A día de hoy, los trabajadores y trabajadoras autónomos afiliados al Régimen General de Trabajadores Autónomos (RETA) pagan mensualmente una cuota a modo de contribución con la Seguridad Social. De esta forma, podrán obtener una pensión de jubilación en el futuro.
Para poder acceder a una pensión contributiva hay que tener al menos 15 años cotizados, en esta situación podremos acceder a la pensión mínima. Para que esta pensión sea del 50% una persona autónoma tiene que cotizar un mínimo de 20 años y para poder cobrar el 100% deberá haber cotizado 36 años.
Cuando un autónomo/a cumple los requisitos para acceder a una pensión en modalidad contributiva pero por su base y las características de la prestación, no la alcanza, se pueden aplicar los complementos, que son un 'plus' sobre la prestación que pueden percibir algunas personas cuando su pensión sea inferior a la mínima establecida cada año y, además, cumplan con una serie de requisitos.
El sistema actual permite a un autónomo cotizar entre una base mínima y una base máxima. A partir del 1 de junio de 2021, por acuerdo entre Gobierno y asociaciones de autónomos, las cuotas de autónomos se han visto modificadas quedando de la siguiente manera: la mínima en 289€ y la máxima en 1.245,45€.
Es importante que tengamos en cuenta que para calcular la pensión de jubilación de un autónomo no se tiene en cuenta toda su vida laboral. En 2022 se tendrán en cuenta los últimos 25 años.
Pensión inferior a la de un trabajador asalariado
La realidad es que la pensión mínima de jubilación de un autónomo en 2021 se encuentra por debajo de la de un trabajador o trabajadora asalariado. Al haber cotizado por la cuota mínima durante la vida laboral y tener solo 15 años cotizados, el importe de la pensión será mucho menor.
En este caso, el resultado será una pensión de aproximadamente 226€ al mes. Cifra que puede ascender hasta los 561€ en el caso de haber cotizado 25 años y 789€ si hemos cotizado 36 años.