Ya conoces lo que es un escritor por encargo, a qué se dedica, qué tipo de textos escribe y cómo elabora un contrato de servicios. Y uno de los temas que más generó debate en los comentarios fue la propiedad intelectual. ¿A quién pertenece el texto?: a quien lo escribió o a quien pagó por él, al de la idea o a quien la llevó a cabo.
Sabemos que el escritor es un creador, pero cuando es por encargo, muy rara vez es el creador de la idea que fundamenta el texto. Es decir, es el cliente quien le dice que escriba un artículo sobre las ventajas de consumir alimentos orgánicos para prevenir el envejecimiento prematuro. Aunque también habrá alguno que se vaya a lo general y le pida cuatro artículos al mes sobre salud y nutrición para publicar en su blog.
¿De quién es la idea inicial? Obviamente es del cliente. Como profesional de la palabra (del diseño o de lo que sea), la ejecutas. Pero no puedes salirte ni desprenderte de esta idea, pues de lo contrario estarás haciendo un trabajo que no te encargaron.
Ahora bien, una cosa es la idea y otra la autoría. Si eres el escritor, tú eres el autor; y como ejecutor creativo de la idea, la desarrollas según tu originalidad. O más sencillo: si a ti y a mí nos encargan el mismo texto, lo escribiremos de distintas formas. Jamás se parecerán entre sí porque nos diferenciamos en la técnica y en el estilo de escritura.
Y sí, una cosa es que una persona pague por un trabajo y otra que también pague por la autoría, por los derechos en sí de la obra. ¡Pero esto se establece en el contrato!
Tienes que aprender a ponerle precio a tu trabajo y establecer en un contrato las reglas de juego, o de lo contrario, ¿cómo te podrás defender? El hecho de que una persona te dé las instrucciones específicas para hacer un escrito no significa que sea el autor, aunque si escriben en conjunto será el coautor.
Quiero dejar sumamente claro el hecho de que como escritor, así sea una obra por encargo, tienes todo el derecho a mantener la paternidad de la obra, es decir, a que sea reconocida como tuya, a que no se le ponga el nombre de otra persona e incluso a disponer de ella. Lo ideal es que busques lo que detalla la ley al respecto en tu país para que estés más seguro.
Sin embargo, hay ciertas particularidades a tener en cuenta. Por ejemplo, cuando trabajas para una institución, la obra creada pertenece a la misma. Y si eres contratado por una persona que de antemano te dice que le pondrá su nombre a la obra o que después de terminada será 100% suya, y no estás dispuesto a desprenderte de tu trabajo, no debes aceptar el servicio. De lo contrario, establece los acuerdos en un contrato, ¡y listo!
Moralmente tú siempre serás el autor de esa obra. Por más que quieras, no puedes renunciar a eso: es una realidad, te mataste escribiéndola. Pero puedes ceder la titularidad, vender tus derechos patrimoniales, y que hagan y deshagan con el texto como les dé la gana. ¡Eso es lo que tiende a hacer un escritor por encargo!
Recuerda: ante la duda, pregunta. Y si no estás seguro de querer ser un escritor por encargo, ni te metas en estos líos.