Revista Salud y Bienestar

Esto es lo qué ocurre si llegas a la jubilación cobrando la pensión de incapacidad permanente

Por Pedirayudas @Pedirayudas
Esto es lo qué ocurre si llegas a la jubilación cobrando la pensión de incapacidad permanente Estos son los años cotizados que necesitaremos en 2022 para cobrar el 100 % de la pensión de jubilación Así puedes solicitar la pensión de incapacidad permanente en 2021 Incapacidad Permanente ¿cotiza esta pensión a la Seguridad Social?

Esta es la pregunta que con más frecuencia se hacen las personas que están cercanas a la jubilación y están cobrando una pensión por incapacidad permanente.

En este artículo vamos a dar respuesta a esta pregunta y a ver si la jubilación es compatible con la incapacidad permanente. Así como te voy a explicar ambos conceptos por separado para que entiendas todo de una manera mejor.

Diferencia entre incapacidad permanente y jubilación

La incapacidad permanente es la situación en la cual se reconoce al trabajador que, tras un proceso de tratamiento y posterior alta médica, presenta anomalías que le impiden trabajar.

Por su parte, la jubilación es la situación en la cual la persona trabajadora deja de ser activa laboralmente y pasa a cobrar una prestación de la Seguridad Social por el servicio prestado durante los años de trabajo.

Incompatibilidad de pensiones en el mismo régimen

La jubilación y la incapacidad son conceptos distintos. Y es que las pensiones por incapacidad permanente pueden llegar a ser vitalicias.

Es importante que sepas que, cuando se llega a la edad de jubilación, no se pueden cobrar ambas prestaciones simultáneamente si provienen del mismo régimen de la Seguridad Social.

Es, por tanto, que se ha de optar por una de ellas cuando llegue el momento.

¿Y cómo lo puedes hacer? Pues rellenando un impreso en la Seguridad Social para solicitar la pensión que contenga la cuantía más favorable.

Por lo tanto, la jubilación y la incapacidad permanente son, en principio, incompatibles.

Compatibilidad de pensiones en distintos regímenes

Pues bien, si nos encontramos con regímenes distintos, sí podrían percibirse las dos mensualidades, teniéndose en cuenta la siguiente excepción:


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