Me apoyaré en un solo ejemplo: el 11 de diciembre de 1987, en el atentado de ETA a la casa-cuartel de Zaragoza, (Henri Parot fue quien estacionó el coche bomba), murieron 11 personas, cinco de ellas niñas. Entre las víctimas mortales estaba el sargento de la Guardia Civil José Julián Pino Arriero, de 39 años, que custodiaba la entrada, su mujer, María del Carmen Fernández, de 38 años, y la hija de ambos Silvia Pino, de 7 años. De esa familia quedaron vivos –aunque resultaron heridos– solamente dos hermanos, Víctor y José María, que contaban entonces 11 y 13 años de edad, y que fueron acogidos por su abuela, hasta su muerte, poco después, y, desde entonces, puesto que nadie más se hizo cargo de ellos, por el Colegio de Huérfanos de la Guardia Civil, institución de la que hoy son miembros ambos.
Días después del atentado se hizo pública una repugnante pastoral de los obispos vascos en la que se recogían los habituales argumentos y reivindicaciones de la banda etarra, como, por ejemplo, acusaciones contra los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, duras críticas a la política de extradiciones de etarras de Francia y propuestas de solución a través de negociaciones del Gobierno y ETA.
A estas alturas, los entonces niños Víctor y José María Pino han tenido la desgraciada oportunidad de comprobar cómo, después de quedar rotas sus vidas, han sido las expectativas de aquellos rastreros obispos las que se han ido cumpliendo. A consecuencia de las negociaciones entre el Estado y la banda etarra, hoy ETA gobierna en diversas instituciones del País Vasco, maneja miles de millones de euros del presupuesto público y accede a una ingente información sobre bienes y personas de la que podrá hacer uso para llevar a cabo sus planes criminales. Como culminación de ese proceso, el Tribunal de Estrasburgo acaba de dictaminar el fin de la doctrina Parot, según la cual los beneficios penitenciarios de los presos etarras habrían de calcularse no aplicándolos a la pena final, que nuestro sistema jurídico penal reduce a treinta años como máximo, sino a la suma de las diferentes penas achacables a cada uno de los delitos, de forma que, a efectos de computar esos beneficios, no resulte igual matar a una persona que a cincuenta.
Los últimos resultados de ese proceso de negociación con ETA que el presidente Rajoy no ha dudado en llevar a su culminación (haya participado o no directamente en las negociaciones) han quedado explicitados con la excarcelación de presos etarras, que se hicieron ya evidentes para la opinión pública con la de Bolinaga en septiembre de 2012. Pero el paso más importante en ese proceso de excarcelación de etarras se está dando ahora mismo a raíz de la sentencia del Tribunal de Estrasburgo que anula la doctrina Parot. En algunos países europeos, como Suecia, Dinamarca o Reino Unido, las sentencias de ese Tribunal carecen directamente de eficacia interna. En España, el Tribunal europeo no tiene preeminencia sobre el Tribunal Constitucional y el Tribunal Supremo españoles, porque España no ha renunciado nunca a su soberanía en el terreno judicial. El Tribunal Constitucional español dejó claro este asunto en 1994 cuando el europeo le conminó a repetir el juicio que se había llevado a cabo contra Ruiz Mateos, a lo que aquel contestó textualmente: “Del artículo 53 y concordantes del Convenio de Roma de 1950 no se desprende en modo alguno que este Tribunal (es decir, el Tribunal Constitucional) sea una instancia jerárquicamente subordinada al Tribunal Europeo de Derechos Humanos, y obligada por tanto a dar cumplimiento a sus sentencias en el orden interno”. Asimismo se afirmaba allí que “el Tribunal Constitucional carece de jurisdicción para revisar sus propias sentencias, contra las que no cabe recurso alguno”. En suma: el Tribunal Constitucional no estaba obligado a acatar la sentencia del Tribunal europeo que decreta la libertad de la etarra Inés del Río, a la que se da la razón, y la de los afectados por la doctrina Parot en general (como diversos violadores y asesinos múltiples), a lo cual es evidente que los tribunales españoles y el propio gobierno español se pliegan, a pesar de que la doctrina Parot fue declarada constitucional en 2008 por el Tribunal Constitucional español.
Un elemental silogismo nos permite comprender que si se acepta el criterio del Tribunal europeo es por una decisión política evidentemente ligada al proceso de negociación con ETA. Máxime si tenemos en cuenta que el magistrado Luis López Guerra fue colocado por el PSOE en el Tribunal de Estrasburgo como miembro que representaba a España –entre los diecisiete magistrados que lo componen–, en el contexto de las negociaciones del gobierno de Zapatero con ETA, y para abogar precisamente por la supresión de la doctrina Parot (este magistrado fue el número 2 del Ministerio de Justicia con Zapatero y asimismo resultó elegido diputado para la Asamblea de Madrid, yendo en las listas del PSOE en las elecciones de 2003); si el miembro español del Tribunal –que el gobierno de Rajoy nunca recusó o cambió–, que es el más directamente implicado en la decisión, muestra esa postura, es evidente que los demás miembros tenderán a aceptar su opinión como la más cualificada (así se lo reconoció a Ángeles Pedraza, presidenta de la AVT, uno de los magistrados del Tribunal).
En pocos días, las víctimas del terrorismo han tenido que ver cómo al etarra Lasarte le concedían unos días libres para que se fuera de vacaciones al valle del Baztán; a la Audiencia Nacional no aplicando ya la doctrina Parot de modo digamos que preventivo en un caso que acaba de juzgar, y antes de que el Tribunal de Estrasburgo se pronunciara; a la Audiencia Nacional dictando sentencia en el caso Faisán y diciendo en ella que, puesto que la intención de los condenados no era colaborar con ETA, no se les puede juzgar por eso (es decir, juzgando intenciones); y asimismo, amputando las posibilidades de investigar las derivaciones políticas del chivatazo a ETA. Y en fin, ya han comenzado las excarcelaciones de etarras, empezando por la de Inés del Río (responsable de 24 asesinatos, por los que había sido condenada a 3.828 años de cárcel).
En resumen: estamos hablando de unos jueces y de un gobierno que está compuesto por canallas. Mañana domingo hay diversas concentraciones a favor de las víctimas del terrorismo y contra la anulación de la doctrina Parot. Rajoy enviará en representación del Gobierno a diversos cargos políticos. Deberían de ser echados a gorrazos.