El Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 ha actualizado la "Guía de Ayudas Sociales y Servicios para las Familias 2021". En esta guía se recogen las ayudas que existen en los ámbitos de seguridad social, empleo, fiscalidad, servicios sociales, educación, vivienda, entre otras.
Además, también incluye las modificaciones aprobadas en relación con los permisos por nacimiento y cuidado de menores. A fin de facilitar la conciliación y la corresponsabilidad tanto familiar como laboral. De la misma forma, también incluye información acerca de la implementación del Ingreso Mínimo Vital.
La guía contiene un directorio para saber dónde acudir dependiendo de la ayuda o servicio que necesitemos. Aún así, no debemos olvidar que siempre podemos conocer más información acerca de las ayudas a las que podemos tener acceso como familia acudiendo al punto de información más cercano que tengamos. Como puede ser: el Ayuntamiento, Servicios Sociales, Agencia Tributaria, Centro de Atención e Información de la Seguridad Social.
A continuación, vamos a hacer un breve recorrido por las diferentes prestaciones a las que podemos acceder:
Prestaciones económicas por nacimiento o adopción de hijos/as
Son ayudas que se conceden a las familias en los siguientes casos: por parto o adopción múltiple y/o por nacimiento o adopción en los supuestos de familias numerosas, monoparentales y de madres o padres con discapacidad igual o superior al 65%. Se hace un único pago por nacimiento o adopción.
Se concede por cada hijo o hija menor de 18 años de edad y afectado por una discapacidad en un grado igual o superior al 33% o mayor de dicha edad cuando el grado de discapacidad sea igual o superior al 65%.
El pago se efectúa cada seis meses: en enero y julio, excepto en el caso de asignaciones por hijo a cargo con discapacidad mayor de 18 años, en cuyo caso, se abonará mensualmente.
Es una prestación dirigida a prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social de las personas que viven solas o están integradas en una unidad de convivencia y carecen de recursos económicos básicos para cubrir sus necesidades básicas.
El pago se efectúa mensualmente y la prestación se mantendrá mientras subsistan los motivos que dieron lugar a su concesión además del cumplimiento de requisitos y obligaciones.
Permisos parentales y otros permisos o beneficios por razones familiares
Por nacimiento y cuidado del menor: es el período de descanso laboral que tiene todo trabajador, hombre o mujer, en los casos de nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento, sin perder sus derechos laborales.
En el caso de nacimiento, ambos progenitores pueden tener una suspensión laboral de hasta 16 semanas. En el caso de adoptante, guardador o acogedor, son 16 semanas ampliables en 2 semanas más por cada menor, a partir del segundo, si se trata de una adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento múltiple.
Riesgo por embarazo y lactancia natural
Es la situación que se produce cuando la trabajadora está expuesta en el desarrollo de su trabajo a agentes, procedimientos o condiciones de trabajo que puedan influir negativamente en la salud de ella misma, del feto o para el lactante, y así lo certifiquen los servicios médicos de la Seguridad Social o de las Mutuas.
En este caso, la empresa debe adaptar el puesto de trabajo a las necesidades de la trabajadora o si no es posible, se procederá a la suspensión del contrato de trabajo. Durante esa suspensión se tiene derecho a una prestación económica que consiste en un subsidio del 100% de su base reguladora durante todo el tiempo que dure la suspensión.
Permiso de ausencia o reducción de la jornada laboral
Para el cuidado del o la lactante: se puede pedir por nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento para el cuidado del o la lactante hasta que cumpla nueve meses. Pueden optar a este permiso tanto las mujeres como los hombres y además tienen derecho a decidir el horario y el periodo de disfrute del permiso o de la reducción de jornada. Pero es obligatorio avisar a la empresa 15 días antes de la fecha en que iniciará y finalizará el permiso de lactancia.
Por cuidado de menores y otros familiares en los siguientes supuestos
- La persona trabajadora tiene la guarda legal y el cuidado directo de un/a menor de doce años.
- Si la persona trabajadora tiene la guarda legal y el cuidado directo de una persona con discapacidad que no realice una actividad retribuida.
- La persona trabajadora tiene el cuidado directo de un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad (abuelos/as de ambos cónyuges, nietos/as, padre, madre, hermanos/as, cónyuge, hijos/as, cuñados/as, suegros/as) y que, por su edad, o por haber tenido un accidente o padecer una enfermedad no pueda valerse por sí mismo/a y no trabaje.
El trabajador/a tiene derecho a esta reducción de la jornada de trabajo, para el cuidado, durante la hospitalización y tratamiento continuado, del o la menor a su cargo afectado por cáncer o por cualquier otra enfermedad grave.
Siempre que implique un ingreso hospitalario de larga duración y requiera la necesidad de su cuidado directo, continuo y permanente, acreditado por el informe del Servicio Público de Salud u órgano administrativo sanitario de la comunidad Autónoma correspondiente y, como máximo, hasta que el menor cumpla los 18 años.
Es el permiso al que tiene derecho el trabajador o trabajadora durante un período de tiempo en el que cesa temporalmente su relación laboral sin perder su puesto de trabajo, pero durante el que no tiene pero sin derecho a seguir recibiendo el salario que venía cobrando.
En el caso de ser por cuidado de hijos/as o menores en régimen de acogimiento permanente o de guarda con fines de adopción, el trabajador/a tiene derecho a un máximo 3 años de excedencia.
En el caso de ser por cuidado directo un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, que por su edad, o por haber tenido un accidente o padecer una enfermedad o discapacidad no pueda valerse por sí mismo y no trabaje. El trabajador/a tiene derecho a un máximo de 2 años, salvo que por negociación colectiva se amplíe.
¿Hay alguna ayuda en materia de empleo?
La existencia de hijos/as a cargo influye en los topes máximos y mínimos de la prestación contributiva, al igual que en la duración de algunos subsidios
En el caso de haber agotado el paro y tener responsabilidades familiares se puede acceder al subsidio por desempleo con responsabilidades familiares. La cantidad económica que se recibe en este subsidio es de 451,92 euros de manera mensual, y tiene un tiempo máximo de 30 meses para poder cobrarlo. Este tiempo límite depende de una serie de factores.
¿Qué prestaciones y servicios del Sistema público de servicios sociales hay para familias?
Las siguientes prestaciones forman parte de los servicios sociales de atención primaria y existen en todo el territorio estatal, pero puede ser nombradas de diferentes maneras:
- Información y orientación a las familias.
- Ayuda a domicilio y apoyo a la unidad de convivencia.
- Alojamiento alternativo: en el caso que las familias lo necesiten pueden optar a una vivienda temporal, siempre y cuando no tengan hogar o tengas dificultades en su propia casa.
- Prevención e inclusión social: con esta prestación se trata de luchar contra la pobreza y evitar la exclusión que se puede producir, o lograr que la persona se vuelva a insertar en los distintos aspectos de su vida, personal, familiar, laboral y social.
¿Qué servicios hay para el cuidado de niños y niñas menores de 3 años?
Las distintas comunidades autónomas y corporaciones locales con el objetivo de hacer posible que los niños y niñas menores de tres años puedan acceder a una atención socioeducativa de calidad, así como favorecer que las familias puedan hacer compatible su trabajo con las responsabilidades y tareas familiares ponen a disposición de las familias los siguientes servicios:
- Escuelas infantiles: se trata de un programa educativo que se lleva a cabo de lunes a viernes, teniendo un horario prolongado. Todo ello con el objetivo de poder ayudar a las familias a poder compaginar el horario y la vida familiar.
- Casas de niños/as: esta ayuda consiste en un pequeño complemento de horario para las familias. Además, mantienen reuniones con las familias cada cierto tiempo para orientarlas sobre los problemas cotidianos en la educación y en la crianza de los niños y las niñas. El horario es menor al de las escuelas infantiles, pero también se realiza de lunes a viernes.
- Ludotecas: está dirigido al tiempo libre de los hijos/as. Este servicio ofrece a las familias diferentes juegos para utilizarlos con el fin de desarrollar las competencias educativas y fomentar el ocio entre los más pequeños.
- Apoyo educativo en el ámbito rural: en este tipo de servicio los profesionales son los que se acercan al entorno donde viven las familias, allí será donde les vayan orientando sistemática y periódicamente en las cuestiones que surjan sobre la educación de sus hijos e irán apoyando en todo aquello que sirva para ir preparando al niño al momento en que se tenga que incorporar a los centros de educación infantil.
- Centro de encuentro para niños/as y mayores: El objetivo principal es que las familias tengan un lugar de juego, relación y encuentro. Todo ello para fomentar la reinserción social y eliminar el riesgo de exclusión que se pueda dar.
- Apoyo directo a las familias: en este tipo de "escuelas", se ayuda a los padres a ampliar sus conocimientos sobre los recursos de los que hacer uso si tienen menores de tres años a su cargo.
¿Existen becas escolares?
El Ministerio de Educación y Formación Profesional ofrece una serie de becas dependiendo del nivel de estudios para subsanar gastos de matrícula, cambios de residencia y/o material escolar siempre y cuando se cumplan una serie de requisitos.
¿Y para poder disfrutar del ocio y el tiempo libre?
Los organismos y centros dependientes de la administración general del estado ofrecen actividades culturales, deportivas y de turismo pensadas para familias con niños/as. Que facilitan tanto el ocio y el esparcimiento compartido entre padres/madres e hijos/as como el acceso y disfrute de los bienes culturales para todas las edades. Suelen ser gratuitas o con una reducción de precio para familias. Puedes encontrar más información sobre este tipo de actividades en las oficinas de turismo o de juventud de cada localidad.
Sello de Turismo Familiar
Por último, es interesante también destacar el " Sello de Turismo Familiar " que ha implantado el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo. Cuando una familia se encuentre este distinto podrá estar segura de que es un lugar adecuado y orientado para ellos y ellas.
Este sello garantiza que el establecimiento está plenamente adaptado a sus necesidades en lo que se refiere a instalaciones, servicios, programa de actividades, etc. Todos estos lugares, además, tienen ofertas y promociones para familias con niños y niñas.