Revista Salud y Bienestar
A fin de conseguir la igualdad de trato entre hombres y mujeres, el Tribunal de Justicia Europeo ha prohibido definitivamente que, a partir de diciembre de 2012, las empresas aseguradoras utilicen el criterio del sexo en el cálculo del precio de las primas. Se da el caso, en la actualidad, de que una mujer, por serlo, puede optar a un seguro de coche más barato. Por el contrario, los hombres salen beneficiados si se trata de una renta vitalicia.
El artículo de la directiva anulado por el tribunal es el 5.2, en el que se establece una excepción a la igualdad de trato: permite diferenciar por sexos cuando este "constituya un factor determinante de la evaluación de riesgo a partir de datos actuariales y estadísticos pertinentes y exactos". La consideración del sexo como criterio para el precio de las primas está muy extendida en el sector, por eso la excepción se entendía como una medida transitoria para la que se concedía un plazo de cinco años desde diciembre de 2007.
La directiva sería revisada pasado ese periodo. Pero el Tribunal entiende que los Estados podrían autorizar esta excepción sin límite de tiempo porque la directiva no regula la duración de esas diferencias. Ante ese riesgo, "contrario a la consecución del objetivo de igualdad de trato entre mujeres y hombres", el tribunal ha determinado establecer por sentencia el plazo en que ha de expirar la excepción detallada en la directiva.
"Nosotros no discriminamos, simplemente diferenciamos; ajustamos el precio al consumo a partir de un cálculo de probabilidad de riesgo", dice un portavoz de la patronal de aseguradoras, Unespa. Y los explica con los dos ejemplos anteriores. "Si se trata de un seguro de coches, de entrada no conocemos a un nuevo conductor, no sabemos si, recién sacado el carné, conducirá mejor o peor, así que nos basamos en las estadísticas, que indican que ellas tienen menos siniestralidad". Con el tiempo, "cuando ya se conoce al conductor", se bonificará o penalizará su conducta al volante, de manera individualizada, sea hombre o mujer.
En el contrato de una renta vitalicia el riesgo está en la longevidad y los cálculos se basan en la esperanza de vida. A las aseguradoras les salen más caras las mujeres, porque viven más años y tendrían que pagarles más tiempo, por eso las penalizan con una cuota más alta. "Eso es diferenciar, no discriminar", insiste el portavoz de Unespa.
El catedrático en Derecho Constitucional Marc Carrillo, opina, como la sentencia emitida, que se trata de un caso de discriminación. "Constituye una discriminación cuando dos personas se encuentran ante una situación de hecho igual y reciben un tratamiento jurídico diferente. El principio de igualdad indica que a situación de hecho igual el tratamiento jurídico ha de ser igual". Entiende Carrillo que una mujer y un hombre cuando conducen están en una situación de hecho igual. Por tanto, cree ajustada la sentencia del Tribunal europeo.
Las aseguradoras, en todo caso, manifiestan que acatarán la nueva directiva, que entrará en vigor en 2013. Y recuerdan que, hasta ahora, simplemente aplicaban la que había. "Se asegura a la gente en función de unas tablas de probabilidad de riesgo que elaboramos nosotros, pero que autorizaba el supervisor", es decir, la Dirección General de Seguros, del Ministerio de Economía.
"Ahora tendremos que hacer unas tablas unisex y adaptar la normativa. La mala noticia es para el consumidor", entienden en la patronal de seguros.
Las asociaciones de consumidores ven en esta última frase una "amenaza velada a la justicia de la UE que puede, además ser susceptible de dos nuevos ilícitos", empieza el responsable de los servicios jurídicos de Ceaccu, Eugenio Ribón. "Cuando una patronal avisa de forma conjunta de una subida de precios se trata de una conducta colusoria contraria a la defensa de la competencia. Además, ya hay países que han echado abajo esta discriminación y actúan en sana competencia", dice Ribón.
En segundo lugar, cree que "un redondeo al alza para compensar pérdidas", que es lo que Ceaccu lee entre líneas, "es una práctica desleal con los consumidores, contraria a la ley de competencia desleal y a la ley general en defensa de consumidores y usuarios".
La patronal europea, CEA, a través de su directora general, Michaela Koller, aseguró que cuidarán de que "el impacto para el consumidor sea el mínimo posible". Pero añadió: "A pesar de ello, el efecto en el precio, los beneficios y la oferta de productos aseguradores para los consumidores puede ser significativo".
Así pues, parece que la polémica puede no acabar en el "acataremos la sentencia" que ha manifestado la patronal española, porque las asociaciones de consumidores estarán atentos a lo que ocurra con los precios. Fue una asociación de consumidores belga, Test-Achats ASBL, y dos particulares los que interpusieron ante el Tribunal Constitucional de su país un recurso para anular la transposición en Bélgica de esta directiva. Y este tribunal solicitó al europeo que se pronunciara sobre la excepción prevista en la norma.
La vicepresidenta de la Comisión Europea, Viviane Reding, saludó la decisión del tribunal. Opina que es "un gran momento para la igualdad de sexos en la UE". Reding no cree que sea una mala noticia para los consumidores, sino para las aseguradoras, que pueden verse afectadas, dijo. A pesar de ello les pide que sigan el ejemplo de los países que ya han eliminado ese factor de discriminación, según su datos, Bélgica, Bulgaria, Chipre, Estonia, Letonia, Lituania, Países Bajos y Eslovenia, que aplican primas unisex en los seguros de coches.
En los seguros de coches las mujeres obtienen un beneficio, de entrada, porque sus estadísticas al volante son mucho mejores que las de los hombres. El eurodiputado británico Sajjad Karim ha afirmado sobre la polémica: "Es un hecho que los hombres jóvenes tienen más accidentes que las mujeres, es una realidad estadística y debería quedar reflejada en sus primas",
Ellos pueden modificar su conducción, sin embargo, las mujeres no pueden, ni tampoco querrían, cambiar su esperanza de vida, más alta que la masculina, por la que sus cuotas en un seguro de vida son más caras.
**Publicado en "El Pais"
El artículo de la directiva anulado por el tribunal es el 5.2, en el que se establece una excepción a la igualdad de trato: permite diferenciar por sexos cuando este "constituya un factor determinante de la evaluación de riesgo a partir de datos actuariales y estadísticos pertinentes y exactos". La consideración del sexo como criterio para el precio de las primas está muy extendida en el sector, por eso la excepción se entendía como una medida transitoria para la que se concedía un plazo de cinco años desde diciembre de 2007.
La directiva sería revisada pasado ese periodo. Pero el Tribunal entiende que los Estados podrían autorizar esta excepción sin límite de tiempo porque la directiva no regula la duración de esas diferencias. Ante ese riesgo, "contrario a la consecución del objetivo de igualdad de trato entre mujeres y hombres", el tribunal ha determinado establecer por sentencia el plazo en que ha de expirar la excepción detallada en la directiva.
"Nosotros no discriminamos, simplemente diferenciamos; ajustamos el precio al consumo a partir de un cálculo de probabilidad de riesgo", dice un portavoz de la patronal de aseguradoras, Unespa. Y los explica con los dos ejemplos anteriores. "Si se trata de un seguro de coches, de entrada no conocemos a un nuevo conductor, no sabemos si, recién sacado el carné, conducirá mejor o peor, así que nos basamos en las estadísticas, que indican que ellas tienen menos siniestralidad". Con el tiempo, "cuando ya se conoce al conductor", se bonificará o penalizará su conducta al volante, de manera individualizada, sea hombre o mujer.
En el contrato de una renta vitalicia el riesgo está en la longevidad y los cálculos se basan en la esperanza de vida. A las aseguradoras les salen más caras las mujeres, porque viven más años y tendrían que pagarles más tiempo, por eso las penalizan con una cuota más alta. "Eso es diferenciar, no discriminar", insiste el portavoz de Unespa.
El catedrático en Derecho Constitucional Marc Carrillo, opina, como la sentencia emitida, que se trata de un caso de discriminación. "Constituye una discriminación cuando dos personas se encuentran ante una situación de hecho igual y reciben un tratamiento jurídico diferente. El principio de igualdad indica que a situación de hecho igual el tratamiento jurídico ha de ser igual". Entiende Carrillo que una mujer y un hombre cuando conducen están en una situación de hecho igual. Por tanto, cree ajustada la sentencia del Tribunal europeo.
Las aseguradoras, en todo caso, manifiestan que acatarán la nueva directiva, que entrará en vigor en 2013. Y recuerdan que, hasta ahora, simplemente aplicaban la que había. "Se asegura a la gente en función de unas tablas de probabilidad de riesgo que elaboramos nosotros, pero que autorizaba el supervisor", es decir, la Dirección General de Seguros, del Ministerio de Economía.
"Ahora tendremos que hacer unas tablas unisex y adaptar la normativa. La mala noticia es para el consumidor", entienden en la patronal de seguros.
Las asociaciones de consumidores ven en esta última frase una "amenaza velada a la justicia de la UE que puede, además ser susceptible de dos nuevos ilícitos", empieza el responsable de los servicios jurídicos de Ceaccu, Eugenio Ribón. "Cuando una patronal avisa de forma conjunta de una subida de precios se trata de una conducta colusoria contraria a la defensa de la competencia. Además, ya hay países que han echado abajo esta discriminación y actúan en sana competencia", dice Ribón.
En segundo lugar, cree que "un redondeo al alza para compensar pérdidas", que es lo que Ceaccu lee entre líneas, "es una práctica desleal con los consumidores, contraria a la ley de competencia desleal y a la ley general en defensa de consumidores y usuarios".
La patronal europea, CEA, a través de su directora general, Michaela Koller, aseguró que cuidarán de que "el impacto para el consumidor sea el mínimo posible". Pero añadió: "A pesar de ello, el efecto en el precio, los beneficios y la oferta de productos aseguradores para los consumidores puede ser significativo".
Así pues, parece que la polémica puede no acabar en el "acataremos la sentencia" que ha manifestado la patronal española, porque las asociaciones de consumidores estarán atentos a lo que ocurra con los precios. Fue una asociación de consumidores belga, Test-Achats ASBL, y dos particulares los que interpusieron ante el Tribunal Constitucional de su país un recurso para anular la transposición en Bélgica de esta directiva. Y este tribunal solicitó al europeo que se pronunciara sobre la excepción prevista en la norma.
La vicepresidenta de la Comisión Europea, Viviane Reding, saludó la decisión del tribunal. Opina que es "un gran momento para la igualdad de sexos en la UE". Reding no cree que sea una mala noticia para los consumidores, sino para las aseguradoras, que pueden verse afectadas, dijo. A pesar de ello les pide que sigan el ejemplo de los países que ya han eliminado ese factor de discriminación, según su datos, Bélgica, Bulgaria, Chipre, Estonia, Letonia, Lituania, Países Bajos y Eslovenia, que aplican primas unisex en los seguros de coches.
En los seguros de coches las mujeres obtienen un beneficio, de entrada, porque sus estadísticas al volante son mucho mejores que las de los hombres. El eurodiputado británico Sajjad Karim ha afirmado sobre la polémica: "Es un hecho que los hombres jóvenes tienen más accidentes que las mujeres, es una realidad estadística y debería quedar reflejada en sus primas",
Ellos pueden modificar su conducción, sin embargo, las mujeres no pueden, ni tampoco querrían, cambiar su esperanza de vida, más alta que la masculina, por la que sus cuotas en un seguro de vida son más caras.
**Publicado en "El Pais"
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