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El derecho del inquilino de Alabama a recibir una notificación antes de la entrada del propietario

Publicado el 11 marzo 2019 por Masideasdenegocio @masideasnegocio

¿Un inquilino siempre tiene que dejar entrar al propietario?

Los inquilinos de Alabama están protegidos por la Ley Uniforme de Arrendadores e Inquilinos Residenciales de Alabama. Un aspecto importante incluido en esta ley es el derecho del inquilino cuando el propietario solicita acceso a su unidad. Un inquilino paga el alquiler y con ese alquiler asume una cierta cantidad de privacidad. Un propietario es el propietario de la unidad y con esta propiedad asume una cierta cantidad de acceso a sus unidades. En Alabama, infórmese sobre el derecho de un inquilino a notificar antes de la entrada de un propietario.

Derecho de Notificación del Inquilino de Alabama

De acuerdo con el código de Alabama, en la mayoría de los casos, el propietario debe dar aviso al inquilino antes de que se le permita entrar a la unidad del inquilino. El propietario está obligado a avisar al inquilino con al menos dos días de anticipación.

Excepciones a la notificación

En Alabama, hay ciertas situaciones en las que el propietario estará exento de tener que dar aviso al inquilino antes de entrar. Estas situaciones incluyen:

  • Emergencias: El propietario no tiene que tener el consentimiento previo del inquilino antes de entrar a la unidad en una situación de emergencia. Un ejemplo de una emergencia podría ser un accesorio en el baño del inquilino que se desborda en la unidad del inquilino en la planta baja.
  • Por orden judicial : Si al propietario se le ha concedido acceso a la unidad de un inquilino por orden judicial, el propietario no necesita darle aviso al inquilino antes de entrar.
  • Si el inquilino solicita reparaciones: Si el inquilino se pone en contacto con el propietario para solicitar que se complete una reparación u otro asunto de mantenimiento, esa solicitud servirá como aviso al inquilino de que el propietario puede ingresar a la unidad. El propietario no tiene que darle al inquilino el típico aviso de dos días para hacer la reparación.
    El propietario cree que el inquilino es una unidad abandonada: Bajo la ley de Alabama, si un propietario tiene "causa razonable" para creer que un inquilino ha abandonado la unidad, el propietario puede entrar a la unidad sin notificar primero al inquilino.

¿Cómo debe darse la notificación?

La ley de Alabama describe lo que se considera una notificación apropiada. Bajo la ley, el propietario debe poner un aviso en la puerta que el inquilino usa como el medio principal para entrar a su vivienda. Este aviso debe incluir:

  • La fecha en que el propietario desea entrar
  • La hora en que el propietario desea entrar
  • El propósito de ingresar a la unidad

Si un inquilino se pone en contacto con el propietario acerca de una reparación necesaria o firma un acuerdo por separado con el propietario que le permite al propietario mostrar la unidad a los posibles inquilinos, entonces el inquilino ya está consintiendo la entrada del propietario y el propietario no tiene que publicar este aviso por separado.

¿A qué horas puede el propietario entrar a la unidad de alquiler?

En Alabama, después de dar el aviso apropiado, el propietario puede entrar a una unidad de alquiler a "horas razonables". Aunque el estatuto de Alabama no define directamente lo que son las horas razonables, generalmente se considera que las horas razonables son en el curso de las horas normales de trabajo. Esto podría ser entre las 8 a.m. y las 6 p.m. Un propietario debe entrar durante estas horas a menos que se haya acordado otra hora fuera de esta ventana entre el propietario y el inquilino.

Razones legales por las que un propietario puede entrar en Alabama

El código de arrendador e inquilino de Alabama define las razones legales por las que se permite que un arrendador entre en la unidad de un inquilino. Estos incluyen:

  • Para inspeccionar las instalaciones
  • Para hacer las reparaciones, decoraciones, alteraciones o mejoras necesarias
  • Para acordar reparaciones, decoraciones, alteraciones o mejoras
  • Para suministrar los servicios necesarios o acordados
  • Para mostrar la unidad a posibles inquilinos o compradores
  • Para Mostrar la Unidad a Contratistas, Reparadores o Hipotecarios

¿Puede un inquilino negar la entrada a un propietario?

El código de Alabama define los métodos por los cuales un propietario puede entrar a la unidad de un inquilino y las razones por las cuales el propietario puede hacerlo. Por lo tanto, hay situaciones en las que un inquilino debe permitir que el propietario tenga acceso a su unidad y hay situaciones en las que un inquilino puede negarle a un propietario la entrada a su unidad.

Remedios para el abuso del acceso

Los inquilinos y los propietarios tienen ciertos derechos si cualquiera de las partes abusa de los derechos de la otra parte cuando se trata de acceder a la unidad.

Código de Alabama para la Entrada de Propietarios

Para ver el texto original del Código de Alabama sobre la entrada de propietarios, por favor consulte la Ley Uniforme de Arrendadores e Inquilinos Residenciales de Alabama §§ Sección 35-9A-144, Sección 35-9A-303 y Sección 35-9A-442.


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