- IRPF: siglas de Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Se trata de un impuesto personal, directo y progresivo que grava la renta anual obtenida por las personas físicas que residen en el estado español.
- Declaración de la renta: es el trámite anual a través del cual la ciudadanía presenta y regula los ingresos que ha obtenido a lo largo del último año natural, regularizando así a nivel individual la situación fiscal con la Agencia Tributaria. A través de este proceso se liquida el IRPF, es decir los impuestos que se han de pagar, y se restan los pagos anticipados que se han hecho a lo largo del año a través de los impuestos sobre los ingresos de la persona contribuyente. Por ello, la declaración de la renta puede "salir a devolver" (si se ha pagado más de lo que corresponde pagar, Hacienda devuelve la diferencia) o "salir a pagar" (si no se ha abonado el total de la cuota correspondiente).
- Borrador de la renta: es un servicio de la Agencia Tributaria para facilitar el proceso de la declaración del IRPF.
- AEAT: siglas de Agencia Estatal de Administración Tributaria.
- Agencia Tributaria: entidad de derecho público adscrita al Ministerio de Hacienda, que cuenta con un régimen jurídico propio distinto al de la Administración General del Estado y que se encarga de fomentar que la ciudadanía cumpla con sus obligaciones fiscales. Por ello, también es responsable de aplicar con efectividad el sistema tributario estatal y aduanero, así como los recursos de otras Administraciones públicas nacionales o de la Unión Europea, cuya gestión le puede ser encomendada por ley o por convenio.
- Hacienda: conjunto de organismos públicos que se ocupan de aplicar el sistema tributario vigente y de las intervenciones públicas en una economía de mercado. Entre sus objetivos y funciones se encuentran asignar eficientemente los recursos, gestionar y controlar los gastos del Estado, y fomentar el desarrollo y estabilidad económica.
- Renta web: servicio online de ayuda para tramitar y presentar la declaración de la renta, ofrecido por la Agencia Tributaria.
¿Cuándo se hace la declaración de la renta 2019?
A pesar de la situación de estado de emergencia y de las medidas de aislamiento social que están siendo implementadas con motivo de la propagación de la COVID-19, la campaña de la renta 2019 ha arrancado en el periodo anual previsto.
¿Cuándo empieza la declaración de la renta 2019?
Comienza a todos los efectos el 1 de abril de 2020, este día inclusive.
¿Hasta cuánto se puede hacer la declaración de la renta 2019?
Hasta el 30 de junio de 2020, inclusive en este mismo día. No obstante:
- En caso de domiciliación bancaria, será hasta el 25 de junio, este día inclusive.
- Si se domicilia únicamente el segundo plazo, sí puede presentarse hasta el día 30 de junio, este día inclusive.
Calendario campaña renta 2019
¿Cómo hacer la declaración de la renta 2019?
La declaración de la renta de este año puede ser realizada:
- INTERNET: a partir del 1 de abril, en la sede electrónica de la AEAT o a través de la aplicación Agencia Tributaria.
- TELÉFONO: a partir del 5 de mayo y hasta el 29 de junio se puede hacer una solicitud previa para modificar o presentar la declaración de la renta 2019. El servicio "Le llamamos" de Hacienda llamará al o a la contribuyente a partir del 7 de mayo y hasta el 30 de junio.
- Contacto de servicio automático: 901 12 12 24 / 91 535 73 26
- Contacto de atención personal: 901 22 33 44 / 91 553 00 71
- PRESENCIALMENTE: a partir del 13 de mayo, a través de cita previa que podrá solicitarse desde el 5 de mayo y si el estado de emergencia lo permite, en las oficinas de la AEAT y en las oficinas habilitadas para la confirmación del borrador de declaración por las Comunidades Autónomas, ciudades con Estatuto de Autonomía y entidades locales.
¿Cómo hago el borrador de la renta 2019?
El borrador de la renta consiste en una propuesta de declaración de la renta que elabora la propia Agencia Tributaria a partir de los datos personales, familiares y económicos del o de la contribuyente, de los que se disponga a una determinada fecha. Puede solicitarse a través de la Sede electrónica de la AEAT , en el "servicio de tramitación del borrador/declaración", accediendo mediante alguno de de los sistemas de identificación disponibles (certificado electrónico, sistema Cl@ve PIN o número de referencia suministrado previamente pela AEAT).
Aspectos importantes sobre contribuyentes que quieran acceder al servicio:
- A quienes cumplan los requisitos para solicitar este servicio, se les envía al domicilio el borrador junto con sus datos fiscales, correspondiendo a esta persona revisar dicha información. De estar todo correcto, puede procederse a su confirmación o presentación. Si está incompleto, se detecta algún error o tiene un aviso de que falta algún dato, la persona contribuyente podrá modificarlo por las vías disponibles.
- A quienes no cumplen los requisitos para efectuar estos cálculos previos y elaborar el borrador de la declaración de la renta, la Agencia Tributaria le proporciona sus datos fiscales, que contienen toda la información disponible hasta determinada fecha y relevante para elaborar su declaración.
- Quienes no tienen obligación de presentar la declaración de lRPF y tengan derecho a obtener una devolución, también pueden utilizar el servicio del borrador para solicitarla.
- Si se trata de un borrador por la opción de tributación conjunta, también se deberá facilitar el Número de Identificación Fiscal (NIF) de la persona cónyuge y, si procede, del resto de miembros de la unidad familiar que perciban rentas, así como sus números de referencia o Cl@ve PIN.
¿Qué es renta web y qué es renta web open?
Ambos son servicios online de la Agencia Tributaria para facilitar el cálculo y la presentación del IRPF.
La diferencia es que Renta WEB es una herramienta para realizar el borrador de la renta y submeter la declaración del IRPF, mientras que Renta WEB Open es una versión de Renta WEB que solo permite simular la declaración.
Al ser solo un simulador, para usar Renta WEB Open no se requiere validar datos identificativos, tales como la identificación del o de la contribuyente, el NIF de quien declara o sus datos fiscales. Tampoco permite trasladar los datos al borrador de la declaración realizado en Renta WEB.
¿Qué es el número de referencia de la renta 2019?
Es uno de los varios sistemas de autenticación que disponibiliza la Agencia Tributaria para acceder a los servicios de tramitación del IRPF 2019.
La vigencia de este número dura hasta el comienzo de la campaña de renta 2020, o hasta que se solicite y obtenga uno nuevo, que invalidará al anterior.
¿Cómo obtener el número de referencia de la renta 2019?
El número de referencia se puede obtener a través del Servicio REN0 o del teléfono 901 12 12 24. Este número es comunicado a la persona interesada mediante un mensaje SMS al número de teléfono móvil que facilite para tal efecto.
Se puede obtener el número de referencia aportando:
- NIF (si este comienza por las letras K, L, M y en ciertos supuestos de NIF permanente, deberá comunicarse la fecha de nacimiento)
- Fecha de expedición o de caducidad del DNI, según el caso
- Contribuyentes que hayan declarado el año pasado: importe de la casilla 505 de la declaración de la renta de 2018
- Contribuyentes que no hayan declarado el año pasado: IBAN en el que se figure como titular
- Contribuyentes con NIE: deberán facilitar el número de soporte de dicho documento
¿Cómo se paga si la declaración de la renta sale a pagar?
Si el resultado de la declaración es pagar a Hacienda, el o la contribuyente podrá ingresar el dinero de las siguientes formas:
- Domiciliar el ingreso
- Hacer el ingreso obteniendo un número de referencia completo (NRC) de su entidad bancaria
- Pagar a través de un documento para el ingreso en una entidad colaboradora, que deberá imprimir y proceder a efectuar el pago
Algunas novedades de la declaración de la renta 2019
1. Identificación del domicilio fiscal del o de la contribuyente
La persona contribuyente podrá ratificar o modificar el último domicilio fiscal disponible en un apartado separado del resto de la declaración, lo que simplifica su identificación.
2. Rendimientos de capital inmobiliario
Se consolida en un único apartado toda la información sobre bienes inmuebles de los que se es titular, teniendo el o la contribuyente que indicar el uso o usos que ha dado a cada inmueble durante el año que se declara.
3. Rendimientos de actividades económicas en estimación directa
Se ha modificado la relación de ingresos computables y de gastos deducibles, con el objetivo de que la relación de ingresos declarados sea más acorde a la naturaleza de los ingresos obtenidos y que gastos deducibles se distingan y desglosen de mejor forma.
4. Deducciones por incentivos y estímulos a la inversión empresarial
Se han actualizado los eventos considerados acontecimientos excepciones de interés público conforme lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley 49/2002 en el ejercicio 2019, y se ha adaptado el contenido de las "Deducciones por inversiones en Canarias" al art 94 bis, de la Ley 20/1991, de 7 de junio.
5. Deducciones autonómicas
Se modifican los anexos B.1, B.2, B.3, B.4, B.5, B.6, B.7 y B.8 en el modelo de declaración de la renta para recoger las deducciones autonómicas vigentes para el ejercicio 2019.
¿Cuál es el teléfono de contacto para obtener información básica sobre la declaración de la renta 2019?
El número de teléfono para solicitar información tributaria básica es 901 335 533. También se ha habilitado el contacto alternativo 91 554 87 70.
Desde el extranjero, los contactos son accesibles con el prefijo +34 desde la mayoría de las operadoras.
El horario de atendimiento es de lunes a viernes, de 9:00 a 19:00, hora peninsular.
Recordamos que las llamadas a números que comienzan por 901 tienen un coste compartido, que varía en función de si se realiza desde un teléfono fijo o móvil. Para obtener más datos sobre la tarifa aplicada, será necesario contactar a la propia operadora telefonía.
¿Cuánto cuesta contratar profesionales para que presenten tu renta 2019?
El precio de un servicio de asesoría profesional para realizar una declaración de la renta oscila entre los 50 € y los 200 €, aproximadamente. El valor de este servicio no está regulado, pero no suele ser alto y su cálculo depende de factores como la modalidad de la presentación (online, por teléfono o presencialmente), la complejidad del servicio requerido (revisar y confirmar el borrador, incluir deducciones...), o de si el servicio se contrata de manera puntual o con una tarifa mensual durante un periodo determinado.
Si necesitas contar con la ayuda de profesionales o con un para presentar tu declaración de la renta 2019, puedes hacer un pedido en nuestra plataforma para servicio de gestoría recibir varios presupuestos de profesionales del sector, con valoraciones de anteriores clientes, que podrás comparar.