El 23 de abril de 2007, un policía nacional fue sancionado por la Guardia Civil por conducir sin el cinturón de seguridad cuando perseguía al dueño de un restaurante chino donde, según las investigaciones policiales, trabajaban compatriotas suyos en situación irregular y en condiciones de explotación laboral. La ley tiene tantos recovecos que, a veces, quienes la imponen o tienen el deber de hacérnosla cumplir, caen también en sus redes sin que prevalezca aquello de "quien hizo la ley, hizo la trampa". Y hasta se ve normal mientras no seamos nosotros los perseguidos o los explotados.Pero también hay recursos para todos los gustos.Un abogado de Vitoria recurrió una multa de tráfico que le impusieron en mayo de 2004, con el argumento de que los ertzainas "carecen de la condición de agentes de la autoridad", ya que contraviene la Ley de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado al no jurar la Constitución. La policía retiró el carnet al letrado cuando circulaba por la calle Portal de Lasarte de la capital alavesa, por no llevar puesto el cinturón de seguridad. Además le impuso una sanción de cien euros porque su coche no había pasado la ITV.La reacción del abogado carece de precedentes. En un recurso presentado el 25 de febrero ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Vitoria, argumenta que jurar o prometer la Constitución es un «requisito esencial» para convertirse en agente de la autoridad. Puesto que los ertzainas no lo cumplen, considera que sus intervenciones son «ilegales y nulas de todo derecho» y solicita la nulidad de la sanción y el pago de costas por la Dirección de Tráfico del Gobierno Vasco.
FuentesAGENCIASVasco Press