¿Cuánto cuesta encargar una obra musical?
Juan María Solare
Una colega del trabajo me planteó el otro día cuánto se le puede pagar a alguien para que componga una obra orquestal de cinco minutos. Le habían pedido a un compositor que escribiera una obra para orquesta, este compositor la hizo encantado, y querían recompensarlo – pero no sabían qué es lo adecuado. «Por un lado, no queremos explotarlo, pero por otro, somos una organización que no puede gastar grandes sumas de dinero» (al margen: no se imaginan cuántas veces escuché esto).
Como el tema me resulta importante, expando aquí mis respuestas a la colega y les comparto mis pensamientos acerca del precio justo de una obra.
Primero y principal, conviene aclarar los aspectos monetarios antes de iniciar el proyecto. Las indefiniciones pueden resultar terriblemente incómodas posteriormente para ambas partes y, en caso extremo, pueden llevar a que se enfríen amistades o relaciones laborales. La historia de la música está llena de ejemplos.
Determinar un honorario justo depende de múltiples factores, algunos obvios, otros no tanto. Enumero algunos:
1. La instrumentación
No es lo mismo escribir una obra para flauta sola, o de cámara o para orquesta sinfónica. A mayor cantidad de instrumentos, mayor complejidad compositiva. Además del simple hecho que no sólo imaginar sino escribir concretamente la música (cada nota de cada instrumento) es en promedio mucho más trabajo si la obra tiene veinte instrumentos que si tiene uno solo.
2. La duración de la obra
Una obra de cinco minutos no implica la misma dedicación que una de veinte. Aunque no existe una proporción aritmética directa entre minutos y precio, sí hay una relación aproximada en términos de esfuerzo.
En estos dos factores (cantidad de instrumentos y duración) se basan prácticamente todas las recomendaciones de asociaciones de compositores que conozco en diferentes países. Proponen una tabla de doble entrada: duración e instrumentación, y sugieren tres valores para cada campo: honorario mínimo, honorario mejor y honorario adecuado.
Pero hay otros factores que pueden considerarse:
3. El nivel de complejidad musical intrínseca
¿Se trata de una obra simple, con escritura homofónica, o de una pieza con contrapunto elaborado, cambios constantes de textura y contraste rítmico? Es una obra sustancialmente a cuatro partes donde un instrumento duplica constantemente a otro, o una obra donde cada instrumento tiene realmente una parte independiente? Este punto, estrictamente musical, es el más difícil de determinar, aunque (en un mundo ideal) sería clave para comparar la dificultad de escritura.
4. La trayectoria del compositor o compositora
No es lo mismo trabajar con un/a joven creador/a que comienza su camino profesional, que con alguien con experiencia consolidada y trayectoria reconocida. Los niveles de expectativa (y honorarios) pueden variar. En el fondo se trata de la nombradía de tal creador, o dicho algo crudamente, de su «valor de mercado».
5. El presupuesto disponible
Las posibilidades económicas reales del ente encargador (¿orquesta, coro, fundación, escuela, proyecto con ribetes pedagógicos?) también juegan un papel. Un compositor realista no puede pretender que una iniciativa pequeña, comunitaria, disponga de los mismos fondos que la fundación de una empresa millonaria. (Puede, simplemente, declinar un encargo.)
Por otro lado, el tener escasos recursos económicos no debiera ser un pretexto para ofrecer cero honorarios. Si nadie en el proyecto cobra, entonces el compositor puede aceptar cobrar poco o nada sin perder dignidad. Pero en el mundo real, y sobre todo en proyectos orquestales, cobrarán los músicos, el director, y hasta el señor que abre el teatro y enciende las luces. Y es justo. Luego, ¿por qué debería ser el compositor el único que no va a cobrar?
En la práctica puede enfrentarse el dilema así: el ente encargador gestiona ante una fundación (privada o estatal) el pago de los honorarios del compositor. No desembolsa un centavo, pero lleva adelante la logística de la financiación.
Y seamos sinceros: si lo que quiero es ahorrar dinero, no fantaseo con comisionar una obra de arte.
6. Número de interpretaciones previstas
Si la obra se interpreta una única vez, el compositor recibirá por derechos de autor una remuneración menor que si la pieza tiene varias representaciones. Las regalías que recibe un compositor mediante entidades de recaudación como GEMA, SGAE o SADAIC pueden redondear el honorario básico.
7. Difusión y visibilidad
Aunque no es una retribución financiera directa, apoyar la presencia mediática representa un valor añadido. No reemplaza el dinero, pero puede compensar «en especie» un honorario limitado. Ejemplos de este tipo de pago no pecuniario son notas de prensa, promoción en redes sociales, gestión de una grabación profesional que el compositor pueda usar para sus fines (comerciales o no).
8. El tiempo que lleva componer dicha obra
Sorpresivamente, este punto no me parece tan relevante como los demás. Si el compositor A es capaz de escribir una obra de similares características que la del compositor B pero en la mitad del tiempo, esto no significa que deba cobrar menos (pues ha invertido menos horas de trabajo), sólo significa que su experiencia y su capacidad de trabajo es tan alta que puede hacer lo mismo en menos tiempo. Pagarle menos implicaría castigarlo por su eficiencia.
9. Donación deducible de impuestos
En casos extremos donde al ente encargador le resulte imposible ofrecer una cantidad en efectivo, puede plantearse lo siguiente: extender al compositor un certificado de donación de honorarios por el equivalente a la cantidad equis (en euros, dólares, pesos o lo que sea). Es como decir: «no te estoy cobrando, esto implica que te he donado mi trabajo cuyo valor equivaldría a tal suma; es decir, en la práctica te he donado esa suma, que puedo deducir de impuestos». Compositores: si el ente encargador rehúsa escribir este tipo de certificados, es hora de considerar otros horizontes. Pedir es fácil.
Habrán observado que no he mencionado ni una sola cifra, ni como ejemplo, porque esto dependerá grandemente de cada país, con muy distintos grados de poder adquisitivo.
Claridad en todo
Si ustedes, amables lectores, están considerando encargar una obra a algún compositor de su círculo de conocidos; o si usted, gentil lector, es compositor y le han pedido que «diga su precio», hay un par de cosas adicionales que es prudente aclarar de antemano, sea en un contrato legal o al menos un acuerdo de caballeros; en síntesis:
(a) a qué tiene derecho el encargador y a qué no, y
(b) cuál es el alcance exacto del honorario (qué cubre y qué no).
Por ejemplo: si el encargador tiene derecho al estreno mundial de tal obra (o si puede hacerlo cualquier otra persona interesada en tocar la obra antes que el encargador). Puede explicitarse si el encargador tiene derecho exclusivo a interpretar la obra hasta tal fecha (y luego la pueden tocar también otros músicos). Si se hace una grabación profesional, ¿tiene el compositor derecho a usarla? En caso afirmativo, ¿con fines de difusión o incluso comerciales? El honorario convenido ¿incluye la confección del material de orquesta?, ¿incluye la presencia y consejos del compositor durante los ensayos?, ¿presupone incluso que el compositor dirija los ensayos? ¿Debe pagarse todo de una vez, o habrá un pago parcial al encargar y otro al entregar la partitura? ¿Puede el compositor hacer arreglos posteriores de la obra para distintas agrupaciones? ¿Puede el compositor presentar esta obra a concursos?
Cuantas más cosas se den por sentadas, cuanto más se crea que algo es obvio, más malentendidos podrá haber, aunque ambas partes actúen de buena fe. La solución simple es una cláusula que diga algo así como «excepto reservarnos el estreno, el compositor puede hacer con su obra lo que quiera».
Lo esencial: diálogo y transparencia
Más allá de las cifras exactas, lo fundamental es mantener un diálogo abierto, donde se evalúen el trabajo del compositor y las posibilidades del comitente. La transparencia es clave: incluso si el presupuesto es modesto, debiera comunicarse de forma clara y sin ambigüedades – mostrando las cartas.
[Juan María Solare, 27-29 de mayo de 2025]
