control.
Baremos para la ayuda de una tercera persona
Se podrán beneficiar del Subsidio por Ayuda de Tercera Persona quienes se vean afectados por una minusvalía del 75% o superior y cumplan con los requisitos, (no estar trabajando, no estar en un centro, ser mayor de 18 años y ser españoles o extranjeros con residencia legal).
Grados de discapacidad
Dicho lo anterior, el término es utilizado por el Instituto Nacional de Seguridad Social para:
- Dictaminar la incapacidad de un trabajador por un accidente o enfermedad.
- Cuando una persona no puede ejercer una vida laboral activa y por lo tanto es proclive a recibir una paga para subsistir.
- Si la persona necesita de facilidades extras o ayuda de terceras personas.
Según la Ley RD. 1971/1999 de 23 de diciembre hay diferentes grados de discapacidad y estos baremos se miden por grados y clases o porcentajes:
Grado 1 de discapacidad
Cuando la discapacidad es nula: la persona sufre daños, tiene síntomas, signos o secuelas, pero no justifican dificultad alguna para realizar las actividades diarias, pero se pueden realizar en su totalidad.
Grado 2 de discapacidad
Cuando la discapacidad es leve: la persona sufre daños, tiene síntomas, signos o secuelas, y se demuestra que existe alguna dificultad para realizar las actividades diarias, pero se pueden realizar en su totalidad.
Grado 3 de discapacidad
Cuando la discapacidad es moderada: la persona sufre daños, tiene síntomas, signos o secuelas que causan una importante disminución o imposibilidad de la capacidad de la persona para la realización de las actividades diarias. Pero la persona es independiente en las actividades de autocuidado.
Grado 4 de discapacidad
Cuando la discapacidad es grave: la persona sufre daños, tiene síntomas, signos o secuelas que causan una importante disminución o imposibilidad de la capacidad de la persona para la realización de las actividades diarias. En este caso, puede estar afectada alguna de las actividades diarias de autocuidado.
Grado 5 de discapacidad
Cuando la discapacidad es muy grave: la persona sufre daños, tiene síntomas, signos o secuelas que impiden e imposibilitan la realización de las actividades diarias.
Determinación del porcentaje de discapacidad
Además de los grados de discapacidad, existe el porcentaje de discapacidad que se calcula en base a la clase de discapacidad que se dictamine. Los porcentajes están relacionados con los grados anteriormente mencionados.
Por ley se distinguen 5 clases de porcentajes:
- Clase 1: 0% de discapacidad. La persona es calificada con incapacidad, pero no impide realizar ninguna de las AVD.
- Clase 2: 1% a 24% de discapacidad. La persona es calificada con una discapacidad leve.
- Clase 3: 25% a 49% de discapacidad. La persona es calificada con una discapacidad moderada.
- Clase 4: 50% a 70% de discapacidad. La persona es calificada con una discapacidad grave.
- Clase 5: 75% de discapacidad.La persona es calificada con una discapacidad muy grave.
Quién es la entidad encargada de su gestión
Todo trámite relacionado con la discapacidad, será gestionado por las Comunidades Autónomas. Es por ello, que los baremos, requisitos, y procedimientos, podrán variar de una autonomía a otra.
Para más información y asesoramiento, se podrá acudir a los centros de Servicios Sociales de nuestra zona.