Según informa la Aduana de Cuba, uno de los temas más consultados por el personal es el relacionado con:
¿Cuándo deben pagarse los derechos aduanales en moneda nacional y cuando en CUC?
Los residentes cubanos pueden entrar al país varias veces en el año calendario sin que se considere que han realizado importaciones, siempre que en ellas no hayas pagado los derechos aduanales.
La primera importación, es decir, cuando entras por primera vez a Cuba en el año debes pagar en moneda nacional, pero si vuelves a entrar en el mismo año te toca pagar en CUC los derechos aduanales, en caso que traigas mucho equipaje.
Han habido casos de cubanos que han entrado en el año pero muchos no traen muchos equipajes, y ahí en ese caso no les toca pagar, pero cuando vienen con mucho equipaje o traes algún equipo electrodoméstico si te toca pasar a pagar.
Cuando entras a Cuba en el mismo año calendario varias veces y si eres de la personas que tuvo que pagar la primera importación, te toca pagar por segunda vez el pago de los derechos de aduanas en pesos convertibles (CUC).
Nota Importante: Mientras el pasajero solo traiga sus efectos personales, no pagará derechos de aduanas independientemente de las veces que haya viajado y que haya realizado o no una importación anterior o posteriormente. Para esto si eres viajero frecuente te aconsejamos que solo viajes con lo el peso límite para que no tengas que pagar en CUC .
Fuente: HabanaLinda.com