Revista Empresa

El tribunal de Justicia de la UE rechaza propuesta de Panrico

Publicado el 12 octubre 2012 por Ferrecons

El tribunal de Justicia de la UE rechaza propuesta de PanricoEl Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha rechazado este miércoles la petición del grupo alimentario Bimbo de registrar ‘Bimbo Doughnuts‘ como marca denominativa comunitaria, al considerar que existe riesgo de confusión con la española ‘Doghnuts’ de Panrico.

El caso se remonta a mayo de 2006, cuando Bimbo solicitó la inscripción de su marca ‘Bimbo Doughnuts‘ ante la Oficina de Armonización del Mercado Interior (OAMI) para los productos de confitería y panadería, en particular rosquillas.

Panrico se opuso a tal registro por considerar que podría confundirse con su ‘Doghnuts’, también destinada a rosquillas, y la OAMI estimó la oposición del fabricante español.

Con su decisión de este miércoles, el TUE rechaza un recurso presentado por Bimbo contra la decisión de la Oficina de Armonización europea.

En su sentencia, el tribunal europeo explica que “debido a que las marcas en conflicto se refieren a productos idénticos y poseen una alta similitud fonética y visual, la OAMI no erró al considerar que había un riesgo de confusión entre ambas marcas”.

Con ello, desestima la alegación de Bimbo por la cual la palabra en disputa sería considerada por el consumidor como un término no distintivo o inventado, sino meramente descriptivo del producto en cuestión.

El TUE confirma el argumento de la OAMI por el que, incluso si la palabra “doughnuts” es el término genérico en inglés para un tipo de rosquilla, en español este vocablo no existe y el grado de familiaridad del público español con el inglés es bastante reducido, por lo que la marca sería considerada como “un término fantasioso o extranjero por la mayoría de los consumidores españoles”.

Así, la justicia europea considera que el público español no identificará la palabra “doughnuts” con la palabra “dónuts”, que sería su transcripción fonética en español.

El Tribunal tampoco da por buena la alegación de que la palabra ‘Bimbo’ ocupa una posición dominante en la marca ‘Bimbo Doughnuts‘ y que atraería la atención del consumidor, ya que identifica a una de las empresas del sector más conocidas en España.

El tribunal, al igual que OAMI, considera que el elemento “doughnuts” llamaría la atención del público español por ser desconocido en la lengua española, con lo que los consumidores que no hablen inglés no distinguirán que el signo se refiere a rosquillas producidas por Bimbo, sino que lo considerará en su conjunto como marca.

Fuente:  Europa Press


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