La Emergencia Sanitaria es ley desde el año 2002. De vigencia anual y sancionada parar hacer frente a las consecuencias de la crisis del 2001.
¿Por qué año tras año y sin importar lo que sucediera en materia económica, el estado de Emergencia Sanitaria es ratificado por el Congreso Nacional?
Para entenderlo, pondremos esta continuidad en contexto.
Luego de la crisis de diciembre de 2001, en default y con una devaluación del 300%, el Congreso Nacional sanciona la ley 25.561 que declaraba la emergencia pública en materia social, económica, administrativa, financiera y cambiaria, delegando facultades extraordinarias al Poder Ejecutivo. Fue así que este dicto el DNU 486/2002 declarando también la Emergencia Sanitaria Nacional. La justificación era la grave situación que afectaba al sector de la salud por las dificultades de provisión de medicamentos, insumos y productos médicos la mayoría de los cuales son importados y en dólares. Por otro lado, las clínicas y sanatorios privados obtuvieron la suspensión a las ejecuciones fiscales de la AFIP, lo cual les permitió diferir los pagos de aportes y contribuciones patronales a la seguridad social, de todos los empleados en relación de dependencia. Las excepciones aduaneras permitieron continuar con la importación de medicamentos y productos médicos que, de otra manera tendrían precios y cargas fiscales insólitas. Por otro lado, se aprobó un PMO de emergencia que no tuvo mayores efectos, pues no impidió la ejecución de amparos por parte de afiliados contra obras sociales y prepagas.
Estas normas trajeron como consecuencia para los sanatorios y clínicas privadas, además del manejo discrecional del sector público en cuanto a contrataciones, una deuda del sector con el fisco, ya que la suspensión de las ejecuciones fiscales no anula la existencia de las deudas; esto sumado a una aguda dependencia de los sanatorios privados sin integración vertical alguna con las obras sociales administradas por el Estado (PAMI, IOMA).
Tenemos tres tipos de instituciones privadas de salud, clasificadas de acuerdo con el origen de los recursos que financian su actividad: las vinculadas a las obras sociales y que son creadas para la atención de sus propios afiliados; las vinculadas a las empresas de medicina prepaga, y que constituyen el emblema del prestigio de marca; y por último, las instituciones que no cuentan con financiador propio. Esta situación explica la conducta de los gremios del sector a la hora de las paritarias, cuyo resultado queda vinculado al origen de los ingresos de las instituciones y que, en el caso de los establecimientos que no poseen financiador propio, tales paritarias se definen en función de los aumentos que les fija el PAMI para las prestaciones a sus afiliados.
La ausencia de financiador propio es el Talón de Aquiles del sanatorio. Quizás esta "debilidad" explica el motivo por el cual muchos centros de salud del país le deben a la AFIP importantes sumas. Esta "situación fiscal" solo puede ser explicada por dos motivos: fraude o trabajo a quebranto. Descartada la primera, en el segundo caso está claro que la falta de equilibrio se debe a varios factores propios de la actividad. Y quebranto no siempre es sinónimo de quiebra, sobre todo cuando el acreedor es el Estado.
Repasemos esos factores. Mano de obra intensiva. La actividad requiere de mucho personal asistencial el cual en sus 2/3 partes está en relación de dependencia. Los aumentos salariales impactan de lleno en la estructura de costos transformándola en un costo de corto plazo, periódico e impostergable. Los insumos. En su mayoría, cuando hay procesos devaluatorios o crisis como la actual del Covid, carecen de valor de referencia y pueden dejar sin stock a los establecimientos más débiles o con costos tan altos que acentúa el trabajo a quebranto. Por último, la "electro dependencia". Tanto equipamiento como el consumo de servicios públicos asociados a su uso, conforman un valor importante en la estructura de costos de las empresas sobre todo a partir de los aumentos de 2015. Pero quizás entre todos estos factores es el costo financiero de las prestaciones el más grave. Tener gastos de corto plazo a 30 días (sueldos), cobros a 90 días (PAMI) y a 120 días (seguridad social) no parece ser buen negocio.
En este mar se debaten las instituciones de salud, y es en este marco en que la Emergencia Sanitaria permanece. La cascada de ejecuciones fiscales y embargos que podrían producirse terminaban de desequilibrar un sistema ya rengo. Es por este motivo que solo los más grandes pudieron sobrevivir y de los más pequeños, los más hábiles. La mayoría de los establecimientos se pusieron en venta o funcionan con la hipoteca de la Emergencia Sanitaria. Las que han cerrado dejaron antiguos polos sanitarios de la zona sur y oeste del Gran Buenos Aires casi sin instituciones privadas.
Está claro que la crisis del Covid-19 y sus secuelas económicas solo agravarán la situación. Quizás entonces, sea el momento de superar la Emergencia hecha Ley, y encarar una reforma de nuestro sistema sanitario para sacarlo de la terapia intensiva en la que se encuentra. Una reforma que contemple la gestión público-privada, con incentivos para la formación de más y mejores profesionales y que privilegie el lugar en donde se practica la medicina: el hospital y el sanatorio.
Si en lugar de tapar las ejecuciones fiscales hubiéramos reformado el sistema, es probable que el encierro de la población no hubiese sido tan rígido por temor al colapso sanitario. Con 18 años de vigencia, donde la excepción se volvió norma, la Vieja Madre de la cuarentena más larga de la Historia de la Humanidad se llama Emergencia Sanitaria, y ya es hora de darle vacaciones definitivas.
Leído en La Nación