En el momento en que se pasa a estar en situación de desempleo, esto se convierte en una preocupación más para aquellos ciudadanos que están buscando una oportunidad profesional.
En muchas ocasiones, los usuarios del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) no tiene más ingresos que la prestación por desempleo y mantenerla se vuelve una de sus más importantes obligaciones.
Los requisitos para cobrar el paro
Además de estar sin empleo, para poder cobrar la prestación por desempleo o un subsidio, es imprescindible acreditar una serie de requisitos. En algunos casos, se debe mantener una regularidad y demostrar periódicamente que se cumple con lo necesario para percibir el subsidio. De no hacerlo, el beneficiario se arriesga a dejar de recibir el importe correspondiente.
En la lista de requisitos solicitados por el SEPE se encuentra uno de los más relevantes: la demanda de empleo. Además de presentarla para poder pedir el paro, hay que renovarla cada tres meses para seguir cobrando la paga, ya que de no ser así se pierde el derecho a la misma.
En qué consiste la tarjeta o demanda de empleo
La tarjeta de la demanda de empleo es un documento con el que el SEPE confirma que el trabajador está buscando trabajo de manera activa para solventar su situación y que no se limita a cobrar la prestación como primera o única opción.
A este proceso se le denomina popularmente como 'sellar' el paro y no hacerlo puede implicar desde la pérdida de la prestación, hasta sanciones.
Qué pasa si dejas de sellar el paro
Al dejar de sellar el paro, el beneficiario deja de cobrar la ayuda durante los meses que no se haya realizado su renovación, ya que no se considera que esté inscrito como demandante de empleo.
Además, el solicitante puede ser sancionado con una infracción leve por "no cumplir, salvo causa justificada, el requisito de mantener la inscripción como demandante de empleo, exigido para continuar percibiendo la prestación", según detalla el SEPE en su sede electrónica.
La sanción del SEPE por realizar una falta leve supone perder un mes la paga, y si se vuelve a realizar de nuevo la misma falta la sanción asciende a tres meses de pérdida del cobro.
Una tercera vez implica seis meses sin cobrar y una cuarta, supone perder del todo la prestación.