Revista Insólito
Polémico fallo de la Justicia cordobesa. Los fundamentos.
El Tribunal Oral Federal N° 1 de la ciudad de Córdoba consideró que drogarse en la cárcel no representa un delito.
El polémico fallo benefició a Mario Mora, de 31 años, a quien se le secuestraron 30 “porros” de marihuana ocultos dentro de un desodorante a bolilla durante una requisa realizada en noviembre del 2010 en la cárcel de Cruz del Eje, ubicada a casi 150 kilómetros de la capital provincial.
Mora, quien cumple una condena de 14 años, fue inculpado de posesión de estupefacientes, y el fiscal Maximiliano Hairabedian pidió un año de prisión.
La Justicia Federal, en fallo dividido, consideró que la tenencia de estupefacientes para consumo personal forma parte del derecho a la intimidad, del que gozan también los reclusos en el interior de una celda.
El presidente del Tribunal, Julián Falcucci, justificó la absolución y sostuvo que la condena resulta posible “sólo cuando el sujeto hubiese hecho ostentación de esa conducta hacia terceros y haya puesto en peligro la salud pública”.
"Mora fumaba en su celda y cuando nadie lo veía. Estaba en su intimidad, era su forma de vida y no traía aparejado ningún peligro concreto para la salud de los otros internos del penal porque el recluso tenía droga en poca cantidad, escondida en un lugar reservado y adecuada para su consumo", agregó.
Por su parte Jaime Díaz Gavier, el camarista que votó en contra del resto del Tribunal, aseguró que tener droga en el interior de un penal “trasciende el ámbito protegido por la Constitución” y que resulta "potencialmente perjudicial para terceros y que esa conducta no propicia la reinserción social”.
Durante el juicio Mora reveló que se droga desde los 14 años y reconoció que en prisión se fumaba más de 10 porros de marihuana por día además de cocaína y psicofármacos.
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