Revista Sociedad

En Castilla-La Mancha se calcula que más de la mitad del trabajo doméstico es empleo sumergido

Publicado el 17 junio 2011 por Hogaradas @hogaradas

En Castilla-La Mancha se calcula que más de la mitad del trabajo doméstico es empleo sumergido

La aprobación por parte del Plenario de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) del convenio para el servicio doméstico permitirá sacar a flote gran parte del trabajo sumergido que desempeńan las empleadas y empleados del hogar.
Así lo ratifica la responsable del departamento de Mujer del sindicato Comisiones Obreras en Castilla-La Mancha, Kirsten Latrich, que lleva reivindicando esta medida desde su sindicato y ahora aplaude que se haya dado un paso en firme. En los mismos términos se pronunciaba el secretario de organización de Ugt, Alberto Sánchez.
Los últimos datos que se barajan apuntan a que en Castilla-La Mancha de unas tasas de empleo de más de 700.000 afiliados a la Seguridad Social, sólo 7.300 trabajadores del servicio doméstico están dados de alta, lo que representa un porcentaje del 1,8%.
Sólo en el conjunto de esta comunidad autónoma se calcula que más de la mitad del trabajo doméstico que se realiza es empleo sumergido, con lo que eso significa en relación a la pérdida de ingresos económicos que percibe el Estado por la falta de cotizaciones a la Seguridad Social, y la precariedad laboral de sus trabajadores, en su mayor parte mujeres.
Desde los sindicatos, Kirsten Latrich matiza no obstante que seguirán vigilantes en el sentido de que a pesar de que la OIT afecta al marco internacional, sin embargo no dispone de mecanismos de coacción para que se cumpla lo estipulado.
Así el nuevo convenio estipula que los trabajadores deberán ser informados sobre sus condiciones de empleo de forma adecuada, verificable y comprensible y cuando sea posible con contratos por escrito en conformidad con las leyes, incluyendo nombre y apellido del empleador y empleado y dirección del lugar, fecha de inicio de las tareas y su duración, tipo de trabajo, remuneración, método de cálculo y periodicidad de pago.
También deberá especificar horas de trabajo, vacaciones anuales pagadas, periodos de descanso diario y semanales y suministro de alimentos y alojamiento y tiempo de prueba cuando corresponda, al igual que condiciones de terminación de trabajo o preaviso.
El convenio también determina que los salarios se abonarán en efectivo y como mínimo de forma mensual, a excepción de que la legislación nacional disponga lo contrario. Y si hubiera acuerdo, podrá pagarse de manera limitada una parte del haber en especie.
El convenio garantiza igualmente un entorno laboral seguro y saludable así como condiciones de protección social, inclusive sobre la maternidad.
Para proteger al personal contra las prácticas abusivas, todo país deberá determinar las condiciones de funcionamiento de las agencias de empleo privadas y asegurar un mecanismo para investigar las quejas, presuntos abusos y prácticas fraudulentas que pudieran llevar a cabo estas agencias, enn perjuicio de las cuales habrá sanciones.
Propone medidas de igual modo para asegurar que los honorarios de las privadas no se descuenten a los empleados, según la OIT.

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