Es importante que la DACION EN PAGO está sujeta a varios impuestos.
Con tanta palabrería por parte del Gobierno de que quiere ayudar a los afectados por las hipotecas, los desahucios y demás efectos colaterales de la crisis, se olvidan de lo principal, y en realidad no es que se olviden, porque en el fondo no les importa lo que les ocurra a los ciudadanos; solo les importa el efecto mediático de sus supuestas medidas para solucionar los problemas. Medidas que, normalmente, o no sirven para nada, o están diseñadas con el único propósito de hacer campaña electoral o desviar la atención de otras cuestiones. Me voy a referir a la DACION EN PAGO.
DACION EN PAGO, ¿quién se acoge a la medida?
Está claro que quienes se acogen a la medida de la DACION EN PAGO no andan precisamente sobrados de liquidez, y si lo hacen, es por la sencilla razón de que no pueden pagar la hipoteca. El Gobierno, o Hacienda, que al final es todo lo mismo, cínicamente sale en defensa de los afectados y empieza a hablar de eso de la DACION EN PAGO diciendo que es una barbaridad entregar el piso al banco y seguir debiendo dinero del préstamo, y no es que les falte razón en eso, pero… ¿alguien se ha preguntado qué ocurre cuando se realiza una DACION EN PAGO? Es de suponer que si ellos (Hacienda) critican a los bancos porque obligan al ciudadano deudor y arruinado a seguir pagando una deuda por algo que ya no tiene, no deberían de hacer lo mismo, y al fin y al cabo es lo que hacen: cobrar impuestos cada vez que se produce una DACION EN PAGO.
DACION EN PAGO, impuestos y más impuestos
Siempre que quien entregue la vivienda como DACION EN PAGO para saldar la hipoteca bancaria sea una empresa promotora, tendrá que pagar impuestos. Cuando ocurra con un particular, es cierto que hay algunas exenciones, pero si las analizamos veremos que la mayoría de los que se ven obligados a entregar el inmueble, no entran dentro de esas exenciones y, por lo tanto, tienen que pagar también impuestos.
La DACION EN PAGO está sujeta al ITP (Impuesto de Transmisiones Patrimoniales) que normalmente paga el comprador, pero también está sujeta a otros impuestos: Sucesiones y Donaciones (la condonación expresa por un banco de parte de la deuda que mantenía con él un particular constituye un negocio jurídico gratuito e intervivos y, como tal, está sujeta) y al IRPF, donde el vendedor (que no es que venda pero sí se queda sin la vivienda) tendrá que declarar la ganancia patrimonial que se obtiene por la DACION EN PAGO, y además, deberá pagar también la plusvalía municipal.
DACION EN PAGO ¿Quién está exento de pagar impuestos?
Solo están exentos de declarar la ganancia patrimonial los que estén por debajo del umbral de exclusión, que son lo que cumplen todos y cada uno de los siguientes puntos:
- Que todos los miembros de la unidad familiar carezcan de rentas derivadas del trabajo o de actividades económicas
-Que la cuota hipotecaria resulte superior al 60% de los ingresos netos que perciba el conjunto de los miembros de la unidad familiar
-Que el conjunto de los miembros de la unidad familiar carezca de otros bienes o derechos patrimoniales suficientes con los que hacer frente a la deuda
-Que se trate de una hipoteca que recaiga sobre la única vivienda en propiedad del deudor
-Que la hipoteca haya sido concedida para la adquisición de la misma y no en otro concepto
-Que se trate de un préstamo que carezca de otras garantías adicionales
Como puede verse, esto es tanto como que le toque a uno la lotería, de manera que la mayoría de los que se ven obligados a acogerse a la DACION EN PAGO, tendrán que pagar los correspondientes impuestos.
Digo yo que, tanto hablar y hablar, lo lógico en este caso sería que esta operación estuviese exenta, al menos para quien se ve privado de su vivienda.
Ramón Cerdá
Escrito por Ramón Cerdá en El Blog de Ramon. Si no estás leyendo esto en El Blog de Ramon, el artículo original lo encontrarás aquí …http://elblogderamon.com/dacion-en-pago/.