Revista Educación

Docentes: ¿Qué es bonificable y que no es?

Por Daniela Daniela Leiva Seisdedos @elarcondeclio

CODIGO 445 BONIFICACION REMUNERATIVA NO BONIFICABLE, MODALIDAD FONID, ART 1º DEC 204/MARZO 04

447CODIGO 447 ANTIGÜEDAD DEL CODIGO 445 QUE PASA A BONIFICABLE POR DECRETO 3121 DESDE OCTUBRE 2007

 

444CODIGO 444 BONIFICACION REMUNERATIVA BONIFICABLE, DE $100 DEROGADA MARZO 2011 ART 4º DEC 519/MARZO 08

 POR CARGO HASTA DOS CARGOS, EQUIVALENTE A 22,5 HORAS, SE EXCLUYE DE LA GARANTIA ARTÍCULOS 6º DEL DECRETO Nº 527/06

 Y ARTICULO 6º DEL DECRETO Nº 444/07

448CODIGO 448 ANTIGÜEDAD DEL CODIGO 444 DEC. 519/MARZO 08, DEROGADA MARZO 2011

 


ANTIGÜEDAD REMUNERATIVA Desde Julio 2013 sube según tabla.


 

455CODIGO 455 BONIFICACION AGOSTO 2008 REMUNERATIVA NO BONIFICABLE, ART 3º DEC 2794/ NOVIEMBRE 08.

 POR CARGO HASTA DOS CARGOS, EQUIVALENTE A 15 HORAS

449CODIGO 449 BONIFICACION AGOSTO 2008 REMUNERATIVA NO BONIFICABLE, DEROGADA MARZO 2011 ART 5º DEC 519/MARZO 08

 POR CARGO HASTA DOS CARGOS, EQUIVALENTE A 22,5 HORAS, SE EXCLUYE DE LA GARANTIA ARTÍCULOS 6º DEL DECRETO Nº 527/06

 Y ARTICULO 6º DEL DECRETO Nº 444/07

 

624DESFAVORABILIDAD (ZONA)

 

641BONIFICACION FUNCION DIFERENCIADA SON PORCENTAJES QUE SE APLICAN SOBRE EL SALARIO BÁSICO DEL CARGO DE PRECEPTOR

 SOLO LO COBRAN LOS CARGOS DE INICIAL, PRIMARIA, PRECEPTORES, ESPECIALES Y PSICOLOGÍA

 Los docentes de Educación Especial tienen un 20% del salario básico del preceptor desde Abril 2002 (Decreto 1636/02)

  

648GARANTIA 2005 REMUNERATIVA NO BONIFICABLE, ART 3º DEC 53/MARZO 05

 GARANTIA 2003 REMUNERATIVA NO BONIFICABLE, ART 1º DEC 1473/AGOSTO 03 Remuneración mínima de $380

2443BONIFICACIÓN DTO 444/07 ARTICULO 5° NO REMUNERATIVA NO BONIFICABLE, POR CARGO HASTA DOS CARGOS, EQUIVALENTE A 15 HORAS        

 DOS ASIGNACIONES PARA CARGOS MAYORES A 35 HORAS RELOJ

2651PRESENTISMO NO REMUNERATIVA NO BONIFICABLE, DECRETO 2202/92 Desde Julio 1992        

          

446CODIGO 446 SUMA INICIALMENTE NO REMUNERATIVA NO BONIFICABLE, AL HACERSE REMUNERATIVA DESDE JULIO 2004 SE UNIFICA CON

 EL CODIGO 445. MODALIDAD FONID, ART 1º DEC 204/MARZO 04, DEROGADA MARZO 2006


         

2761GARANTIA 2007 NO REMUNERATIVA NO BONIFICABLE,         


ARTÍCULO 4º DEC 1003/MARZO 09. ESTABLECER QUE LOS INCREMENTOS RESULTANTES DE LA DIFERENCIA ENTRE LOS SALARIOS BÁSICOS


FIJADOS CONFORME EL ARTÍCULO 1º DEL PRESENTE DECRETO Y LOS QUE RIGIERON ENTRE EL 1º DE MARZO DE 2008 Y EL 31 DE JULIO DE 2008


ASÍ COMO LOS VALORES QUE IMPORTEN LAS BONIFICACIONES ESTABLECIDAS POR EL ARTÍCULO 3º DEL PRESENTE DECRETO


NO SERÁN COMPUTADOS A LOS FINES DE LAS GARANTÍAS SALARIALES VIGENTES AL 31 DE JULIO DE 2008, LAS CUALES PERMANECEN


SIN VARIACIONES A SU NIVEL.


A LOS FINES DEL PÁRRAFO ANTERIOR SERÁN DE APLICACIÓN LOS INCISOS A.1), A.2), Y B) DEL ARTÍCULO 8º DEL DECRETO Nº 2794/08.

650BONIFICACION ART 1º DECRETO 53 MARZO 2005 REMUNERATIVA NO BONIFICABLE de $85 para cargos de 20 horas reloj, proporcional a la carga


horaria; queda sin efecto desde Marzo 2007 (Decreto 444/07)


PRESENTISMO ART 1º DECRETO 2202/ 1992 NO REMUNERATIVA NO BONIFICABLE, Desde Julio 92 se otorga una suma de $100 por cargo


y equivalente a 15 horas cátedra. Desde Marzo 1993 el personal con Jornada Completa percibirá un 75% extra del ítem presentismo. (Dec. 691/93)


Derogado desde Marzo 2006 por Decreto 527/2006


MATERIAL DIDÁCTICO ART 1º DECRETO 4495/1994 NO REMUNERATIVA NO BONIFICABLE, Desde Abril 1994 se otorga una suma de $10 por cargo


y equivalente a 15 horas cátedra. Es de $20 en Junio y de $30 desde Julio 1994. Derogado desde Abril 2005 por Decreto 940/2005

446SUMA DECRETO 204/04: ARTÍCULO 2º NO REMUNERATIVA NO BONIFICABLE, de $20 por cargo hasta dos cargos y equivalente a 15 horas hasta 30 horas


REDUCCIÓN SALARIAL LEY 12727, Desde Julio 2001 hasta Diciembre 2003 para sueldos mayores a $1200


 


JORNADA COMPLETA: Por Decreto 4343/1990 Percibirá un 75% adicional sobre la remuneración de cada cargo de Jornada Simple.


 


BONIFICACIÓN DIRECTIVOS REMUNERATIVA NO BONIFICABLE, DE $100 MULTIPLICADO POR EL PUNTAJE CORRESWPONDIENTE AL CARGO


ES PARA DIRECTORES Y VICEDIRECTORES, DESDE MARZO 2013 ART 5º DEC 130/MARZO 13


FUENTE: BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES


Visita: http:// www.elarcondeclio.com.ar Visita: www.elarcondeclio.com.ar Daniela Leiva Seisdedos
Docentes: ¿Qué es bonificable y que no es?

Volver a la Portada de Logo Paperblog