Revista América Latina

Daño Transgeneracional: Conceptos

Publicado el 19 febrero 2013 por Adriana Goni Godoy @antropomemoria

Para los efectos del desarrollo de esta investigación hemos considerado el concepto de daño y el adjetivo dañados, en un sentido médico antropológico y de acuerdo a criterios utilizados en los países del Conosur, podemos apreciar que existen diferencias de perspectiva con los profesionales de salud mental de los países desarrollados, como dice Fernando Oyarzún *1, refiriéndose a las relaciones que se producen en las intervenciones terapéuticas con los sujetos. Es indudable que el contexto social, histórico y cultural de nuestros países, genera intervenciones con especificidades acorde a nuestra realidad.
Desde nuestro marco teórico, en consecuencia, definimos a la persona (que no priorizamos como “el paciente”) como algo esencialmente dinámico, temporal, histórico (…) La persona es en la medida en que se constituye; el proceso de constitución de la persona es la personalización, pero ésta no es más ni menos que el plexo de relaciones del sujeto y su mundo, mundo humano por excelencia. Lo personal humano es esencialmente “interhumano”. La personalización se cumple en una dialéctica que abarca todas las dimensiones de la vida humana. En definitiva, la persona es una estructura de sentido. (…) Si se lleva esto al plano de la relación médico-paciente, entonces se comprende que “el médico y el paciente, en forma viva y concreta, deben aparecer, el uno para el otro, como totalidades corporeizadas, simbólicas, como configuraciones significativas, personales, que configuran, a su vez, la estructura de sentido médico-paciente”*2
Consideramos, desde nuestra experiencia personal y social, que en nuestro país hay una “ psiquiatrización” del tema de los DDHH lo que conduce a que los afectados sean percibidos socialmente siempre como víctimas, sin poder salir de esta categoría. En Chile la terapia que reciben quienes fueron afectados por las violaciones de los DDHH a partir de 1973, sus familiares y descendientes, proviene:
Instituciones estatales:
PRAIS: Programa de Reparación y Ayuda Integral en Salud y Derechos (programa del Ministerio de Salud). Atiende a las personas incluidas en dicho Programa, que  son aquellas  reconocidas como víctimas de la represión política del Régimen Militar, por la Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación y/o la Corporación Nacional de Reparación y Reconciliación, según lo estipula la Ley Nº 19.123. Además, son beneficiarios también la cónyuge sobreviviente, madre o padre (en caso que la madre falte), la madre de hijos naturales, hermanos y los hijos menores de 25 años o discapacitados de cualquier edad.
1 Fernando Oyarzún
2 FERNANDO OYARZÚN PEÑA, LA PERSONA, LA PSICOPATOLOGIA Y PSICOTERAPIA ANTROPOLÓGICAS  Proyecciones hacia la convivencia humana.Editorial Universitaria, Santiago de Chile, 1992, 118 p.


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