Revista Jurídico
El Juzgado Mercantil número 1 de Madrid ha declarado la nulidad de la cláusula suelo incluída en los préstamos hipotecarios de Bantierra. Esta cláusula, que infringe el principio de buena fe, "supone una suerte de redondeo al alza del tipo mínimo de interés", según indica la sentencia. De hecho, añade, constituye "un injusto desequilibrio de prestaciones que el banco blinde su riesgo frente a una evolución bajista del tipo de interés en la propia redacción del clausurado".El fallo condena a la entidad resultante de la fusión de Multicaja y Cajalón a "eliminar dicha condición general de la contratación u otras que, en otros términos, establezcan en ella el mismo contenido de determinar un tipo de interés mínimo a pagar por el prestatario".Según indicó ayer la Asociación de Usuarios de Servicios Bancarios (Ausbanc), esta sentencia "beneficia a miles de clientes de la entidad, ya que declara nula la cláusula suelo". A partir de esta resolución, los clientes tienen en su mano el poder reclamar las cantidades ya pagadas mediante el ejercicio de una demanda individual, y recuperar así el dinero pagado de más durante la vida del préstamo.Bantierra respondió ayer al fallo al asegurar que la sentencia contiene "debilidades de planteamiento" que proporcionan argumentos procesales y jurídicos "sólidos" para apelarla. La entidad mantiene que la consideración de "abusivas" de estas cláusulas depende "de cómo se haya informado al cliente en el momento de firmar la hipoteca". Por último, a juicio de Bantierra, la sentencia introduce "elementos de inseguridad jurídica que no facilitan la adecuada relación cliente entidad".
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