Por Víctor Hugo Majano/ Resumen Latinoamericano
Los linchamientos de Orlando Figuera y Danny Subero ocurren tras un proceso de estigmatización de los dirigentes de la Revolución Bolivariana y de instituciones como la Guardia Nacional.
El asesinato del joven Orlando Figuera Esparragoza, de 21 años, calificado por autoridades venezolanas como un “crimen de odio”, tiene una función simbólica que es la de enviar un mensaje de amedrentamiento al grupo de la población que se define como chavista o posee sus características.
Asimismo la agresión registrada el pasado sábado 20 de mayo, en las cercanías de la plaza Altamira, del municipio Chacao, cumple un fin instrumental orientado a limitar y restringir los movimientos y comportamientos de otros miembros del grupo con que se identifica a la víctima, en este caso, los simpatizantes del chavismo.
Por: Oscar Sánchez Serra| Granma
Todavía hay quienes piensan que la nuestra es una sociedad acrítica, que no opina. No hay peor ciego que el que no quiera ver para darse cuenta de que ha sido la propia Revolución la que ha elevado masivamente los niveles de instrucción y nos ha convocado a ejercer el criterio para, entre todos, encontrar las mejores soluciones.
Hoy se debate —y los canales son los propios medios de prensa nacionales, mediante el uso de las nuevas tecnologías, pese al bloqueo que persigue no conectarnos a la red— acerca de las regulaciones y medidas que salieron el pasado 26 de septiembre en la Gaceta Oficial de la República y fueron ratificadas después en la nota informativa del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros del sábado 2 de noviembre sobre el trabajo por cuenta propia.
¿Unanimidad? Ni asomo de eso hay en el abanico social sobre este tema y no solo por las diferencias, lógicas en cualquier comunidad de seres humanos, sino también porque esta sociedad, en boca de su propio Presidente nos ha mostrado que “La unanimidad absoluta generalmente es ficticia y por tanto dañina”.
Pero por lo general, tampoco asoman contradicciones antagónicas. Como sabemos, en septiembre se precisó el real alcance de las figuras de “Modista o sastre” y el “Productor o Vendedor de artículos varios de usos en el hogar”. El pasado 2 de noviembre el Consejo de Ministros ratificó la ilegalidad de la comercialización minorista de artículos importados o la reventa de los adquiridos en la red comercial estatal, realizadas por esos cuentapropistas y aclaró que la exhibición cinematográfica, que incluye las salas de 3D, así como la organización de juegos computacionales, nunca han sido autorizados y cesarán de inmediato en cualquier tipo de actividad por cuenta propia.
Y se desató entonces un amplio debate social. Seguí las primeras 24 horas de ese rico taller en las redes sociales y medios de prensa cubanos. Consultamos 153 opiniones ese día. La mayoría estuvo de acuerdo con la acción frente al “Productor o Vendedor de artículos varios de usos en el hogar”, es decir lo que denominamos revendedores. “Nunca se debió permitir tal expoliación a nuestro pueblo”, afirman varios de los que opinaron en el periódico Juventud Rebelde y en Cubadebate. De hecho, criterios similares habían sido expresados en muchas de las cartas a la Dirección publicadas en este propio órgano de prensa.
La opinión concordante de esa muestra con lo aplicado a la actividad de venta de ropa importada por los poseedores de licencias de Modista o Sastre, fue menor. Según varios de los consultados, debería regularse de una nueva manera, gravándolos con un impuesto que se corresponda con lo que hacen y no con las funciones de Modista…
Con la que menos coincidencias encontramos fue con la de las salas 3D y de juegos computacionales. Argumentan que esa figura debe existir abonando los tributos que se ajusten a esa actividad. Es decir, en estos dos últimos casos, las opiniones rondan sobre la legalización de esas actividades y con un régimen tributario más exigente.
Incluso hay quienes aseguran que hemos dado un paso atrás en el trabajo por cuenta propia, que se ha cercenado la iniciativa.
Permítasenos, también con la anuencia de los que escuchamos en los intercambios citados, participar del debate. Primero, ha de reconocerse que tanto los Modistas o Sastres como los Productores o Vendedores de artículos varios de usos en el hogar, estaban realizando una actividad que no está descrita y en consecuencia no fue aprobada en el alcance de esas modalidades del trabajo por cuenta propia. Se trata entonces de una acción fuera del marco legal establecido. Lo mismo pasa con las exhibiciones cinematográficas, incluyendo las salas de 3D, y las de juegos computacionales.
La propia nota del sábado 2 de noviembre expresa: “corresponde al Partido y al Gobierno facilitar la gestión de los trabajadores por cuenta propia, no generar estigmas ni prejuicios hacia ellos, lo cual deberá ir acompañado de un cumplimiento estricto de la Ley y los tributos, así como de motivar en este sector el rechazo a las ilegalidades”.
No podían continuarse admitiendo, frente a los ojos de todos, las violaciones que se estaban cometiendo. Hubo de-mora en tomar las medidas que corrigieran las desviaciones. La no acción generó impunidad y manifestaciones de corrupción y lo que es peor, los encargados de velar por el orden pasaron a ser partícipes del desorden jurídico, el más peligroso enemigo de la actualización del modelo económico.
Al intervenir en la I Cumbre de la CELAC, el compañero Raúl, tratando otros temas, específicamente el problema de la droga, dijo: “estos son tipos de problemas que hay que enfrentarlos cuando son pequeños o, mejor, cuando son nonatos”. Si se hubiera actuado bajo esa máxima, no germinaría tanta ilegalidad.
La sabiduría de nuestro pueblo, sustentada en el nivel de instrucción adquirido, es inmensa. Uno de los participantes en el debate reflejado en los sitios web de nuestros medios expresaba, sobre la venta de ropa importada, si “se han puesto a pensar cuántos millones de dólares se fugan del país por esas compras que después no se revierten en la población, porque de dónde salen los dólares para comprar en el exterior. Cambian aquí CUC por USD y se los llevan a otro país para comprar, o sea, eso es fuga de capitales”.
Otro afirma que “el reto está en lidiar armónicamente con esa capacidad de cambio y apertura, del sector privado (no estatal), que nos moderniza y armoniza la vida, con las políticas estatales y asumir cada caso de forma individual, para evitar generalizar las ilegalidades que se cometan”.
“Dar ese plazo para liquidar, ¡es justo señor! lo que no admite plazo son las ilegalidades, que nos lastran a todos. Entonces el silenciar ahora las salas de 3D es correcto, pero también lo es que sean creados espacios de igual naturaleza, de manera organizada y con el control del Estado”, constatamos en el intercambio de opiniones publicado en los sitios cubanos.
Una buena parte, al referirse a las exhibiciones cinematográficas abogan por la regulación de esos espacios a partir de la política cultural del país, ejerciendo por las autoridades competentes y especializadas una fiscalización de ellos para impedir la promoción de códigos ajenos a nuestros principios y valores como sociedad.
El proceso de debate, aprobación e implementación de los Lineamientos aprobados en el VI Congreso del Partido y el propio desarrollo de la actualización del modelo económico y sus proyecciones a largo plazo, han dado sobradas muestras de no estar atados a dogmas.
En tal sentido, habría que revisar la am-bigüedad de la figura 76, del trabajo por cuenta propia, Operador de equipos de re-crea-ción, que según la Gaceta Oficial Ex-traor-dinaria del 26 de septiembre, su alcance se describe así: Instala, opera o alquila equipos para la recreación de la población. No incluye los equipos náuticos. Cumple las regulaciones en cuanto a la seguridad y protección de los equipos y las personas.
Está claro que no autoriza la exhibición cinematográfica, y que quienes lo hacen infringen lo legislado, pero al tender a la confusión, sumado a la no acción de quienes tienen la responsabilidad de controlar, cualquiera se viste de legal.
Ni el Modista o Sastre, ni el Productor o Vendedor de artículos varios de uso en el hogar tienen la posibilidad de confundirse. Lo estipulado es exacto. Para el primero dice: confecciona, arregla y transforma ropas, realiza trabajos simples y complejos de sastrería y costura a la medida. No incluye la comercialización de ropa de fabricación industrial o importada. Y el texto del segundo: confecciona y comercializa artículos de uso doméstico, utilitarios u ornamentales, producidos por él u otro trabajador por cuenta propia. No incluye artículos adquiridos en la red minorista o importados (efectos electrodomésticos, muebles, ropa y calzado, entre otros).
Por esos pasajes anda el debate, eje de la vitalidad de nuestra sociedad y de la Revolución, porque nos salva del inmovilismo y cumple, además, con un principio de esta obra que construimos todos: la participación, como ocurrió cuando el pueblo analizó el proyecto de Lineamientos, y por sus aportes se modificaron 181 de los postulados y se incorporaron 36 nuevos.
La nota informativa confirma la validez del trabajo por cuenta propia, califica las medidas como correcciones para proseguir ordenando esta forma de gestión, combatir la impunidad, exigir el cumplimiento de la legalidad y proteger a los trabajadores por cuenta propia, que en su inmensa mayoría cumplen las regulaciones establecidas. Las autoridades han ido a explicar a los cuentapropistas, se ha dado a los vendedores de artículos industriales o importados el plazo mencionado hasta el 31 de diciembre. Es decir, no se ha abandonado el precepto de esta Re-volución de tener en cuenta al trabajador, sea de cualquier sector.
Por encima de la afectación temporal que las medidas adoptadas puedan causar a un sector de la población, está el interés superior de toda la ciudadanía en preservar la legalidad y el orden, sin los cuales no podríamos seguir avanzando.
" data-medium-file="" data-large-file="" class="alignnone size-full wp-image-12369" src="https://i1.wp.com/www.latabla.com/wp-content/uploads/2017/06/DBc05u2XsAAVD-j-1.jpg?resize=750%2C422" alt="DBc05u2XsAAVD-j" width="630" height="354" />Estas son sólo algunos de los atributos de este tipo de delitos, según lo expone una caracterización elaborada por el Centro Crímina para el Estudio y Prevención de la Delincuencia de la Universidad Miguel Hernández, ubicada en Alicante, España.
Estas funciones instrumentales se pueden verificar en virtud de que “cuando un crimen de odio ocurre, los miembros del grupo social de la víctima que están al corriente del incidente a menudo adaptan sus acciones posteriores (evitan un negocio o calle, se mudan a otro barrio, alteran sus rutinas…).” Y efectivamente eso ha venido ocurriendo entre los simpatizantes del chavismo, quienes han comenzado a evitar áreas de la ciudad o a dejar de usar prendas de vestir que puedan develar su filiación política.
Ese carácter simbólico también tiene un rol determinante en el desencadenamiento del crimen pues “es el estatus simbólico de la víctima lo que motiva a los autores.” No importa mucho si la víctima realmente es o se identifica a sí misma como miembro de un particular grupo social. De hecho días antes de la agresión a Figuera varias personas fueron atacadas en sectores del Este de Caracas, al ser “confundidas” con chavistas.
Este elemento es medular pues en el crimen de odio la víctima podría ser intercambiable por cualquiera que pertenezca al mismo grupo, ya que el motivo por el que el agresor ha cometido el crimen es su prejuicio hacia el colectivo al que pertenece la víctima.
En consecuencia la intención de este tipo de violencia no es solamente la subordinación de la víctima, sino también sojuzgar su comunidad, agrega el estudio, al tiempo que precisa que los crímenes de odio son actos simbólicos dirigidos a la gente “que está mirando”.
Una segunda característica apunta a que en los crímenes de odio participan múltiples autores, en que los perpetradores operan como un grupo para atacar o dañar a los miembros – reales o percibidos – de otro grupo social.
Las razones de ello incluyen la probable cobardía de la mayoría de los perpetradores, quienes, en ausencia del grupo, serían incapaces o reacios a infligir daño a otros. Pero adicionalmente, cuando operan como grupo (como masa), los autores de los crímenes tienden a sentir una difusión de la responsabilidad y una cierta insensibilidad a las restricciones sociales normales, hecho que hace que su comportamiento sea especialmente propenso a ser extremo. Ese fenómeno sin duda operó en el linchamiento del teniente retirado de la GNB, Danny Subero, en Cabudare (Lara), hecho en el que se estima actuaron una veintena de personas, incluidas mujeres y hombres muy jóvenes.
Por: Oscar Sánchez Serra| Granma
Todavía hay quienes piensan que la nuestra es una sociedad acrítica, que no opina. No hay peor ciego que el que no quiera ver para darse cuenta de que ha sido la propia Revolución la que ha elevado masivamente los niveles de instrucción y nos ha convocado a ejercer el criterio para, entre todos, encontrar las mejores soluciones.
Hoy se debate —y los canales son los propios medios de prensa nacionales, mediante el uso de las nuevas tecnologías, pese al bloqueo que persigue no conectarnos a la red— acerca de las regulaciones y medidas que salieron el pasado 26 de septiembre en la Gaceta Oficial de la República y fueron ratificadas después en la nota informativa del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros del sábado 2 de noviembre sobre el trabajo por cuenta propia.
¿Unanimidad? Ni asomo de eso hay en el abanico social sobre este tema y no solo por las diferencias, lógicas en cualquier comunidad de seres humanos, sino también porque esta sociedad, en boca de su propio Presidente nos ha mostrado que “La unanimidad absoluta generalmente es ficticia y por tanto dañina”.
Pero por lo general, tampoco asoman contradicciones antagónicas. Como sabemos, en septiembre se precisó el real alcance de las figuras de “Modista o sastre” y el “Productor o Vendedor de artículos varios de usos en el hogar”. El pasado 2 de noviembre el Consejo de Ministros ratificó la ilegalidad de la comercialización minorista de artículos importados o la reventa de los adquiridos en la red comercial estatal, realizadas por esos cuentapropistas y aclaró que la exhibición cinematográfica, que incluye las salas de 3D, así como la organización de juegos computacionales, nunca han sido autorizados y cesarán de inmediato en cualquier tipo de actividad por cuenta propia.
Y se desató entonces un amplio debate social. Seguí las primeras 24 horas de ese rico taller en las redes sociales y medios de prensa cubanos. Consultamos 153 opiniones ese día. La mayoría estuvo de acuerdo con la acción frente al “Productor o Vendedor de artículos varios de usos en el hogar”, es decir lo que denominamos revendedores. “Nunca se debió permitir tal expoliación a nuestro pueblo”, afirman varios de los que opinaron en el periódico Juventud Rebelde y en Cubadebate. De hecho, criterios similares habían sido expresados en muchas de las cartas a la Dirección publicadas en este propio órgano de prensa.
La opinión concordante de esa muestra con lo aplicado a la actividad de venta de ropa importada por los poseedores de licencias de Modista o Sastre, fue menor. Según varios de los consultados, debería regularse de una nueva manera, gravándolos con un impuesto que se corresponda con lo que hacen y no con las funciones de Modista…
Con la que menos coincidencias encontramos fue con la de las salas 3D y de juegos computacionales. Argumentan que esa figura debe existir abonando los tributos que se ajusten a esa actividad. Es decir, en estos dos últimos casos, las opiniones rondan sobre la legalización de esas actividades y con un régimen tributario más exigente.
Incluso hay quienes aseguran que hemos dado un paso atrás en el trabajo por cuenta propia, que se ha cercenado la iniciativa.
Permítasenos, también con la anuencia de los que escuchamos en los intercambios citados, participar del debate. Primero, ha de reconocerse que tanto los Modistas o Sastres como los Productores o Vendedores de artículos varios de usos en el hogar, estaban realizando una actividad que no está descrita y en consecuencia no fue aprobada en el alcance de esas modalidades del trabajo por cuenta propia. Se trata entonces de una acción fuera del marco legal establecido. Lo mismo pasa con las exhibiciones cinematográficas, incluyendo las salas de 3D, y las de juegos computacionales.
La propia nota del sábado 2 de noviembre expresa: “corresponde al Partido y al Gobierno facilitar la gestión de los trabajadores por cuenta propia, no generar estigmas ni prejuicios hacia ellos, lo cual deberá ir acompañado de un cumplimiento estricto de la Ley y los tributos, así como de motivar en este sector el rechazo a las ilegalidades”.
No podían continuarse admitiendo, frente a los ojos de todos, las violaciones que se estaban cometiendo. Hubo de-mora en tomar las medidas que corrigieran las desviaciones. La no acción generó impunidad y manifestaciones de corrupción y lo que es peor, los encargados de velar por el orden pasaron a ser partícipes del desorden jurídico, el más peligroso enemigo de la actualización del modelo económico.
Al intervenir en la I Cumbre de la CELAC, el compañero Raúl, tratando otros temas, específicamente el problema de la droga, dijo: “estos son tipos de problemas que hay que enfrentarlos cuando son pequeños o, mejor, cuando son nonatos”. Si se hubiera actuado bajo esa máxima, no germinaría tanta ilegalidad.
La sabiduría de nuestro pueblo, sustentada en el nivel de instrucción adquirido, es inmensa. Uno de los participantes en el debate reflejado en los sitios web de nuestros medios expresaba, sobre la venta de ropa importada, si “se han puesto a pensar cuántos millones de dólares se fugan del país por esas compras que después no se revierten en la población, porque de dónde salen los dólares para comprar en el exterior. Cambian aquí CUC por USD y se los llevan a otro país para comprar, o sea, eso es fuga de capitales”.
Otro afirma que “el reto está en lidiar armónicamente con esa capacidad de cambio y apertura, del sector privado (no estatal), que nos moderniza y armoniza la vida, con las políticas estatales y asumir cada caso de forma individual, para evitar generalizar las ilegalidades que se cometan”.
“Dar ese plazo para liquidar, ¡es justo señor! lo que no admite plazo son las ilegalidades, que nos lastran a todos. Entonces el silenciar ahora las salas de 3D es correcto, pero también lo es que sean creados espacios de igual naturaleza, de manera organizada y con el control del Estado”, constatamos en el intercambio de opiniones publicado en los sitios cubanos.
Una buena parte, al referirse a las exhibiciones cinematográficas abogan por la regulación de esos espacios a partir de la política cultural del país, ejerciendo por las autoridades competentes y especializadas una fiscalización de ellos para impedir la promoción de códigos ajenos a nuestros principios y valores como sociedad.
El proceso de debate, aprobación e implementación de los Lineamientos aprobados en el VI Congreso del Partido y el propio desarrollo de la actualización del modelo económico y sus proyecciones a largo plazo, han dado sobradas muestras de no estar atados a dogmas.
En tal sentido, habría que revisar la am-bigüedad de la figura 76, del trabajo por cuenta propia, Operador de equipos de re-crea-ción, que según la Gaceta Oficial Ex-traor-dinaria del 26 de septiembre, su alcance se describe así: Instala, opera o alquila equipos para la recreación de la población. No incluye los equipos náuticos. Cumple las regulaciones en cuanto a la seguridad y protección de los equipos y las personas.
Está claro que no autoriza la exhibición cinematográfica, y que quienes lo hacen infringen lo legislado, pero al tender a la confusión, sumado a la no acción de quienes tienen la responsabilidad de controlar, cualquiera se viste de legal.
Ni el Modista o Sastre, ni el Productor o Vendedor de artículos varios de uso en el hogar tienen la posibilidad de confundirse. Lo estipulado es exacto. Para el primero dice: confecciona, arregla y transforma ropas, realiza trabajos simples y complejos de sastrería y costura a la medida. No incluye la comercialización de ropa de fabricación industrial o importada. Y el texto del segundo: confecciona y comercializa artículos de uso doméstico, utilitarios u ornamentales, producidos por él u otro trabajador por cuenta propia. No incluye artículos adquiridos en la red minorista o importados (efectos electrodomésticos, muebles, ropa y calzado, entre otros).
Por esos pasajes anda el debate, eje de la vitalidad de nuestra sociedad y de la Revolución, porque nos salva del inmovilismo y cumple, además, con un principio de esta obra que construimos todos: la participación, como ocurrió cuando el pueblo analizó el proyecto de Lineamientos, y por sus aportes se modificaron 181 de los postulados y se incorporaron 36 nuevos.
La nota informativa confirma la validez del trabajo por cuenta propia, califica las medidas como correcciones para proseguir ordenando esta forma de gestión, combatir la impunidad, exigir el cumplimiento de la legalidad y proteger a los trabajadores por cuenta propia, que en su inmensa mayoría cumplen las regulaciones establecidas. Las autoridades han ido a explicar a los cuentapropistas, se ha dado a los vendedores de artículos industriales o importados el plazo mencionado hasta el 31 de diciembre. Es decir, no se ha abandonado el precepto de esta Re-volución de tener en cuenta al trabajador, sea de cualquier sector.
Por encima de la afectación temporal que las medidas adoptadas puedan causar a un sector de la población, está el interés superior de toda la ciudadanía en preservar la legalidad y el orden, sin los cuales no podríamos seguir avanzando.
" data-medium-file="" data-large-file="" class="alignnone size-full wp-image-12370" src="https://i1.wp.com/www.latabla.com/wp-content/uploads/2017/06/WhatsApp-Image-2017-05-27-at-8.05.59-PM-e1496748304124.jpeg?resize=810%2C499" alt="WhatsApp-Image-2017-05-27-at-8.05.59-PM" width="630" height="388" />Como tercera característica se considera el hecho de que las víctimas son miembros de grupos estereotipados en forma muy negativa. A los dirigentes más importantes del chavismo se les ha acusado desde medios comerciales de difusión masiva como narcotraficantes y asesinos, señalamientos que con muy alta frecuencia son efectuados por voceros nacionales de los partidos de oposición. Y algo similar se ha hecho en los meses recientes con respecto a la GNB, atribuyéndoles en forma genérica la responsabilidad de todas las muertes registradas en la jornada de violencia.
Tal grado de estigmatización ha servido no sólo para motivar a los autores de los crímenes de odio, sino que también les permiten explicar y “justifican” la agresión hacia sus víctimas. En el caso de Subero, relacionarlo con la GNB y alegar que era un “infiltrado” (se coló en un lugar que le está prohibido a su grupo) se convirtió en minutos en una sentencia sumaria de muerte.
Y finalmente, una característica destacada de este tipo de crimen, son las consecuencias que acarrean. Una es que habitualmente implican una violación de los derechos humanos y de la igualdad.
Otra es que el grado de daño que causa en la víctima es mayor que en crímenes convencionales. El impacto psicológico es más signficativo asi como el aumento en los sentimientos de vulnerabilidad debido a que es incapaz de cambiar la característica que la hizo víctima. Generalmente experimentan una angustia emocional extrema, incluyendo sentimientos de vulnerabilidad, rabia y depresión, dificultad en las relaciones interpersonales, y a menudo experimentan síntomas de estrés postraumático.
Obviamente el impacto sobre la comunidad o grupo al cual pertenece la víctima es importante, pues sus integrantes pueden sentirse asustados e intimidados, en riesgo de sufrir un ataque o incluso sentir que la agresión fue en su contra.
Asimismo estos hechos causan división y desasosiego social lo puede generar problemas de seguridad y orden público.
Y por último, la comisión de crímenes de odio que no son investigados a fondo y perseguidos contundentemente, pueden enviar el mensaje de que los perpetradores son libres para continuar con sus actividades o incluso que su comportamiento es aceptable o apreciado, lo que puede alentar a otros a cometer crímenes similares.
En el caso de Venezuela no hay un marco legal que permita sancionar con severidad homicidios como los de Figuera o Subero, ya caracterizados como crímenes de odio. Los tipos penales imputados a las personas involucradas en el asesinato del teniente Subero, pueden apuntar a que se percibe cierto grado de impunidad.
De acuerdo una nota de prensa, la fiscalía imputó a seis personas por ese hecho, pero sólo como cooperadores y facilitadores del delito de homicidio calificado. Llama la atención que ni siquiera se le dio el atributo de “motivos fútiles e innobles”. Todo lo cual permite proyectar penas bajas, que probablemente les permitirá a los procesados obtener beneficios que incluso, en algunos casos, no implicarían sanciones corporales.
Archivado en: Venezuela Tagged: Danny Subero, Guardia Nacional Bolivariana, Linchamientos por oposición en Venezuela, Orlando Figuera, violencia en Venezuela