El fascinante mundo de las oposiciones y la inutilidad de estudiar de memoria
Estudiar de memoria es algo muy aburrido. Memorizar una información para luego “soltarla” en un momento determinado del futuro cercano, es una tarea totalmente absurda. No tiene ningún sentido ni valor. Pero es así como se hace para evaluar el “conocimiento” de las personas, y es el método utilizado para hacer una criba entre los que optan a desempeñar un puesto en la función pública. Estudiar para una oposición es por tanto la tarea más absurda que uno pueda hacer. Memorizas textos legales, de los cuales la gran mayoría no tendrás que utilizar en el día a día del puesto al que optas. Ahí viene la mayor de las inutilidades, memorizar información que no es necesaria memorizar para desempeñar una labor. Pero así funcionan los procesos de selección en la función pública, porque se “supone” que son el método más efectivo para que el ciudadano acceda a esos puestos bajo los principios de mérito e igualdad.
Luego está lo que memorizas y de dónde sacas la información. Alrededor del mundo de las oposiciones se ha montado un gran tinglado de academias, editoriales y webs que te “enseñan” esa información. Los libros para estos procesos de selección, que básicamente contienen los textos legales actualizados, llegan a costar precios absurdos para lo que ofrecen. Hay casos en lo que te ofrecen son sencillos copia-pega, del texto legal a tu “libro encuadernado”. Lo digo por propia experiencia. Tengo un libro de hace 10 años, precio, 40 euros, con una encuadernación lamentable, y que ya está obsoleto, ya no me sirve para la misma oposición en la actualidad. ¡40 euros! Hay gente que se pasa años escribiendo un libro, que luego, con un poco de suerte, será publicado, que se pondrá a la venta por 21 o 22 euros, el precio habitual de las ediciones de tapa dura, y que sin embargo no verá recompensado su esfuerzo porque la editorial se llevará la mayor parte del dinero. Para que luego nos quejemos de los precios de los libros. 40 euros por un copia-pega que al cabo de unos años está obsoleto.
Llegado el momento de enfrentarte ante la “útil tarea” de memorizar textos legales, tienes la difícil labor de…, ¡memorizar esos textos legales! ¡Qué amenos! ¡Qué fáciles de entender! Imagina pues, memorizar párrafo a párrafo una información tan valiosa, para que en el día del examen te olvides de una palabra o una coma que cambie el sentido de la misma, y que al verla escrita con distintas variaciones, cuatro en total -las preguntas tipo test-, dudes entre todas, y que al final falles la pregunta, y que con eso ya tengas menos opciones de superar a los demás. Así funciona una oposición.
Todo este desahogo viene a algo obvio, y es que estoy preparando una oposición, por mi cuenta, eso sí. No es la primera y por desgracia no será la última vez que lo haga. Es una tarea muy aburrida en el que siempre me he preguntado por qué es así y no de otra manera. No quiero un trabajo de por vida en la función pública. Quiero una oportunidad, como todo el mundo. Preferiría que se me valorase por mi experiencia laboral y mi formación. Me parecería más justo pero claro, no sería el sistema más objetivo e imparcial, o tal vez sí, pero vivimos en una sociedad de pícaros, también llamados españoles. Estos procesos selectivos que duran meses, incluso por encima del año, desde la convocatoria hasta el nombramiento oficial de los funcionarios, son costosos, en tiempo y en dinero. Como decía, preferiría que la valoración se realizara mediante una selección de currículum, entrevista y tiempo de prácticas en el puesto a desempeñar. Me encantaría que alguien me dijera que mi currículum no se ajusta al perfil buscado o que alguien tiene más y mejor experiencia y formación para el puesto. Solo así podría dedicarme, por ejemplo, a mejorar mi formación, para que en la próxima ocasión tuviera algo más de oportunidades. Una formación que no solo me valdría para optar a este puesto si no que me serviría para ampliar conocimientos y aptitudes para el mundo laboral. Pero no, no es así. Me he llegado a preguntar cómo se accede a la función pública en otros países, encontrándome con artículos tan interesantes como este de eldiario.es, o este otro de libremercado.com. No todos los países de Europa siguen nuestro proceso selectivo. Ni siquiera todos tienen la figura del “funcionario de carrera”. Hay algunos como Polonia que tienen hasta una Escuela Nacional de la Administración Pública.
En general creo que la persona que aprueba una oposición es una persona que demuestra ciertas aptitudes, aunque no por ello es la mejor candidata a cubrir el puesto ofertado. Es el tiempo y la práctica lo que te dan ese valor, en mi opinión, pero claro, primero tienes que “aprobar” un examen de “memorización” de información. Y no me quejo tanto como parece, porque hay casos que me parecen más absurdos todavía. Imagina estudiar una carrera como Enfermería o Educación (Primaria o Infantil), y que para acceder a un puesto de trabajo público tengas que volver a aprobar uno o varios exámenes más. Es como si alguien te dijera, “veo que tienes el permiso de conducir, pero voy a examinarte de nuevo de lo mismo para cerciorarme que sabes conducir el vehículo que te vamos a asignar en este puesto de trabajo”.
Finalmente debo decir algo que se sabe, pero que es indignante. En nuestro país uno puede llegar a ser representante de los ciudadanos como derecho constitucional que es. Puede desempeñar una labor pública tan seria y complicada como esa, cobrando un sueldo ajustado a su responsabilidad, y sin embargo, no tiene por qué demostrar ciertos conocimientos, como los artículos fundamentales de la Constitución, la ley del procedimiento administrativo o incluso ofimática. Para ser auxiliar administrativo o administrativo en la función pública, un puesto retribuido a su responsabilidad, poca, comparada con la de diputados o senadores, debes conocer la Constitución o la ley de procedimiento administrativo, entre otras, y debes demostrar que sabes usar programas de hojas de cálculo o de base de datos. ¿Sabrán sus señorías cómo funciona una hoja de cálculo?
En fin, después de este inútil desahogo toca volver a sumergirse en el interesante mundo de…LA REVISIÓN DE LOS ACTOS EN VÍA ADMINISTRATIVA, Título V de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
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