Seguimos con el ciclo de avisos del SEPE en relación con el subsidio de mayores de 52 años.
En concreto, nos referimos a esto:
➡️ Si eres beneficiario del subsidio de mayores de 52 años, una vez cumplida la edad de jubilación, si no puedes jubilarte debes aportar documento del INSS con la fecha de jubilación real para poder ampliar la duración de tu subsidio pic.twitter.com/2ZsQ7sz7Z2
- SEPE (@empleo_SEPE) July 29, 2021
Te pongo en antecedentes y te explico lo que el SEPE ha anunciado a través de sus redes sociales.
Con la antigua normativa, que estuvo en vigor hasta el 12 de marzo, una persona que estaba cobrando el antiguo subsidio de mayores de 55 estaba obligada a aceptar su jubilación anticipada si legalmente cumplía los requisitos para ello, con lo que perdía derechos a jubilarse antes de la edad ordinaria.
Ahora, el trabajador que esté cobrando el subsidio para mayores de 52 años podrá elegir voluntariamente si quiere mantener este subsidio hasta su edad legal de jubilación ordinaria, o si cumple los requisitos, elegir la jubilación anticipada.
¿Y cuál es la edad de jubilación ordinaria?
La edad ordinaria de jubilación en 2021 es de 65 años (si el trabajador tiene cotizados al menos 37 años y tres meses o más) o 66 años si no llega a los 37 años y tres meses de cotización.
Duración del subsidio de mayores de 52 años
El SEPE anuncia que el subsidio se extenderá, como máximo, hasta que el trabajador alcance la edad ordinaria de jubilación siempre que mantenga el cumplimiento de los requisitos.
Esos requisitos son los siguientes:
- Estar desempleado.
- No tener la condición de persona trabajadora fija discontinua.
- Tener 52 años o más.
- Estar inscrito como demandante de empleo durante un mes desde que se agote la prestación por desempleo.
- No haber rechazado una oferta de trabajo durante este mes.
- No haber rechazado ningún curso de formación durante este mes.
- Carecer de cualquier ingreso que supere el 75% del salario mínimo interprofesional.
- Haber cotizado por jubilación durante 15 años, dos de los cuales han de estar dentro de los últimos 15 años.
- Haber cotizado por desempleo un mínimo de 6 años a lo largo de su vida laboral.
Último requisito anunciado por el SEPE
El SEPE establece que si eres beneficiario del subsidio de mayores de 52 años, una vez cumplida la edad de jubilación, si no puedes jubilarte puedes aportar un documento expedido por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) con la fecha de jubilación real para poder ampliar la duración del subsidio.