Revista Homo

Dos hermanos podrán llevar los apellidos de sus madres que nunca pudieron casarse

Por Arturolodetti @latitudgay

En Rosario, el Tribunal de Familia Nº 4 reconoció por primera vez en Argentina y América Latina el derecho de filiación extramatrimonial post mortem a los hijos de una familia homoparental. Después de 15 años ambos podrán llevar los apellidos de sus dos madres, una de ellas fallecida en 2012.

En el 2002, María y Silvia ya llevaban diez años de convivencia y sentían que era el momento de tener hijos. En tiempos donde aún faltaba un largo trecho para que se discutiera y aprobara la ley de matrimonio igualitario en Argentina, era una decisión importante.

Dos hermanos podrán llevar los apellidos de sus madres que nunca pudieron casarse

Para eso concurrieron a una clínica de fertilidad de la ciudad de Buenos Aires donde María se sometió a un tratamiento con un donante anónimo. A fines de 2002 nacieron los mellizos “V” y “L” y fueron inscriptos como hijos de madre soltera, la única opción legal que existía entonces para niños de familias homoparentales.

Recién en septiembre de 2012, dos años después de la aprobación del matrimonio entre personas del mismo sexo, una directiva del Registro Civil de Santa Fe habilitó a las mujeres no casadas a reconocer a los hijos de sus parejas. De hecho, fue la primera provincia donde se permitió la medida. Sin embargo, el fallecimiento de Silvia les impidió completar el trámite. María debió entonces iniciar un proceso judicial para el reconocimiento de la identidad de sus hijos y el derecho a la herencia de los menores.

Ahora, a poco tiempo de que “V” y “L” cumplan quince años, gracias a un fallo del Tribunal de Familia Nº 4, se reconoce su derecho a llevar los apellidos de sus madres. El fallo, según informó el diario La Capital de Rosario, se dictó a fines de octubre pasado y se convirtió en el primero en el país que reconoce la filiación post mortem de los hijos de una pareja del mismo sexo, basándose en la voluntad procreacional de la pareja como fuente de esa filiación.

Valeria Rosso Ponce, la abogada encargada de representar a la mamá de los mellizos, destacó que “se trata del primer fallo del país que reconoce una filiación post mortem tomando como fuente de filiación la voluntad procreacional. Es decir, la determinación de esta mujer de ser mamá”. Si bien actualmente el nuevo Código Civil reconoce esta decisión como principio del vínculo, “cuando se inició este planteo, en 2013, solo se reconocían dos fuentes de filiación: la biológica y la adopción”, apuntó.

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Fuente: infobae.com

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