Revista Salud y Bienestar

El anestesiólogo de retén o cómo las autoridades del hospital ponen en peligro la vida de los pacientes (1)

Por Lemalpartida

El anestesiólogo de retén es el colega programado de guardia pero que no se encuentra en el hospital. Si se presenta alguna emergencia, el jefe de guardia lo llamará para que  se haga presente lo más pronto posible. Ustedes se preguntarán, estimados visitantes, ¿y si llega a la sala de emergencia un herido de bala que sangra profusamente, y tiene que ser intervenido quirúrgicamente en el acto, no se morirá esperando al anestesiólogo, quien puede tener su casa lejos del hospital?
El anestesiólogo no puede estar de retén, tiene que estar en el hospital, muchas cirugías de urgencia no pueden esperar. Como su nombre lo indica, ¡SON DE URGENCIA!
Sin embargo, algunas despistadas autoridades hospitalarias que no conocen de legislación, como nuestro amigo Dr. David Tal-Vez Ayayero (ver anterior post), programan anestesiólogo de guardia de retén y no de guardia con presencia física, como lo indican la razón y la ley.

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El Dr. David, subgerente del Instituto Cardiovascular de la Nación, siempre despistado, en su domicilio. dibujitosconhumorblogspot.com

Veamos qué dice la Ley del Trabajo Médico de nuestro país, respecto a las guardias hospitalarias.
Artículo 22.- La guardia de retén tiene una duración de 12 horas. Se efectúa por médico-cirujanos cuya especialidad no está comprendida en el equipo básico. El profesional programado en retén permanece en disposición de ser llamado por el Jefe del Equipo de Guardia durante el turno correspondiente.
Ahora, qué especialistas están comprendidos en el equipo básico de guardia, según la ley?
Demos una mirada al Reglamento de la Ley 23536 de Trabajo y Carrera de los Profesionales de la Salud.
Artículo 16º.- El Equipo básico de guardia estará constituido fundamentalmente por: Médicos Internistas o Generales, Cirujanos Generales, Gíneco-Obstetras, Pediatras, Anestesiólogos, Traumatólogos, Enfermeras y Obstetrices, bajo la Jefatura del Médico Internista de más alto rango, cargo jerárquico o antigüedad a igualdad de éste.
Hemos demostrado, estimado visitante que, además de ser ilógico, programar anestesiólogo de guardia de retén (sin presencia física en el hospital, "al llamado") es ilegal.
En el próximo post continuamos.

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