Revista Jurídico
El Tribunal Supremo, siguiendo la doctrina marcada hace ahora dos meses por la Justicia europea, ha establecido este miércoles la nulidad parcial de las hipotecas multidivisa por falta de transparencia en su suscripción. De esta forma, el Alto Tribunal sienta jurisprudencia, obligando a los bancos a desvincular los préstamos afectados de divisas distintas del euro.Las hipotecas multidivisa son un tipo de préstamo que se suscribe en euros, pero cuyo principal e intereses se abonan al banco en una moneda distinta, normalmente el franco suizo y el yen japonés, para aprovechar la diferencia de tipo de cambio y pagar cuotas más bajas. El «boom» de este tipo de crédito se produjo justo antes de la crisis, cuando el Euribor rondaba el 5%. Sin embargo, la depreciación de la moneda única y la caída del Euribor dispararon enormemente las cuotas que pagan los hipotecados bajo esta fórmula.El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ya dictaminó el pasado 20 de septiembre que este tipo de hipotecas deben ser consideradas abusivas si el cliente no fue informado correctamente de sus implicaciones. En esa línea, el Supremo considera que sobre las cláusulas que refieren el préstamo a otras divisas «existe un especial deber de transparencia» que no ha sido cumplido. El tribunal explica al respecto que esa falta de transparencia ha generado en los clientes un grave desequilibrio, «en contra de las exigencias de la buena fe», puesto que, al ignorar los graves riesgos que entrañaba la contratación del préstamo, «no pudieron comparar la oferta del préstamo hipotecario multidivisa con las de otros préstamos», lo que agravó su situación económica y jurídica.
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