Revista Educación
El colectivo enfermero no ha entendido el examen de oposición que el pasado 17 de junio reunía en el BEC a 9.648 aspirantes presentados para 705 plazas para el Ente Público Vasco Osakidetza. A la incredulidad se suma la desesperación, la angustia, la rabia. El Tribunal de Oposición encargado de la confección de las preguntas tipo test decidió alejarse de la realidad cotidiana de esta profesión para dar un peso exacerbado a la parte de legislación provocando unos resultados calamitosos, traducidos en el 70% de suspensos (únicamente han aprobado 2.977 personas, el 30,86% del total).
¿Quiere decir que la abrumadora mayoría que no ha superado la prueba no está cualificada?, ¿que los enfermeros y enfermeras del País Vasco se han enfrentado a una prueba donde los conocimientos de su profesión han quedado eclipsados por el reto de la cronicidad y decretos y leyes varias?, ¿Que los pacientes necesitan un repaso a la Ley de Ordenación de las Profesiones Sanitarias o a la Ley de Cohesión y Calidad en el Sistema Nacional de Salud?
Tras la fase de oposición llega el concurso. Y personas que llevan tantísimos años trabajando para Osakidetza se encuentra con un examen absurdo y que cierra puertas y envejece de golpe. 29 preguntas dedicadas a legislación han primado sobre prevención de salud, patologías y demás aspectos sanitarios propios de la profesión. Incomprensible. Y leo y releo el examen y no doy crédito. Entre las preguntas nos encontramos con el siguiente ejemplo: “Según la Ley 8/1997, indicar la respuesta correcta: a) en el ámbito de cada área de salud se podrá señalar la ordenación territorial superior que resulte necesaria en función de cada circunstancia territorial; b) en el ámbito de cada área de salud se podrá señalar la ordenación territorial superior que resulte necesaria para cada tipología de prestaciones o servicios sanitarios; c) en el ámbito de cada área de salud se podrá señalar la ordenación territorial geográfica que resulte necesaria para cada tipología de prestaciones o servicios sanitarios; d) en el ámbito de cada área de salud se podrá señalar la ordenación territorial inferior que resulte necesaria en función de cada circunstancia territorial”.
La criba ha sido brutal y muchos temen el orden de las nuevas listas de contratación temporal, que perjudicará a los suspendidos, independientemente de los años de trabajo y méritos complementarios que posean.
El suspenso para el Tribunal porque no ha hecho los deberes ni parece haberse molestado en ojear el temario y para los aspirantes la amarga decepción que deja una prueba injusta y arbitraria que de oportunidad de acceso a plaza fija se transforma en infierno particular, en otra nueva y probablemente más larga espera. En un punto muerto, en una falta de reconocimiento a la veteranía y profesionalidad, en un puesto bajo en las listas.
La lógica y los conocimientos específicos han quedado al margen, los contenidos han sido otros. El Derecho es fundamental en los temarios de ofertas de empleo público y la enfermería tenía varias “biblias” particulares, por ejemplo el Código de Deontología de Enfermería o la Ley reguladora de la Autonomía del Paciente. Son importantes pero no son el pilar del mundo sanitario donde la práctica lo es todo. Se puede llegar a entender que en las oposiciones existan ciertas preguntas rebuscadas y que la competencia es muy dura. Pero no hablamos de eso, cualquiera diría que se presentaban a unas oposiciones del Ministerio de Justicia. A la basura las horas de preparación, de elaboración de resúmenes, esquemas, memorización del material. La asistencia sanitaria es otra cosa y el Señor Bengoa debería haberlo valorado. No es de recibo este tipo de examen.
Mi apoyo a las miles de personas veteranas que se enfrentaron al examen de Osakidetza, tras años de servicio y trabajo. ¡Ánimo! Dedicado a mi hermana Raquel, enfermera, para que mire con optimismo a la próxima OPE y domine las patologías… y las leyes.