Los resultados que nos dejará el referéndum del 21 de febrero, tendrán una gran implicancia dentro del panorama político del País y particularmente en muchos Municipios, tal como decía Gustavo Torrico en una entrevista con Cadena A, si es que el resultado diera como ganador el NO en el referéndum la oposición buscara deslegitimizar la gestión del Presidente Evo Morales, y de seguro estaremos hablando en un tiempo mas de revocatorio, ese es el meollo del asunto, sostenía el asambleísta por el MAS en la ciudad de La Paz.
Este caso aplica también en muchos municipios de nuestra Bolivia, este referéndum será el termómetro para medir hasta dónde puede llegar la oposición para emprender procesos revocatorios en contra de ciertas autoridades electas que lamentablemente no vienen haciendo una buena gestión en sus respectivos Municipios, el Beni es un caso particular, la eliminación de 253 candidatos de la extinta UD, derivo que en muchos municipios a que el 2do, o el 3ro llegara hacerse de esas alcaldías sin una plena legitimidad (hubo municipios en los cuales quedó solo un candidato), este panorama nos hace avizorar que pasado este referéndum, estaremos a vísperas de que vayan estableciendo o criando el caldo de cultivo para el inicio de estos procesos revocatorios.
Caso San Borja, Rurrenabaque y Santa Rosa en nuestra provincia son claros ejemplos que nos deja este situación tan particular que le tocó al Beni vivir con la anulación de candidaturas que de hecho ya eran seguros vencedores en sus municipios, San Borja con un Alcalde manchado con la sombra de varios hechos de corrupción y lo más lamentable una pésima gestión seguramente va a vivir este proceso si es que no demuestra su respaldo con contundencia con la votación en las ánforas, victoria del SI que le permita respirar tranquilo a Jorge Añez Claros, quien de seguro debe poner bastante atención en mejorar su gestión.
Muchos partidarios del Movimiento al Socialismo reconocen que el alcalde es una ficha que no juega a favor del SI en este referéndum por que lamentablemente el pueblo borjano refleja en él una pésima gestión, que por ende perjudica la imagen del partido oficialista y las intenciones del binomio EVO -ALVARO; seguramente existe gran preocupación en las huestes Masistas.
La Constitución Política del Estado (CPE) establece con claridad los mecanismos de destitución de autoridades electas, uno de ellos la sentencia ejecutoriada penal y la otra a través del voto popular mediante el referéndum.
La CPE en el capítulo referido al Sistema de Gobierno parágrafo II señala: “La democracia se ejerce de las siguientes formas que serán desarrolladas por la Ley. Directa y participativa por medio del referendo, la iniciativa legislativa ciudadana, la revocatoria de mandato, la asamblea, el cabildo y la consulta previa. Las asambleas y cabildos tendrán carácter deliberativo conforma a Ley“.
En tanto que el artículo 240 de la CPE establece en su parágrafo II que se podrá solicitar la revocatoria del mandato cuando haya transcurrido al menos la mitad del período del mandato.
El parágrafo III del citado artículo de la CPE establece que “para que se convoque a referéndum revocatorio debe existir una iniciativa ciudadana a solicitud de al menos el 15 por ciento de votantes del padrón electoral“.