El primer Código civil se pone envigencia durante la presidencia del General Páez en el año de 1861, este Código tuvo su inspiraciónen el Código de Andrés Bello, así como también en las antiguas leyes españolasy en el Código francés.
El segundo Código Civil es el de 1867, éste resultó ser una copia del Código Civil del célebreEspañol García Goyena, el cual no se adaptaba a la realidad del país de aquellaépoca.
En 1871 se dictó un nuevoCódigo Civil, esta vez inspirado en el Código italiano del año 65, resultandoigualmente desadaptado producto de las diferencias entre la sociedad italiana yla venezolana, en especial en materias como la filiación natural, el registrocivil y la celebración del matrimonio. Posteriormente, en 1880 se dictó un Código Civil que presentaba reformas nadatrascendentales. En 1896, el CódigoCivil sufrió nuevas reformas, presentando nuevas disposiciones sobre el Derechode Familia, facilitando la celebración del matrimonio, y al acoger algunosprincipios admitidos por la doctrina y jurisprudencia franco-italiana, seadaptó un poco mejor a la realidad social venezolana. Sigue el Código Civil de 1904, también tienen algunas reformas ymodificaciones que fueron consideradas retrasadas, pero que representaronalgunos avances como por ejemplo: se consagra por primera vez la institucióndel Divorcio en materia de Derecho de Familia en Venezuela. En 1916 se dicta un nuevo Código Civil,cuyas disposiciones se adaptaban mas a la realidad social de la época, alpermitir ampliamente la investigación de la paternidad natural, simplificandolas formalidades para contraer matrimonio entre concubinos y equiparando loshijos legítimos y naturales en cuanto a la herencia de la madre. La reforma de 1922 tuvo como principal innovación laeliminación de la inquisición de paternidad natural como principio, y la limitónuevamente al caso de rapto. El código Civil de 1942, el cual nos rigeparcialmente en la actualidad, introdujo una serie de reformas convenientespara adaptar la legislación a la realidad venezolana; se estableció lacomunidad concubinaria que es una regla de Derecho que permite a la mujer quehabía vivido en concubinato prolongado, solicitar derechos patrimoniales de suconcubino. Se hicieron algunas reformas en materia de obligaciones, se destacóla llamada tutela del Estado para los menores abandonados. El Código Civil de 1942 duró 40 añosen vigencia y fue derogado parcialmente por el Código Civil que nos rigeactualmente que es el de 1982; éstecódigo inspirado en los principios de equiparación jurídica del hombre y de lamujer, y de los hijos y demás parientes naturales con los legítimos, introdujodistintas modificaciones en materia del Nombre, Tutela, Patrimonio, PatriaPotestad, es decir, que se refieren particularmente a la materia de familia.Referencia Bibliográfica:Aguilar Gorrondona, José L. (2005). Personas, Derecho Civil I. Caracas: Universidad Católica Andrés Bello, 17ª Edición.