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¿Cómo puede aplicar tu emprendimiento a la Plataforma Open del BHD-León?

Publicado el 25 septiembre 2020 por Conectoraong
¿Cómo puede aplicar tu emprendimiento a la Plataforma Open del BHD-León?
¿Te gustaría conseguir financiamiento de una institución financiera prestigiosa de la República Dominicana? Si tu respuesta es positiva, te invitamos a leer este artículo.
A continuación, te compartimos los pasos para que confirmes si tu emprendimiento puede ser seleccionado:
1-Debes abrir una cuenta en el BHD-León, puedes dirigirse a la sucursal de tu preferencia con la documentación y requerimientos requeridos:

• Balance mínimo de apertura de cuenta. (RD$5,000.00)

• Documentación legal de la empresa (Si aplica):

•  Compañía con más de tres (3) años de constituida:

•  Copia certificada y sellada de los estatutos sociales.

• Copia certificada y sellada del Acta Constitutiva (en caso de aportes en naturaleza deberán enviar Acta de la Primera y la Segunda Asamblea General Constitutiva, y el informe que para estos fines debe rendir el Comisario de los Aportes).

•  Certificado de Registro de Nombre Comercial, emitido por la Oficina Nacional de Propiedad Industrial (Onapi).

•  Tarjetas de firmas, las cuales deben estar con la inicial de verificadas

• Certificado de Registro Mercantil, emitido por la Cámara de Comercio y Producción. Ley 3-02.

•   Registro Nacional de Contribuyentes (R.N.C.)

•  Copia certificada y sellada del Acta de la Asamblea General de Accionistas donde se nombran a los actuales administradores.

•   Lista de suscripción y pago de las acciones, conteniendo el nombre y generales de los accionistas.

•   Copia certificada y sellada del Acta del órgano o funcionario competente para la apertura, cierre y manejo de las cuentas bancarias a nombre de la entidad, autorizando dicha operación, indicando las personas autorizadas a suscribir los cheques a girar contra las mismas y la forma en que lo harán, es decir, de manera individual o conjunta, estableciendo además, que esta autorización se considerará vigente hasta que se notifique su revocación de manera expresa a nuestra institución.

•   Copia certificada y sellada del Acta del órgano o funcionario competente para la contratación de préstamos, donde se aprueba éste tipo de operaciones, indicando las garantías y condiciones a ser acordadas y estableciendo además la(s) persona(s) que va(n) a actuar a nombre y representación de la entidad, estableciendo que esta autorización se considerará vigente hasta que se notifique su revocación de manera expresa a nuestra institución.

Para compañías con menos de tres (3) años de constituida:

•  Copia certificada y sellada de los estatutos sociales.

•   Copia certificada y sellada del Acta de la Asamblea General de Constitutiva. (en caso de aportes en naturaleza deberán enviar Acta de la Primera y la Segunda Asamblea General Constitutiva, y el informe que para estos fines debe rendir el Comisario de los Aportes).

•   Certificado de Registro de Nombre Comercial, emitido por la Oficina Nacional de Propiedad Industrial (Onapi).

•  Tarjetas de firmas, con la inicial de verificadas.

• Certificado de Registro Mercantil, emitido por la Cámara de Comercio y Producción. Ley 3-02.

•   Registro Nacional de Contribuyentes (R.N.C.)

•  Copia certificada y sellada del Acta de la Asamblea General de Accionistas donde se nombran a los actuales administradores.

•    Lista de suscripción y pago de las acciones, conteniendo el nombre y generales de los accionistas.

•   Copia certificada y sellada del Acta del órgano o funcionario competente para la apertura, cierre y manejo de las cuentas bancarias de la entidad, indicando las personas autorizadas a suscribir los cheques a girar contra las mismas y la forma en que lo harán, es decir, de manera individual o conjunta, estableciendo además, que esta autorización se considerará vigente hasta que se notifique su revocación de manera expresa a nuestra institución.

•   Copia certificada y sellada del Acta del órgano o funcionario competente para la contratación de préstamos, donde se aprueba este tipo de operaciones, indicando las garantías y condiciones a ser acordadas y estableciendo además la persona que va a actuar a nombre y representación de la entidad, estableciendo además, la(s) persona(s) que va(n) a actuar a nombre y representación de la compañía, estableciendo que esta autorización se considerará vigente hasta que se notifique su revocación de manera expresa a nuestra institución.

•    Recibo del Pago de impuestos cargo a capital correspondiente a la constitución de la compañía.

•    Compulsa Notarial.

Todos y cada uno de los documentos  deben estar certificados, es decir, firmados por el secretario, visados como buenos y válidos por el presidente y estamparles el sello social de la entidad.


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