Después de esta época estival en la que parece que, de repente, todo se haya vuelto tranquilo, en la que las noticias se vuelven monótonas y repetitivas, en la que las grandes preocupaciones de la mal lamada "vida normal" quedan en un segundo plano y en la que, permitidme decirlo, qué tranquilos que quedamos, vuelve la cotidianidad y vuelven los mismos problemas y situaciones que habíamos dejado atras y, claro está, aquellos que tienen que ver con el parón político que llevamos viviendo durante este año vuelven también.
Ya nos tocó volver a votar después del fiasco electoral de las primeras elecciones generales en parte debido a su resultado y en parte a la incapacidad de los diferentes partidos para investir un Presidente del Gobierno con el suficiente apoyo parlamentario. El resultado de estas segundas elecciones es suficientemente sabido, el Congreso de los Diputados resultante y su de nuevo heterogénea composición no facilita en modo alguno la posibilidad de llegar a acuerdos entre varios partidos que puedan llegar a desbloquear la situación, amenaza de manera cierta y real con la posibilidad de unas terceras Elecciones Generales. Algo inaudito para cualquier persona con un mínimo de interés político.
Hace pocos días, con motivo de la fallida investidura del actual presidente del Gobierno en funciones, saltó la noticia del acuerdo entre el Partido Popular y Ciudadanos, acuerdo que conllevaba la aceptación por parte del PP de una serie de "medidas de regeneración" negociadas con Ciudadanos y a aplicar en caso de resultar el candidato popular investido por la Cámara Baja. No quisiera alargar más de lo necesario este post con una interminable lista de medidas a aplicar, y tampoco es el objetivo de este blog el hacer ningún tipo de proselitismo político, pero he podido observar una medida en concreto que, en mi opinión personal, es posible que sea de difícil aplicación práctica. En pocas palabras, se trata de una medida que reconozco que puede tener su clara repercusión en cierta parte de la Opinión Pública pero que es difícil, por no decir casi imposible, de realizar debido precisamente a aquello que estos dos partidos defienden tan a capa y espada, a la mismísima Constitución Española y a los principios básicos del Derecho. Veamos el caso en cuestión:
Recuperar el dinero no recaudado con la llamada Amnistía Fiscal.
Vaya por delante que soy un ferviente defensor de que el cumplimiento de las obligaciones tributarias es vital para el correcto funcionamiento de cualquier estado, hasta ahí podríamos llegar. Y debo afirmar que, como persona de a pie, puedo llegar a entender y compartir el espíritu de esta medida; no obstante, permitidme afirmar que, por lo que sé, la medida propuesta choca directamente con un principio constitucional básico, y por ello se puede llegar a convertir en simplemente papel mojado. Este principio está recogido en el articulo 25.1 de la C.E. y textualmente dice lo siguiente:
Nadie puede ser condenado o sancionado por acciones u omisiones que en el momento de producirse no constituyan delito, falta o infracción administrativa, según la legislación vigente en aquel momento.
Es decir, que después de la Amnistía Fiscal habida en la anterior legislatura nos encontramos con que los presuntos infractores fiscales que regularizaron su situación ya no son infractores. Por lo tanto, eliminar la amnistía fiscal implicaría considerar como falta tributaria a unos hechos ciertamente dudosos o reprobables en origen, pero que en este momento no constituyen falta alguna debido precisamente a la Amnistía Fiscal que hay de por medio. En resumidas cuentas, que no vale en estos temas aquello de " donde digo digo, digo Diego ", estamos hablando de la Ley Suprema, y ésta nos incumbe a todos, nos guste, o no. Bien que nos lo recuerdan constantemente en otros temas, ¿o no?
Pero aún hay más, resulta que existe un principio jurídico básico llamado "non bis in idem", que fundamentalmente viene a decir que nadie puede ser condenado o sancionado dos veces por el mismo hecho. Es decir, que los presuntos infractores fiscales que regularizaron su situación con el Fisco gracias a la Amnistía Fiscal no pueden ser sancionados a posteriori por el mismo hecho. Claro y conciso.
Es decir, que puede ser muy rentable, políticamente hablando, que de cara a la galería se presenten a bombo y platillo ciertas medidas a aplicar como si fueran lo mejor del mundo, pero los profesionales de la política quiero pensar que están bien asesorados antes de legislar, por ello me sorprende que se presenten medidas como la anterior, que en el mejor de los casos provoca dudas razonables.
Hasta aquí este post, que no deja de ser una opinión personal al respecto; perdonadme, pero alguien lo tenía que decir. Quisiera también decir que no soy jurista, por lo que agradeceré y mucho cualquier opinión personal o profesional de cualquier lector que incite al sano debate, por ello, os animo a comentar y a debatir, ¡ Adelante!
Economista C.E.C. núm 13147.