Revista Sociedad

En Euskadi el trabajo doméstico ocupa a unas 89.500 personas

Publicado el 06 enero 2012 por Hogaradas @hogaradas

El ańo 2012 se ha estrenado con un cambio sustancial en las condiciones laborales de las trabajadoras de hogar, que desde el pasado domingo han pasado a estar integradas en el Régimen General de la Seguridad Social. Este cambio supone una mejora en sus condiciones laborales y retributivas y con él se dan unos pasos imprescindibles para que este trabajo deje de estar abonado a la precariedad.

La nueva normativa aplicable al sector del trabajo doméstico, en el que la inmensa mayoría de los trabajadores son mujeres, incluye mejoras en el salario, que no debe estar por debajo del Salario Mínimo Interprofesional, con dos pagas extra; establece los periodos de descanso; así como da derecho a cobrar la prestación por enfermedad, pero en cambio no la de desempleo.

El cambio es relevante porque afecta a muchas personas. Se calcula que en el Estado espańol hay actualmente unas 730.000 trabajadoras de hogar, 300.000 están afiliadas a la Seguridad Social por esta actividad y se prevé que con la nueva normativa afloren unos 150.000 empleos que hoy en día están sin dar de alta.

Según los cálculos del Gobierno Vasco, en Euskadi el trabajo doméstico ocupa aproximadamente a unas 89.500 personas, de las que casi 72.000 no están dadas de alta en la Seguridad Social. Según los datos de ATH-ELE, a noviembre de 2011 en la Comunidad Autónoma Vasca había 15.895 trabajadoras de hogar afiliadas en el Régimen Especial, de las que 8.773 eran extranjeras. En Navarra los afiliados ascendían a 4.743 y más de la mitad -2.938- eran extranjeros.

En términos generales, la integración de las empleadas de hogar en el Régimen General de la Seguridad Social permitirá a estas trabajadoras disponer de derechos laborales normales y básicos en cualquier sector, tales como contar con un contrato de trabajo por escrito o tener regularizadas las horas de presencia y extraordinarias, las vacaciones, los descansos entre jornadas o los permisos retribuidos. Sin embargo, el decreto aprobado a mediados de este ańo por el Gobierno espańol no posibilita la asimilación total con los trabajadores tutelados por el Estatuto de los Trabajadores y, en opinión de la asociación vasca de trabajadoras de hogar generará problemas en la población inmigrante que se dedica tanto a tareas domésticas como al cuidado de personas dependientes y menores.

En este sentido, una representante de esta asociación explica a este diario que actualmente muchas personas extranjeras irregulares que trabajan en tareas domésticas y cuidado de personas recurren a darse de alta en la Seguridad Social como medio de regularización y de renovación de permiso. De esta forma, esa posibilidad va a quedar suprimida por lo que desde la asociación afirman que la reforma laboral que afecta a su sector "queda coja" si no lleva aparejado un retoque en la Ley de Extranjería.

Las principales novedades derivadas de que a partir del 1 de enero de 2012 el Régimen de Empleados de Hogar haya quedado integrado en el Régimen General de la Seguridad Social se refieren básicamente a la cotización, que se fija en función de las retribuciones percibidas en lugar de por el número de horas trabajadas en las casas, como ocurría hasta ahora.

Se establecen quince tramos de cotización a la Seguridad Social en función de la retribución, y se irán actualizando durante un periodo transitorio hasta 2019, fecha en la que está previsto que la base de cotización sea la misma que la de cualquier trabajador del Régimen General. Así, en el ańo 2012 el empleador va a pagar de Seguridad Social el 22% de la base de cotización, pero va a ir subiendo de forma progresiva hasta 2019 para llegar al 28,3%, que es el porcentaje establecido en el Régimen General. Los trabajadores se verán beneficiados así a la hora de tener luego derecho a unas prestaciones mayores.

También desde el pasado 1 de enero se ha empezado a cotizar por contingencias profesionales (accidente de trabajo), que hasta ahora no existía, y las trabajadoras van a tener derecho a prestaciones. La cotización será del 1,10% y a cargo exclusivo del empleador, igual que en el Régimen General. Lo que no hay de momento es cotización por desempleo y, por tanto, tampoco prestación.

 Desde el 1 de enero de 2012 hay7 un plazo de seis meses, hasta el 30 de junio, en el que van a coexistir los dos sistemas, el Régimen Especial y el General. Las nuevas contrataciones a partir del 1 de enero entrarán directamente al Régimen General, pero en los demás casos deberá ir el empleador a la Seguridad Social a presentar su declaración y actualizar los datos para cambiarse de régimen.

Quien no lo haya hecho, el próximo 30 de junio pasará, de forma automática, al Régimen General pero se le aplicará el tramo de cotización más alto independientemente de cual sea la retribución que abone a su empleada de hogar.

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