Desde la puesta en marcha del Ingreso Mínimo Vital (IMV), la prestación de la Seguridad Social por hijo a cargo para las familias en situación de vulnerabilidad económica ha dejado de existir como tal, para integrarse de forma progresiva en la nueva renta mínima.
De hecho, en 2020, se traspasó de oficio al IMV a casi 76.000 familias que cobraban la prestación por hijo a cargo y que cumplían los requisitos para percibir esta ayuda.
Ayuda integrada en el IMV
Así pues, la ayuda ahora está integrada en el IMV. Sin embargo, ya no se aceptan nuevas solicitudes, a no ser que en el hogar exista un hijo menor de 18 años y afectado por una discapacidad en un grado igual o superior al 33%, o mayor de dicha edad cuando el grado de discapacidad sea igual o superior al 65%. Así como por los menores en acogimiento familiar que cumplieran una serie de requisitos.
La cuantía de la asignación varía en función de la edad y el grado de discapacidad del hijo o menor acogido a cargo. El abono de esta, que no incluye pagas extraordinarias, se realiza semestralmente en enero y julio, en el caso de menores de 18 años. Y mensualmente, a mes vencido, cuando se trata de mayores de edad afectados por discapacidad.
Las personas que reciben esta ayuda y aún no se les ha comunicado la aprobación del IMV o se les ha denegado o no lo han solicitado, la seguirán percibiendo con normalidad.
Cuantías
Hijos o menores a cargo, menores de 18 años, con una discapacidad igual o superior al 33%
1000,00 euros anuales por hijo (83,33 euros mensuales). No se exige en estos casos límite de recursos económicos al tratarse de una persona con discapacidad.
Hijos mayores de 18 años y con una discapacidad igual o superior al 65%
5.012,40 euros anuales por hijo (417,70 euros mensuales). No se exige en estos casos límite de recursos económicos al tratarse de una persona con discapacidad.
Hijos mayores de 18 años y con una discapacidad igual o superior al 75%
Hijos con 18 o más años afectados por una discapacidad en grado igual o superior al 75% y que, como consecuencia de pérdidas anatómicas o funcionales, necesiten el concurso de otra persona para realizar los actos vitales más elementales como vestirse, desplazarse, comer o análogos:
7.519,20 euros anuales por hijo (626,60 euros mensuales). No se exige en estos casos límite de recursos económicos al tratarse de una persona con discapacidad.
Regimen transitorio. En vigor para aquellos beneficiarios que permanezcan cobrando las prestaciones familiares de hijo menor a cargo a extinguir.
Cual será la fecha de cobro para este segundo semestre del año
Desde la plataforma pedirayudas.com hemos consultado con el servicio de Atención a la ciudadanía de la Seguridad Social @incluinfo, y hemos recibido la información acerca de la fecha en la que esta ayuda se cobrará. A través de esta cuenta de Twitter, nos han indicado que la prestación por hijo a cargo de abono semestral se ingresará el 1 de julio.
Aunque se ha de tener en cuenta que, es posible que algunas entidades bancarias adelanten el pago de la ayuda a los últimos días del mes de junio.
Hola. Se abonará por parte de la Seguridad Social el 1 de julio.
- Atención a la ciudadanía de @inclusiongob (@incluinfo) May 17, 2022