Dejar de pagar y querer salirse de rositas siempre ha sido algo habitual en este país, aunque últimamente se está convirtiendo en deporte nacional, eso… y el TODO GRATIS. Pero lo peor de todo es el sesgo que a menudo se le quiere dar a la situación de impago. Parece ser que el acreedor (y no hace falta que sea un banco) no tiene ningún derecho a reclamar la deuda porque enseguida se convierte en el malo de la película, el que «arruina» al deudor con sus exigencias de querer cobrar. Lo mismo da que gane el pleito como que no. Si uno alquila un inmueble y quiere cobrar, es mala persona si el arrendatario tiene escasos medios. Si lo tiene alquilado en renta antigua, ahora es un ladrón por querer regularizar el importe del arrendamiento…
Dejar de pagar y querer salirse de rositas. El acreedor es un inmoral
Dejar de pagar y no querer asumir las consecuencias, esa es la verdadera inmoralidad
A ver si aprendemos de una vez que la verdadera inmoralidad está en incumplir nuestros compromisos. Si se compra o se alquila algo… tenemos que pagarlo. Aquí es aplicable lo que dice la Biblia: «No hagas al prójimo lo que no quieras que te hagan a ti». Pongámonos en el lugar del otro… ¿Nos gustaría que no nos pagasen el alquiler si somos nosotros los arrendadores? ¿Sería de nuestro agrado ofrecer un servicio o un producto y no cobrarlo? Pues es exactamente lo mismo. Si lo que ocurre es que el moroso es una persona sin medios, o desvalida, puede merecer una ayuda, pero una ayuda social; no se trata de que el acreedor se quede sin cobrar. Para esas cosas está papá Estado y la socialización de servicios, o las viviendas sociales, o los comedores sociales… Pero las deudas hay que pagarlas.
Un caso reciente que me ha llamado la atención:
Isabel Figueroa, de 73 años lleva treinta pleitos con un hermano a cuenta de un negocio en común. Por lo visto le debe a ese familiar 57.000 euros en concepto de alquileres y el juez ha dictado sentencia en su contra. Como dice que no puede pagar, el hermano ha solicitado que le sean embargadas las propiedades.
Parece ser que hay otras propiedades además de la vivienda que, según los deudores, podrían cubrir la deuda. Lo bien cierto es que no niegan deber ese dinero y que hay una sentencia a favor del acreedor. Si realmente hay otros bienes embargables supongo que será cuestión del juez estudiar qué es lo que procede, pero lo que no parece razonable es que se acuse al acreedor de querer hacer daño por solicitar el embargo después de haber ganado el pleito. ¿Y el daño que él ha soportado durante años sin poder cobrar? Estamos hablando de un alquiler que reiterativamente no ha sido atendido en un negocio en marcha, ni siquiera se está hablando de un alquiler de vivienda.
Insisto en que si con la ejecución de la sentencia se ocasiona un daño al deudor que deba ser reparado socialmente, se haga lo que se tenga que hacer, pero de ahí a culpabilizar al acreedor, creo que va un trecho. NO PAGAR Y NO CUMPLIR LOS COMPROMISOS NUNCA ES UN DERECHO.
Ha sido la afectada quien ha querido hacer público el caso porque, según ella «la justicia no puede destrozar la vida de las personas, ni tampoco los jueces, porque eso es lo que hacen cuando decide que un matrimonio mayor debe dejar su casa cuando hay otras opciones para satisfacer la deuda».
Y digo yo… Si hay otras opciones para satisfacer la deuda, ¿por qué no se ha pagado antes?
Ramón Cerdá
Dejar de pagar y querer salirse de rositas… deporte nacional was last modified: octubre 13th, 2015 by Ramón Cerdá