Buenas noticias para los beneficiarios de la ayuda de 200 euros. La Agencia Tributaria ya ha realizado la tercera partida presupuestaria de la ayuda para comprar alimentos. Para combatir la elevada tasa de inflación a la hora de hacer la cesta de la compra.
Si bien las primeras 50.000 transferencias se realizaron el pasado 3 de abril, solo unos pocos días después de que acabara el plazo para rellenar el formulario online a través de la Administración General de la Agencia Tributaria, el 17 de este mismo mes se realizó el segundo de los pagos, con otras 200.000 nuevas bonificaciones.
Pues bien, desde el pasado lunes, 25 de abril, ya han sido miles los beneficiarios que han recibido a través de su cuenta bancaria, y en un único pago, la ayuda de 200 euros del Gobierno. Para comprobarlo, hemos contactado con una de las personas perceptoras de la ayuda de 200 euros para comprobar mediante el justificante, la veracidad del pago. A continuación, a través de la siguiente imagen mostramos más detalles del ingreso realizado por Hacienda.
¿Por que tarda Hacienda en hacer los pagos de la ayuda de 200 euros?
Desde la Agencia Tributaria han explicado a este medio, que actualmente están procesando y verificando miles de solicitudes, por lo que solicitan paciencia e indican que, las solicitudes se resolverán y las que cumplan los requisitos se abonaran, dentro de plazo.
En todo caso desde esta administración nos recuerdan que, la fecha tope para percibir esta ayuda es el 30 de junio. Por lo que de momento no queda otra que esperar.
¿Cómo saber el estado de la ayuda de 200 euros?
Para conocer el estado de solicitud de la ayuda, tan solo hay que acceder a la sede digital de la Agencia Tributaria y hacer clic en 'Consulta de solicitudes presentadas'. A este apartado se deberá acceder mediante el DNI electrónico, el certificado digital o Cl@ve PIN.
¿Qué ocurre si no me pagan la ayuda?
Para solicitar los 200 euros no ha hecho falta aportar ningún tipo de documentación. Puesto que la Seguridad Social y el resto de los organismos públicos remiten a la AEAT la información necesaria para verificar el cumplimiento de los requisitos necesarios para solicitar la ayuda.
En el caso de que la solicitud presentada no resulte procedente el abono de la ayuda, se notificará al solicitante una propuesta de resolución denegatoria, en la que se le indicarán los datos necesarios para consultar los motivos de la denegación en la Sede Electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
¿Qué ocurre si pasan los meses y no se me notifica nada?
Transcurridos tres meses desde la finalización del plazo de presentación de la solicitud sin haberse efectuado el pago ni haberse notificado una propuesta de resolución denegatoria, la solicitud podrá entenderse desestimada por silencio administrativo.
¿Si no me pagan la ayuda puedo reclamar?
Si no estás de acuerdo con la resolución de la Agencia Tributaria, podrás interponer:
- Recurso de reposición: en el plazo de un mes y con carácter potestativo, ante la oficina de la que proviene el acto administrativo a recurrir, haciendo constar que contra el mismo no se ha interpuesto reclamación económico-administrativa.
- Reclamación económico-administrativa: en el plazo de un mes desde el día siguiente al de la notificación del acto impugnado o a aquél en que se pueda entender desestimado el procedimiento o el recurso de reposición previo. Se dirigirá al órgano administrativo que haya dictado el acto reclamable.