Revista Opinión

El fin de las sociedades profesionales

Publicado el 23 junio 2016 por Elblogderamon @ramoncerda

Hace algo más de un año ya advertí que Hacienda no pararía hasta acabar con las sociedades profesionales, así empezaba mi artículo de entonces: «Cada vez es más evidente que a Hacienda no le gustan las sociedades profesionales porque sus socios pueden acabar tributando en el Impuesto de Sociedades en vez de en el IRPF. Le disgustan especialmente aquellas sociedades en las que un solo profesional ofrece sus servicios a través de la SL y ya han atacado a tertulianos, presentadores, cantantes y otros colectivos, obligándolos a regularizar su situación fiscal».

La última vuelta de tuerca del Tribunal Económico Administrativo Central será el fin de las sociedades profesionales

#El fin de las sociedades profesionales

El fin de las sociedades profesionales. El Tribunal le da alas a Hacienda

Esta vez ha sido el Tribunal Económico Administrativo Central el que ha considerado que cuando una persona física presta sus servicios a través de una sociedad, deberá imputarse TODO EL BENEFICIO obtenido por la sociedad en su renta. Personalmente me parece una atrocidad y es darle alas a las pretensiones exageradas de Hacienda.

No se conforman con que se imputen el 80%, que ya era una exageración, sino que quieren que el 100% del beneficio de la sociedad sea declarado en el IRPF. El recurso lo había presentado la AEAT y el tribunal le ha hecho la ola (una vergüenza).

Esta resolución es vinculante para la unificación de criterio de los TEAR y para la Administración tributaria.

La sentencia abre las puertas para que Hacienda pueda entrar a saco en inspecciones de personas físicas profesionales que ejerzan a través de sociedades para calcularles la paralela en base a la imputación de la totalidad de los beneficios de la sociedad. El único matiz: que el servicio que presta el profesional a la empresa y el que esta ofrece al cliente sean sustancialmente equivalentes.

Pero ya sabemos lo que pasa con Hacienda, y más si puede enarbolar una sentencia de este tipo; que lo normal es que no se parará en matices e intentará que cualquier profesional que facture a través de una empresa se retrate al 100% en su renta, y mucho habrá que discutir y justificar en los casos en los que las sociedades aporten un valor añadido que pueda variar este porcentaje. En teoría es Hacienda quien deberá justificar que se trata de casos como el de la sentencia, pero insisto, no creo que vayan a tener ningún miramiento. Así que los profesionales deberán estar preparados para aportar cuantas pruebas sean posibles de que la sociedad es un valor añadido que justifica su existencia.

Personalmente creo que el tribunal ha dado un paso atrás en los derechos de opción fiscal del contribuyente.

No tengo más datos de la resolución. Solo puedo decir que es muy reciente.

Ramón Cerdá


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