El mercado inmobiliario se ha ido recobrando de forma paulatina. Por ejemplo, el INE publicó que para diciembre de 2021, las compraventas de viviendas alcanzaron 72.023 transacciones.
Ante la reactivación de este sector financiero, muchos se han animado a vender inmuebles. Si es tu caso, debes tener presente qué diferencias existen al formalizar una escritura pública de venta o un contrato privado cuando se transmite un bien inmueble.
Contenidos
- 1 Escritura pública y contrato privado: Diferencias en la compraventa de inmuebles
- 1.1 Aspectos formales de los documentos de compraventa de inmuebles
- 1.2 Diferencias en los efectos legales
- 1.3 Artículos sobre Marketing y Tecnología Inmobiliaria
Escritura pública y contrato privado: Diferencias en la compraventa de inmuebles
En España existe plena libertad para decidir qué tipo de contrato realizar al hacer una compraventa de inmueble. Sea que se elija hacer una escritura pública o redactar un contrato privado, ambos documentos suponen un poder vinculante para el comprador y propietario del inmueble.
Entonces, ¿cuál es la Diferencia entre contrato y escritura pública? ¿Cuál priorizar?
desalvador es un despacho de abogados con especialidad en derecho inmobiliario, que se ha caracterizado por divulgar información de valor en asuntos jurídicos-mobiliarios.
Conoce qué opinan ellos sobre el contraste que existe entre una escritura pública de compraventa de inmuebles y un contrato privado:
Aspectos formales de los documentos de compraventa de inmuebles
Las diferencias entre estos dos documentos legales se dan desde la elaboración de los mismos y quienes se ven involucrados en el traspaso de propiedad.
Cuando vendes un inmueble y firmas un contrato privado, solo se requiere la firma del comprador y el propietario.
Ahora bien, es recomendable que este documento se firme con previa asesoría de un abogado especializado. Por otro lado, para el otorgamiento de una escritura pública es imprescindible la intervención del notario, que es precisamente el profesional jurídico encargado de dar fe pública al documento.
Las especificaciones de la realización de un contrato privado son más flexibles que las establecidas para una escritura pública.
En el primer caso, puede hacerse en cualquier soporte, incluso formato electrónico, mientras que la escritura pública amerita el uso de papel timbrado notarial al momento de las firmas.
Cuando se firma una escritura pública, únicamente se firma un documento y en la última página. Por su parte, los contratos privados se pueden firmar en todas las hojas y se pueden hacer todas las copias que las partes involucradas en la compraventa requieran.
En el caso de las escrituras públicas, el documento original queda registrado en notaría y se facilita a las partes una copia simple o autorizada, según necesidad.
Diferencias en los efectos legales
En cuanto a los efectos legales de ambos documentos también hay diferencias notorias que favorecen a uno sobre otro.
Los contratos privados no son documentos con fuerza probatoria, mientras que los datos que contempla la escritura pública se consideran veraces y, por tanto, para efectos de ejecutoriedad tienen mayor validez.
Por otro lado, los contratos privados no pueden inscribirse en el Registro de Propiedad, algo que sí es posible cuando se decide optar por una escritura pública.
Con una escritura pública se puede ejecutar acciones en cualquier Tribunal, mientras que un documento contractual privado requiere la comprobación de la veracidad de la información, a través de un proceso declarativo.
Un contrato privado no tiene poder para transmitir una propiedad inmobiliaria sin la entrega del bien material. En cambio, la escritura pública tiene la virtud de sustituir la entrega material de la vivienda, permitiendo la transmisión de la propiedad sin entregar el inmueble.
A pesar de estas diferencias, es importante recordar que el documento privado es vinculante para ambas partes, por lo que habrá que cumplirlo obligatoriamente.
Por ello, es siempre aconsejable haber acudido previamente a un abogado especializado que revise la situación jurídica del inmueble y prepare un contrato adaptado a las características del inmueble.
De no hacerse así, podemos vernos en situaciones comprometidas, como que denieguen la hipoteca por ilegalidades en el inmueble, o nos veamos obligados a comprar algo que no es lo que creíamos.
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