Revista Opinión

Controversias del Copyright

Publicado el 16 septiembre 2019 por Carlosgu82

Sabemos que en una sociedad “comunicadora” como la actual es preciso el “copyright” o derecho de copia, también conocido como derecho de autor en cada producto que una persona elabore, sea un escrito, un video, un audio, etc; en el caso de los inventos este derecho se conoce como patente y tiene implicaciones legales diferentes. Y si nos preguntamos para qué sirve lo más probable es que digamos que para proteger los derechos de una persona por la autoría de un escrito, video, etc. Es cierto, de hecho esto evita controversias entre artistas o científicos, que merecen el crédito de sus obras….pero y si se aplican de manera desmedida y tajante, ¿qué sucede? Bueno pues, suceden cosas como desmonetización de videos que incluyan audio o video de canciones registradas y por lo tanto desmerecimiento del arte que implica combinar escenas de películas con audios de canciones en momentos específicos, por ejemplo los “AMVs”, (tal vez haya quienes se safen de aquello pero es meterse en camisa de once varas), así como controversias en los artículos o blogs que es escriben de manera espontánea y que incluyen ciertos datos científicos.

Controversias del Copyright

Sobre el copyright de los escritos hay más tela por cortar, resulta que los artículos netamente científicos sean escritos por estudiantes, profesionales o investigadores tienen el fin de divulgar conocimiento para resolver casos específicos y debido a que incluyen nuevas experimentaciones, nuevo conocimiento, deben estar respaldados por teorías establecidas de manera que se mantenga la continuidad de la ciencia. Sin embargo para que sean incluídos como ciencia requieren de normas de escritura dictadas por las revistas indexadas en las que se planean publicar. Dentro de dichas normas se encuentran las citas y referencias bibliográficas que muchas veces se las incluyen en artículos de opinión que solo tienen ciertos datos científicos y que tienen otros fines, en eso casos bastaría con una breve cita del autor solo si se expresara exactamente lo que ha dicho, de lo contrario es posible un parafraseo o expresar con nuestras propias ideas la información. Aunque no lo parezca esto contribuye a que se replique con más frecuencia citas textuales (o copias) en los blogs, hasta en trabajos escolares mientras se incluyan las dichosas referencias, impidiendo el desarrollo del razonamiento y criterio individual basado en la lectura comprensiva, a tal punto que muchos pierden credibilidad sobre sus escritos por considerarse casi tan rigurosos como los científicos, es decir se subestima.

Más allá de todo lo expuesto, el caso de los escritos literarios nos devela la parte más irónica del copyright. Consideremos 2 ejemplos: en el primero la persona A escribe un libro y una persona B se adjudica la autoría, en el segundo la persona B solamente comparte el libro a otros pero no indica al autor. El primer ejemplo es claramente una injusticia pero el segundo ciertamente no lo es, sin embargo ambos casos son condenados legalmente por copyright. Ahora reflexionemos ¿para qué escribimos un libro?, ¿para ganar fama o para compartir conocimiento (o entretener)?, esto conlleva a replantear el objetivo principal del copyright, ¿no es acaso la fama?, la necesidad de reconocimiento de la sociedad nos vuelve tan egocéntricos que no recordamos siquiera que grandes obras literarias como “El Lazarillo de Tormes” o “El Cantar del Mío Cid” fueron anónimas.


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