El candidato presidencial Bolsonaro había condenado el trabajo esclavo de los médicos cubanos ejercían en Brasil bajo el tutelaje de Cuba castrista y en complicidad de Lula da Silva, Dilma Rousseff, el PT y la Organización Panamericana de Salud (OPS). También reveló la presencia de 200 agentes de inteligencia o del ejército de Cuba en la vigilancia y el control de esos galenos cubanos.
En realidad, lo más importante y digno fue el hermoso gesto democrático y de respeto a los derechos humanos y las libertades fundamentales del presidente brasileño Jair Bolsonaro, al decidir no invitar a la toma de posesión a dos tiranos del hemisferio, de Cuba, Miguel Díaz-Canel y de Venezuela, Nicolás Maduro.
Bolsonaro tiene muchísima razón: Cuba no solo es una tiranía operativa, sino que está institucionalizada. La espuria, estalinista y no cubana Constitución de 1976 es copia fiel de la Carta Magna de la Unión Soviética de 1936. Es violadora de los derechos humanos y la libertad del pueblo cubano. Y en ese basamento, el dictador Raúl Castro y su títere diabólico Díaz-Canel junto al Partido Comunista reelaboran una nueva reforma constitucional.
Comento algunos artículos heredados al nuevo proyecto de reforma de la Constitución castrocomunista del 2018 desde el adefesio constitucional de 1976.
ARTÍCULO 1. "Cuba es un Estado socialista... organizado... como república unitaria e indivisible... que tiene como objetivos esenciales el disfrute de la libertad política"... Desde la postulación de este artículo fue condenado por los abogados prodemocráticos cubanos, mostrando su inconsistencia y contradicción dentro la propia ley que expresa que el Partido Comunista de Cuba (PCC) es la vanguardia organizada de la nación cubana, fuerza dirigente superior de la sociedad y del Estado, artículo 5 de la Constitución de 1976.
En la reforma constitucional del 2018 de este artículo 1 eliminaron el calificativo 'política', decía disfrute de la libertad política y ahora solo dice 'libertad'. No obstante esa libertad, expuesta de forma general o universal, no garantiza la libertad del pueblo cubano pues en el artículo 5 de la misma ley expresa que el PCC es la fuerza política superior de la sociedad y del Estado.
El extremo poder incrementado del Partido Comunista de Cuba es único ahora por ley y en la práctica. Raúl Castro dijo en esa Asamblea Nacional del Poder Popular que harían la reforma a la Constitución de 1976 pero no se podía cambiar la eternidad del socialismo ni el poder superior del PCC; o sea, los artículos 137 y 5.
En realidad, el PCC no necesita para gobernar el país de los artículos 5 y 137, pues ya gobernó sin esos postulados y por decreto desde 1965 hasta 1976. Incluso, la ANPP simplemente es una mayoría absoluta domesticada y pusilánime, al estilo, digo tanto peor, del parlamento hitleriano, donde fueron aprobados todos los decretos leyes, sin un voto de oposición, de Fidel Castro y su hermano Raúl.
La excesiva contradicción de la nueva reforma constitucional de 2018 es el registro y asociación de socialismo con libertad, artículo 1. El socialismo es la primera fase del comunismo donde se aplican leyes que mutilan las libertades fundamentales para despersonalizar al ciudadano y convertirlo en una masa popular dócil y establecer la segunda fase: el comunismo. Sencillamente, el socialismo es el inicio de quitártelo todo y en el comunismo, ya te lo quitaron todo. Solo existe el colectivo y el estado; para luego formar un supra-estado mundial.
En la nueva reforma de la ley principal, Título IV: Deberes y Garantías, aparecen los derechos humanos y libertades fundamentales para mantener el continuismo maquillado de democracia y evitar la rigidez de los conceptos de la espuria Constitución de 1976 y sus reformas. Esto es un fruto de la resistencia interna prodemocrática y la solidaridad internacional. Sin embargo, todas las libertades fundamentales están sujetas a la ley secundaria.
Parece que de tanto escribir la palabra libertad, esta turbó a los escribanos comunistas que se les escapó la censura de forma abierta en la propia Constitución, en los artículos 59 y 95 h. Estos dicen: 59. La libertad de pensamiento, conciencia y expresión son garantizada por el Estado. Para acto seguido mutilarlo, al registrar que no se puede realizar la objeción de conciencia en contra de la ley. En el 95 h. asegura que la creación artística es libre y en su contenido respeta los valores de la sociedad socialista cubana.
Después del análisis de la Constitución de 2018 digo como mis compatriotas y amigos Roberto Azcuy, Alfredo Cepero, Frank Alonso, Néstor Carbonell Cortina, Roberto Godoy y promotores del Proyecto Emilia: esto es una estafa constitucional, estalinista, espuria, adefesio, ladronicio y no cubana. Es un reglamento del Partido Comunista de Castro que no garantiza los derechos humanos básicos ni las libertades fundamentales y es un símbolo de la opresión del pueblo cubano.
La única realidad virtuosa es luchar por la libertad de Cuba y no asistir para no legitimar la farsa plebiscitaria de un continuismo esclavizaste de la ley básica que promueve la dictadura totalitaria comunista de Castro. Así, tendremos en el futuro cercano una Cuba libre.