Revista Empresa

El Derecho Civil

Por Temasdederecho

Noción y Ubicación que posee el “Derecho Civil”

     Elconcepto de lo que es el “Derecho Civil”, funciona en ocasiones, a modo desinónimo alternativo del significado de “Derecho”, como un todo, sea “Objetivoo Subjetivo”. A lo largo del transcurrir en el tiempo, diversidad de autoresvan mas allá, cuando han catalogado y dado a entender al “Derecho Civil” comoun igual o variante del “Derecho Privado”, basándose en “la relación existenteentre las personas que acuden a estos, en busca de una solución a lasproblemáticas”. Finalmente y del mismo modo existen, otros sentidos oacepciones dados al significado del Derecho, como los siguientes:
a) Derecho Subjetivo: esla facultad que posee cada individuo dentro de la sociedad.
b) Derecho Objetivo: estáconformada por el conjunto de normativas de la conducta que rigen a cada ser.Subdividido en: Derecho Objetivo Natural, que son las pautas que rigen lanaturaleza de las cosas y el Derecho Objetivo Positivo, basado en los patronesregulativos emanados de la autoridad.
Evolución Histórica de la expresión “Derecho Civil”
     La Evolución Histórica,que ha presentado el Derecho Civil, ha sido desglosada en cuatro períodos, la Etapa Primitivadel Derecho Civil, Etapa Romana, Etapa Medieval y por último la Etapa de CodificaciónModerna.
a) Etapa Primitiva del DerechoCivil: al contrario de lo que muchos entendidos en el área plantean ydefienden acerca del origen del Derecho Civil, este, no tiene necesariamente sunacimiento durante la era Romana, sino que posee una datación más antigua; y esque el inicio lo podríamos remontar fácilmente justo cuando el Hombre comenzóese proceso de asociación con otros de su misma especie. A medida que fueronorganizándose las primeras tribus, emergió la necesidad de formular una seriede regulaciones, escritas o no, que fomentaron el equilibrio y unidad de estosclanes.
b) Etapa Romana: estaparte de la historia, tiene como punto de partida, la fundación del “EstadoRomano”, culminando con la “Compilación Legal de Justiniano”. El Derecho Civil,en esta fase tuvo varias acepciones, en las que destaca, el “Derecho Romano”que se constituyó y evolucionó en este periodo; pero lo fundamental y másconforme con su significado etimológico era que el “Jus Civile”, era el mismo“Jus Pecularis Populus” o “Derecho Peculiar del Pueblo”, en especial de los“Ciudadanos Romanos”, todo ello en contraposición acordada con el “Jus Gentium”o “Derecho Común de los demás Pueblos”, quienes también conformaban aquelestado.
c) Etapa Medieval:comienza en el siglo V con la caída del Imperio Romano en manos de RómuloAugusto o Augústulo, finalizando así en el siglo XIV. En este periodo, seproducen las Guerras Civiles Romanas y las invasiones de los pueblos Germanosdel norte de Europa. En estas constantes penetraciones, se respetaron en teoríael Derecho Romano imperante; mientras que simultáneamente, estos pueblos,imponían sus Normativas, propiciando en esta forma la fusión entre ambasvariantes. Pero aunque en principio el Derecho Civil, era en todo, el DerechoRomano, su significado fue poco a poco restringido al concepto de DerechoPrivado, debido a que las otras ramas del antiguo Derecho, dejaron de teneraplicación, debido a los profundos cambios sociales que operaron en esa época.
d) Etapa de Codificación Moderna:prácticamente tiene su inicio con la promulgación del “Código LegislativoPrusiano de 1747”y el “Código Napoleónico de 1804”.  En esta fase, los pueblos se ven ante lanecesidad, de agrupar y ordenar sistemáticamente, todas las “Normas Jurídicas”.De allí surge la “Moderna Codificación”, que implica coordenadas entre sí y contotal vocación de generalidad y plenitud, redactadas de manera escueta yconcisa, pero sobre todo escritas en una misma y para una misma obra.
Ramificaciones del Derecho Privado
   Delo que antiguamente en Roma y en otros tiempos era llamado Derecho Privado, sedesprendieron una serie de variantes afines, tal y como sucedió en el caso del“Derecho Procesal Civil”, Industrial, empleado en las regulaciones sobre bienes inmateriales de laindustria, Mercantil, correspondiente a actos de comercio; y muchos otros mas.Hay que destacar, que estos procesos de subdivisión, responden a un proceso de“Evolución Descentralizada Sistemática” que se caracterizan por el hecho de quesus normas, solo son aplicadas en determinadas clases o categorías de personas,cosas o relaciones que en razón de sus peculiaridades requieren ser regidas porotras normas Especiales o Excepcionales.
Noción de Derecho Civil
   El“Derecho Civil”, en una idea mas amplia, es el mismo “Derecho Privado”,aplicado a todas las personas, cosas y relaciones, en ausencia de una “RamaEspecializada” que demuestre lo contrario. Esta definición, la hacen muchosautores, induciendo a un serio error interpretativo, que concibe al DerechoCivil como una rama de menor aplicación practica, dentro del Derecho Privado.Asimismo por su Importancia, Institucionalidad, Tradición Milenaria yCoherencia, el Derecho Civil tiene un valor “Paraconstitucuional” siendoconsiderado como un “Elemento Complementario” de algunas Leyes y Derechos,cuyas lagunas cubre.
Tentativas para Definir al Derecho Civil
         Sonprácticamente innumerables los autores y los ensayos encaminados a dar unconcepto pleno de lo que es el “Derecho Civil”, unos, son objetivos, mientrasque otros contradicen tercamente esta tendencia. De entre las personas masrenombradas destaca Diego Castán, quien lo define de una manera sintética aldecir que el “Derecho Civil, es una realidad Vivencial, Científica y Unitaria”.No pocos son los Juristas que lo consideran como un sinónimo del “Derecho Privado”.Mientras que algunos van mas allá, y lo puntualizan a través de “FormulasDescriptivas” enmarcándolo en las materias que regula.
Contenido del Derecho Civil
      ElDerecho Civil, pone en la arena a dos Contenidos del Tipo Sustentador, lasInstituciones Civiles Fundamentales y las Ramas del Derecho Civil.
§InstitucionesCiviles Fundamentales:
   Tradicionalmente,el Derecho Civil gira en torno a tres grandes Instituciones, La Persona, La Familia y El Patrimonio.De allí parte la concepción de que el Derecho Civil comprende la Regulación de dos fineshumanos esenciales: A) “Procurarse del Mundo Exterior los Medios Indispensablespara la Conservacióny Bienestar Individual” y B) “Promover la Conservación yBienestar de la Especie”.En definitiva, las Instituciones abarcadas por el Derecho son:
a)  La Persona: comprendida por los Naturales,(Individuos de la Especie Humana), y los Jurídicos, (Entes que no sonIndividuos de La Especie Humana).b)    La Familia: constituidas por las relaciones deltipo Personal y Patrimonial que mantienen los integrantes de un grupo.c)  El Patrimonio:viene dado por el conjunto de relaciones Jurídicas apreciables en dinero. Elpatrimonio, comprende a su vez el estudio de:
­  Los Derechos Reales: Derechossubjetivos que conceden a la persona el Derecho de “Erga Omnes” (Oponible acualquier Persona).­  Derechos de Crédito: son Derechos detipo Subjetivo que permiten a su titular (Acreedor), exigir una prestación aotra persona, (Deudor).­  Sucesión Hereditaria: consiste en la Transmisión, de los elementosdel, patrimonio de una persona, al ocurrir su deceso.
§Las Ramasdel Derecho Civil:
a)El Derecho de las Personas (Personas): que estudia lascondiciones, de la personalidad Jurídica, como a las personas consideradas ensi misma.b)  Derechos Reales: estudia los casos y los bienes asícomo los Derechos que existen sobre ellos.c)    Derechos de Obligaciones: ilustra los Derechos deCrédito o Personales.d)  Derecho de Familia: estudia los estados familiares ylas relaciones personales y patrimoniales que derivan de los mismos.e)  Derecho Hereditario: estudia el destino de loselementos del patrimonio de una persona que deja al morir.


Referencia Bibliográfica: 
Aguilar Gorrondona, José L.  (2005). Personas, Derecho Civil I. Caracas: Universidad            Católica AndrésBello, 17ª Edición.

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