Revista Sociedad

En Asturias se aprecia gran interés en conocer la nueva regulación del servicio doméstico

Publicado el 06 febrero 2012 por Hogaradas @hogaradas

Treinta ańos de espera y muchas incógnitas. Las empleadas del servicio doméstico viven un momento clave para su sector después de que el pasado día uno de enero entrara en vigor la normativa que equipara sus derechos a los del resto de trabajadores, aprobada en la recta final del mandato del gobierno anterior. Empleados y empleadores se esfuerzan ahora para conocer qué pasos hay que dar para regularizar su actividad.
La reivindicación histórica de un sector donde trabajan 700.000 personas en Espańa, más de 14.000 en Asturias, ya tiene una respuesta legal. Ponerla en marcha, sin embargo, será una tarea ardua. Se trata de integrar a estos trabajadores en el Régimen General de la Seguridad Social, lo que supondrá cambios importantes en sus relaciones laborales. Las empleadas tendrán derecho, entre otras cosas, un horario real, salario pactado, contrato y nóminas. Los cabezas de familia, por su parte, pasarán a tener la condición de empresarios con código de cuenta de cotización a la Seguridad Social y puesto de trabajo en su propia casa. żQué implica la nueva regulación?, żSe dispararán los costes?, Quién pagará la Seguridad Social?, żQuién tiene que hacer los trámites?
Desde el uno de enero, todo aquel que tenga un empleado de hogar en su casa debe darle de alta en la Seguridad Social y esa es su primera obligación. La nueva regulación (Ley sobre Actualización, Adecuación y Modernización del Sistema de la Seguridad Social y Real Decreto que regula la relación laboral de carácter especial del servicio del hogar familiar) trata de sentar las bases para la consideración del empleo en el hogar como un trabajo legal a todos los efectos, con derechos y obligaciones para empleador y contratado. Los trabajadores afectados, en un sector compuesto en un 94% por mujeres, estiman que la regularización será Ťcuestión de tiempoť y los empleadores que ya tienen a trabajadores dados de alta por el cabeza de familia o con cotizaciones propias cuentan ahora con un plazo hasta el próximo día uno de julio para regularizarlos.
Las oficinas de la Tesorería General de la Seguridad Social son estos días un hervidero de afectados que tratan de informarse sobre las nuevas normas. Buena prueba de que el asunto preocupa lo indica el hecho de que las visitas a las oficinas de la Tesorería de la Seguridad Social crecieron en un 26% durante los primeros días de enero y las llamadas telefónicas solicitando información se dispararon hasta el 67%.
El director provincial de la Tesorería, Alfredo Cerezo, destacó la importante actividad que están desarrollando estos días sus oficinas en el Principado y seńaló que Ťuno de los errores más comunes que se están cometiendo es creer que la prórroga es para todos los contratos y, sin embargo, solo están amparados por esta prórroga los que ya tenían el alta en el régimen especial.
El resto de los contratos que se hagan ahora deben cotizar desde el primer momentoť. Además de esta duda, el director provincial indicó también que la determinación de las bases de cotización, el prorrateo de las pagas extras y la aplicación de la reducción del 20% sobre las cuotas son alguna de las preguntas más comunes.
El cambio puesto en marcha ahora supone integrar a las empleadas de hogar en un sistema especial dentro del Régimen General de la Seguridad Social. En Asturias se calcula que la nueva regulación beneficiará a más de 14.000 trabajadores. De ellos únicamente 6.200 estaban dados de alta en el Régimen Especial de Empleados de Hogar a 31 de diciembre de 2011, por lo que se espera que a partir de ahora puedan aflorar hasta ocho mil cotizantes nuevos.
Entre las novedades a la hora de normalizar las relaciones laborales de este colectivo se encuentra el derecho a un contrato de trabajo por escrito, aunque no es obligatorio pero sí recomendable, según el Ministerio de Trabajo. El documento debe contener el número de horas de trabajo semanales, la retribución mensual y por hora trabajada, el tratamiento que se da a las horas presenciales y la pernoctación, así como la cuenta bancaria del empleador, a través de la cual la Tesorería de la Seguridad Social cobrará la cotización.
La nueva regulación prevé que la cotización a la Seguridad Social por los empleados de hogar se haga desde la primera hora trabajada, algo que no era preceptivo hasta este momento si no se sobrepasaban una serie de horas al mes. También supone un cambio importante el hecho de que pasará a ser una obligación del empleador pagar las cuotas a la Seguridad Social. Además se equipara la protección por incapacidad temporal con la del resto de los trabajadores y los empleados de hogar pasarán a tener derecho a percibir dos pagas extras.
Los trabajadores que ya figuran en el régimen especial de Empleados de Hogar en Asturias pasaron a cotizar desde el día uno en el nuevo apartado específico del régimen general y los empleadores deben ahora regularizar la situación. La integración implica también que estos trabajadores cobrarán en metálico al menos el salario mínimo (641,4 euros al mes) y que la jornada máxima semanal será de 40 horas.
La nueva normativa moderniza la relación laboral en un sector muy particular que hasta ahora se regía por una ley de 1985. También se cumple la sexta recomendación emanada del Pacto de Toledo, que en 1995 propuso la integración de los regímenes especiales de la Seguridad Social, entre ellos el agrario y el de empleados de hogar, eliminándolos de manera gradual hasta que queden sólo los trabajadores por cuenta ajena y por cuenta propia.
Acostumbrados durante ańos a un régimen de trabajo con muchas particularidades, la nueva ley va a requerir un importante cambio de mentalidad. Sin embargo, llega en un momento económico difícil y los responsables de ponerla en marcha creen que la tentación de seguir en el empleo sumergido será grande por las dos partes.
Para los empleadores se abre una realidad incómoda de trámites y papeleos, ya que se equipara al cabeza de familia a un empresario que debe proceder desde a la firma de un contrato con el empleado hasta a darle de alta en la Seguridad Social y elaborar las nóminas. Para el empleado, aflorar esos ingresos que ahora percibe dentro de la economía sumergida puede traerle consecuencias en la pérdida de ayudas o subvenciones. Sin olvidar el problema de la carga del sobrecoste por la cotización, que es aproximadamente un 18% del salario percibido.
La ley, sin embargo, era muy necesaria y todos los agentes sociales la seńalan como una oportunidad para dar un salario justo y buenas condiciones de trabajo a muchas personas, así como que permitirá legalizar un dinero de economía sumergida. Sobre todo quien gana es la empleada, que pasará a tener una relación más estable, podrá acogerse a las bajas por enfermedad, una nómina y podrá tener calendario de vacaciones.
El sector remunera actualmente a sus trabajadores con entre 8 y 10 euros a la hora y los sindicatos temen que ahora los empleadores repercutan en los salarios las cotizaciones que están obligados a realizar a la Seguridad Social.


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