La sentencia, que aún no es firme, ha sido conseguida en el Juzgado Mercantil de Segovia por nuestro abogado colaborador Miguel. El fallo de la sentencia estima en su totalidad la demanda planteada, anulando la cláusula suelo, condenando a la restitución de cantidades y además condenando al pago de costas a Banco Popular:
"Declaro la nulidad de la cláusula limitativa a las variaciones del tipo de interésincluida en la Escritura de Préstamo con Garantía Hipotecaria concertada entre las partes.
2º.- Declaro la subsistencia del resto del contrato de préstamo hipotecario suscrito por el actor con la entidad demandada.
3º.- Condeno a la entidad demandada a la restitución de las cantidades percibidas entregadas por la aplicación de la limitación a las variaciones del tipo de interés, debiendo rembolsar la demandada a la actora hasta la fecha de la demanda el importe de SIETE MIL QUINIENTOS TRECE EUROS CON QUINCE CÉNTIMOS (7.513,15), más las cantidades que se devenguen hasta la cesación efectiva de la cláusula suelo; más el interés legal correspondiente desde el momento en que se materializo cada uno de los abonos, incrementados en dos puntos desde la fecha de la sentencia.
4°- Condeno al pago de las costas a la entidad financiera demandada."
Esta sentencia se une al centenar de sentencias favorables anulado la cláusula suelo conseguidas ya por nuestros abogados a través del servicio de demandas judiciales, manteniendo la estadística del 100% de anulaciones en todas las demandas ya resueltas.
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Aquí tenéis la sentencia completa: