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Esta llamativa sentencia condenatoria que publica hoy el DIARIO MÉDICO puede tener una repercusión inusitada en el funcionamientode los servicios de urgencias. Según refiere el diario, al paciente se le diagnostica un tumor broncogénico 20 meses después de haber consultado en urgencias por una hematuria. En esa consulta por hematuria se solicito una radiografía de tórax y el médico que la valoró no detectó un incipiente tumor y no solicitó que se informase por un radiólogo. Por este motivo , según refiere el diario, se les ha condenado a los dos. La revisión a posteriori de una prueba diagnostica que se pidió en urgencias es algo ahora sumamente fácil con la digitalización y archivo informáticode las imágenes. Cuando se pide en urgencias una prueba complementaria es para confirmar/ descartar una sospecha diagnóstica en función de la clínica del paciente. Es cierto que en ocasiones encontramos hallazgos casuales que poco tienen que ver con el motivo de consulta del paciente, perovalorar “ a toro pasado” como patológico una imagen que en su día pudo pasar desapercibida o no valorada por que la clínica del paciente enfocaba a otro sitio,a no ser que sea algo excesivamente llamativo,no es realista. Si además se pretende que todas las radiografías de tórax que se piden en urgencias sean informadas por un radiólogo, esto puede suponer un bloqueo de los servicios o una cantidad de radiólogos de guardia que el sistema está muy lejos de poder asumir. Es muy fácil, una vez que se sabe el diagnostico definitivo, decir... “ ...esto que parece se ve aquí está donde se ha desarrollado el tumor...” Si la práctica médica está ya lo suficientemente enfocada hacia lo defensivo, con la yatrogenia que supone, sentencias como está no ayudan a lo contrario. Eso, o hay algo en este caso concreto que se nos escapa. Pensemos que es esto último.