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¿Debería solicitar una devolución del IRPF?

Publicado el 15 enero 2017 por Milnoticias @MilNoticiasSEO
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid reconoció que la prestación por maternidad está exenta del pago de IRPF. Así, una madre ha conseguido recuperar los 3.135 euros que pagó en ese concepto por la prestación recibida. 
En un principio, tras denegarle la Agencia Tributaria la devolución prestación maternidad, la mujer llevó el caso a una instancia superior. Decidió acudir al Tribunal Económico-Administrativo Regional que desestimó presuntamente la pretensión del contribuyente. Elevó un recurso al TSJM, que ha fallado a su favor. Ambas interpretaban de manera diferente si la prestación estaba exenta o no. 
¿Debería solicitar una devolución del IRPF?
Opciones a su alcance 
¿Qué se debe hacer para recobrar lo abonado? Lo primero, hay que saber acotar hasta dónde llegaría la sentencia. Si se inician los trámites ahora, se pueden reclamar las liquidaciones de 2012 en adelante. Esto es debido a que las reclamaciones por devolución maternidad IRPF prescriben a los cuatro años. 
Por otro lado, los expertos apuntan que además de la maternidad pueden reclamarse por paternidad, ya que “tienen la misma consideración”, explica Aurora Rodés, Ponente de la Comisión Laboral del Colegio Oficial de Gestores Administrativos de Cataluña. 
Sea cauteloso al decidir si tramitará la devolución 
En cualquier caso, por encima de todo se deberá esperar, en dos sentidos. Por un lado, porque la sentencia no sienta jurisprudencia y no se aplicará de forma automática a los recursos. Por otro, porque un trámite de devolución maternidad renta puede llevar entre cuatro y cinco años. 
Si usted vive en Barcelona, deberá buscar asesoría legal en un abogado Barcelona IRPF. Este le orientará al respecto, de esta manera podrá basar su decisión de apelar analizando todos los factores. 
 Algo que tener en cuenta 
Acudir directamente a la justicia no es posible. Primero se debe agotar la vía administrativa. Se debe ir a Hacienda y presentar recurso, que será denegado. Luego acudir a los Tribunales Económico-Administrativos Regionales y si la negativa persiste al Contencioso Administrativo e instancias superiores. Cada uno tiene que moverse y advertimos que el proceso no es ninguna garantía de nada. 
La idea es ir agotando las instancias administrativas y judiciales, lo que lleva tiempo y es cada vez más costoso. Ante la visión de largos años de espera, no deberíamos descartar que el TEAR falle a favor del contribuyente y no haya que ir más lejos. Así, no se agotarían todas las vías judiciales y el proceso no sería tan extenso.

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