Del Tribunal de Estrasburgo
Ningún Gobierno español quiso reparar esta situación, y “se ha dilatado, sin razón, años y años”, dice Mariano Blázquez (Ferede).
Hasta 1999 no se permitió a los ministros de culto evangélicos cotizar a la Seguridad Social. El clero católico diocesano cotiza sin embargo desde 1977 y además puede hacerlo retroactivamente por periodos anteriores a esta fecha para así poder alcanzar el derecho a obtener pensiones u otras prestaciones. A los ministros evangélicos no se les reconoce todavía ese derecho a cotizar ni computar los periodos anteriores a 1999, con lo que las pensiones de los que ejercieron su ministerio religioso en la época de la dictadura se ven perjudicadas. Tal es el caso del pastor Manzanas.
Manzanas tiene 85 años y recibe la noticia feliz, pero con un deje de desencanto que no puede disimular. Muy enfermo desde hace años, resiste a un cáncer peleón con un coraje que admira a sus muchos amigos y fieles. Prefiere dejar la responsabilidad de atender a EL PAÍS a su hijo David, de 56 años, también pastor de la Iglesia Evangélica Española (IEE). Dice : “Hoy es un día de alegría para mi familia, especialmente para mi padre. El Tribunal de Estrasburgo le ha dado la razón y sentencia que ha sido discriminado por el Estado español por razones de confesión religiosa", dice.
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