Revista Economía

Contingente arancelario para las setas y el ajo

Por Oresybryan @OresyBryan

Desde hace varias décadas, la UE concede un contingente arancelario, es decir, la exención del pago del arancel, al sector de las setas, concretamente, a las conservas de setas del género Agaricus mayoritariamente procedentes de China, pero también de terceros países. Y, como viene siendo habitual, para el año 2021 se ha vuelto a aprobar este beneficio para facilitar la importación de este tipo de producto (véase Anexo VII del REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2020/761 DE LA COMISIÓN de 17 de diciembre de 2019).

Sucede lo mismo con el ajo: se le ha concedido un contingente arancelario para ciertos meses del año 2021. Concretamente, el producto que va a tener este privilegio es el ajo fresco o refrigerados del código NC 0703 20 00 procedente de Argentina, de China y de terceros países como Irán, Líbano, Malasia, Taiwán… (véase Anexo VI del REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2020/761 DE LA COMISIÓN de 17 de diciembre de 2019).

La UE sólo concede este beneficio a un determinad volumen del producto y durante un período de tiempo concreto; las empresas que quieran optar a comprar estos productos deberán pasar por un proceso de adjudicación y cumplir con unos requisitos que establece la UE en el reglamento anteriormente mencionado. Entre los requisitos, uno de ellos es la posesión de una garantía del certificado de importación, en el caso de las setas, es de 40€ por cada 1000kg (0,04€/kg) (peso neto escurrido) y en el caso del ajo es de 60€ por cada 1000 kg (0,06€/kg). Este requerimiento es obligatorio para poder optar a la concesión del contingente.

La garantía debe de estar vigente durante todo el período o subperiodos contingentaros que varían dependiendo del artículo, ya que cada caso es diferente. En Avales y Fianzas ofrecemos a las empresas todas las garantías necesarias para la presentación de la solicitud de los contingentes arancelarios.


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