Allб por el aсo 2001, un amigo venezolano se mudу a un edificio de San Isidro, cercano al Golf. Pronto notу que, cuando las empleadas del hogar lo veнan en el ascensor, no se atrevнan a entrar. Le preguntу al vigilante si ellas temнan que йl pudiera hacerles algo.
-No, seсor. La junta de propietarios les ha prohibido compartir el ascensor con inquilinos, propietarios y visitas.
Indignado, mi amigo expuso el caso ante la junta, donde primero lo miraron de manera condescendiente, pero luego defendieron su derecho a mantener las "costumbres limeсas”. Sуlo cuando йl amenazу dejar el departamento, aceptaron dejar sin efecto la prohibiciуn a las empleadas.
Recordй este incidente la semana pasada, cuando la periodista Katya Adaui denunciу que en la sede de Chosica del Club Villa se prohнbe a las empleadas del hogar usar los mismos baсos que las socias.
Ahora bien, sabemos que en muchas casas tambiйn existe esta prohibiciуn y ademбs se separan platos, vasos y cubiertos para las empleadas. "Como yo era el menor, me encargaban marcar con sus iniciales los cubiertos”, recuerda un amigo arequipeсo.
La recurrida justificaciуn para estas prohibiciones es la higiene: la trabajadora del hogar podrнa contagiar alguna enfermedad a las demбs personas. Sin embargo, esa misma persona "contagiosa” es la que prepara los alimentos, limpie los dormitorios y atiende a los niсos, mientras nadie parece recordar el posible contagio.
En realidad, el origen de estas prohibiciones es simplemente el racismo: se rechaza compartir determinados espacios con una persona cuyos rasgos fнsicos son considerados desagradables. A esto se aсade la convicciуn de que la empleada es un ser inferior, "que no merece lo que tenemos nosotros”. Por eso parece normal destinarle un baсo incуmodo y una habitaciуn diminuta y sin ventilaciуn, que muchos arquitectos intencionalmente han diseсado asн. "Yo vivo en un edificio nuevo, donde los departamentos son pequeснsimos, pero casi todos mis vecinos tienen empleada cama adentro”, me dice una abogada. Los niсos de la familia, entretanto, crecen pensando que existen seres inferiores que no tienen los mismos derechos.
Esta segregaciуn se traslada a diversos clubes sociales, cuyo carбcter "exclusivo” esconde una clara mezquindad: muchos socios ingresan con sus empleadas, porque dependen totalmente de ellas para que atiendan a sus hijos, pero rechazan pagar la tarifa que corresponde a los invitados. Se ha creado entonces la categorнa de amas, que les permite ingresar, pero no usar las instalaciones destinadas a los socios y sus demбs acompaсantes.
Ademбs, claro, estos clubes tambiйn sirven para exhibir el йxito familiar y, para muchos socios, su foto de familia exitosa y feliz quedarнa arruinada si aparece una mujer andina bajita al costado. Por eso es preferible ubicarlas en ciertos lugares.
Es penoso que en tantas familias existan formas de segregaciуn, pero si ocurren en un establecimiento abierto al pъblico, como un club, debe precisarse que son ilegales. El Decreto Supremo 004-2009-TR establece que incurren en discriminaciуn los clubes cuyas disposiciones tengan por finalidad o resultado generar un acto discriminatorio contra las trabajadoras del hogar. Por lo tanto, ningъn club puede establecer baсos, comedores o espacios separados para las empleadas del hogar ni tampoco una vestimenta obligatoria.
La exposiciуn de motivos claramente seсala que se considera que estos actos deben ser sancionados segъn el artнculo 323 del Cуdigo Penal, que incluye sanciуn de prisiуn para los responsables. Probablemente, serнan necesarias mayores precisiones legales sobre las prбcticas discriminatorias en establecimientos, como ocurre en Brasil, donde inclusive se ha prohibido el uso de "ascensores de servicio”.
Igualmente, podrнa existir, otro mecanismo legal muy efectivo y son las Ordenanzas contra la discriminaciуn: en febrero del 2009: dos socios del Club Terrazas de Miraflores me avisaron que la seсora que cuidaba a su hijita era impedida de ingresar, salvo que usara uniforme blanco. Inclusive le prohibнan usar sandalias, debiendo llevar zapatillas en verano.
Yo le escribн a los directivos del club, informбndoles que la Ordenanza 294-MM de la Municipalidad de Miraflores sanciona con multa o clausura del local a las entidades que establezcan prбcticas discriminatorias por diversas causales, entre ellas, la actividad. Dнas despuйs, la Junta Directiva se vio obligada a derogar las normas discriminatorias.
Ordenanzas similares a la de Miraflores estбn vigentes en Lince, Jesъs Marнa y Villa El Salvador pero no en Chosica, donde tiene su sede el Club Villa. Por ello serнa necesaria una Ordenanza a nivel provincial como existen en otras ciudades (Abancay, Huamanga, Huancayo, Cajamarca, etc.). A comienzos de este aсo, le enviй una propuesta a varios regidores de la Municipalidad de Lima Metropolitana. Hasta la fecha, no hay ninguna respuesta, pero, dado que la Alcaldesa suele enfatizar su rechazo a la discriminaciуn, esperemos que pronto podamos contar con una Ordenanza contra este problema.
Las prбcticas de segregaciуn y explotaciуn hacia las trabajadoras del hogar deben ser enfrentadas seriamente por las autoridades, sin esperar aque algъn ciudadano se indigne por lo que todos sabemos que sucede.
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