Por Dixie Edith
Del chiste pesado al sexismo no hay más que un paso. Evidencias abundan; basta con revisar, incluso a vuelo de pájaro, espacios de comunicación diversos, en cualquier formato. ¿Pero qué ocurre cuando el dudoso intento de gracia, por si fuera poco, naturaliza un delito?
La interrogante no es banal ni exagerada. Hace pocos días, un grupo de estudiantes de la Facultad de Comunicación de la Universidad de La Habana, recién concluido su semestre de estudios sobre género, debatían vía WhatsApp sobre la foto que acompaña a este texto. “¿Pero, qué cosa es esto?”, se preguntaban algunos. “¿Nadie se da cuenta de este disparate?”, interpelaban otras.
La llevada y traída fotografía captó los pictogramas que señalizan un baño público ubicado en el nuevo espacio recreativo del litoral costero capitalino, en la intersección de las calles 1ra y 70, en el municipio de Playa. Las figuras muestran a un hombre mirando a hurtadillas a una mujer, por encima de lo que parece la pared que divide ambos servicios. Y aquí, el frustrado intento de “broma” llegó y paró.
Ya no estamos hablando de sombreros antiguos: de copa para ellos y bien llenos de flores o encajes para ellas; o de estereotipados personajes de cine que muestran al galán y la doncella, la flamenca y el torero. Ni siquiera de esos otros intentos de “creatividad” que apelan a símbolos fálicos, tacones o corbatas, o cualquier otro tópico teñido de sexismo, por obra y gracia de la tradición machista que nos persigue.
Ahora estamos asistiendo, además, a la incitación de un acto penado en nuestras leyes. Y que, por si fuera poco, no solo posiciona una vez más a la mujer como sujeto –víctima “natural”- de la masculinidad hegemónica, sino que coloca a todos los hombres en posición de violadores de la ley, de victimarios. Eso se llama violencia simbólica.
A juicio de Yamila González Ferrer, jurista y experta en temas de género y de familia, “cuando ocurre lo que esa imagen está demostrando estamos ante un delito de acoso, previsto en el Artículo 303 del Código Penal, que se refiere al ultraje sexual”. Pero, para ella, lo más grave en este caso concreto es que “ese tipo de simbología se utilice en un lugar público”.
Tres incisos tiene el referido Artículo 303, que propone sanciones de hasta “tres meses de privación de libertad” o “multa de cien a trescientas cuotas” a quienes acosen a otras personas “con requerimientos sexuales”; ofendan “el pudor o las buenas costumbres con exhibiciones o actos obscenos”, o produzcan o pongan en circulación “publicaciones, grabados, cintas cinematográficas o magnetofónicas, grabaciones, fotografías u otros objetos que resulten obscenos, tendentes a pervertir o degradar las costumbres”.
“Si yo hiciera una interpretación dinámica o evolutiva del derecho –apunta Yamila- el inciso c de ese delito de ultraje sexual se lo puedo aplicar perfectamente a ese caso”.
Con ella coincide otra jurista, la doctora Arlín Pérez Duarte, en este caso penalista experimentada. A su juicio, ese último acápite aplica en el caso que nos ocupa a partir de lo que llama una “interpretación analógica” de la ley, pues “apela a los efectos provocados”. La especialista considera que, en este asunto, “desde el tema de los derechos hay mucha tela por donde cortar”.
Por ejemplo, podrían buscarse implicaciones delictivas a partir del llamado voyeurismo o, en buen gracejo criollo, rascabucheo, lo que ante los ojos de la ley se considera una modalidad de ultraje o un delito contra el honor. Aunque tradicionalmente este tipo de infracción en Cuba no se sanciona como delito, sino más como contravención, en opinión de la penalista, en este caso “tiene un alcance mayor, pues está en una institución que brinda un servicio público”. O sea, va más allá de la afectación a una persona individual.
El mundo de la señalética para rotular puertas de aseos y baños públicos no sólo sirve como adelanto de lo que encontraremos dentro, sino que es un ajiaco donde se cuecen múltiples propuestas de diseño que se mueven entre las peliagudas aguas del buen y el mal gusto; de lo vulgar y lo realmente creativo. En este lamentable caso criollo, para poner más sazón al caldo, la dichosa señalización también viola el artículo 40 de la recién aprobada Constitución de la República, que defiende la dignidad humana; el 43, que condena la violencia de género en todas sus formas y el 48, que defiende el derecho a la intimidad. Y podríamos seguir buscando.
Actualmente, muchos debates públicos alrededor del mundo andan ocupados en cómo lograr señaléticas y espacios urbanos más inclusivos, que no reproduzcan esos estereotipos que nuestras sociedades patriarcales han colgado a mujeres y hombres. Se habla, por ejemplo, de aseos unisex, que sirvan igual para ellos y ellas, lo cual ayudaría también a no humillar o discriminar a otras personas que tienen diferentes orientaciones sexuales e identidades de género.
Si por acá nos encontramos aún señales como la de la foto de marras, resulta evidente que estamos aún muy lejos de esas otras polémicas. Lo lamentable es que el caso no es único. Los mismos estudiantes que cuestionaban y polemizaban sobre la señal de 1ra y 70, también aseguraban que han visto pictogramas similares en otros establecimientos, sobre todo del sector cuentapropista.
Al igual que ocurre con la publicidad, el diseño urbano, con o sin intención, ayuda a perpetuar ideas mediante códigos gráficos y guiños creativos. Y como el machismo está tan naturalizado en nuestras vidas, a menudo nos cuesta identificar que tras esos aparentemente inocentes chistes se esconde un mensaje profundamente violento, amenazante que, al decir de García Márquez, podría convertirse en la crónica anunciada de un delito de acoso.