La Dirección General de tributos va a considerar exentas de IVA las transmisiones de derechos de Pago Único.
Desde primeros de año en Andalucía y en otras comunidades, se han estado recibiendo requerimientos de la Agencia Tributaria con relación a la cesión de derechos de pago único que se habían realizado en los últimos años. Hacienda entendía que en el caso de compraventas y arrendamientos de derechos de pago único, estas transmisiones están sujetas a IVA, en su tipo general del 21%.
Los afectados están recibiendo una comunicación en la que se les reclama documentación para comprobar la compra-venta o arrendamiento de derechos, para, posteriormente, poner en marcha un expediente de reclamación del IVA.
Uno de los problemas a la que nos enfrentamos, en la cesión de derechos de pago básico,este año 2015, es que se desconoce el valor de los mismos, hasta que no se asignen a cada agricultor. Asignación que se realizará posteriormente a realizar la solicitud de Ayuda 2015 ( 15 de Junio) y por tanto a las posibles cesiones de derechos.
Parecía una barbaridad que los agricultores tuvieran que pagar IVA en cualquier operación de transmisión, sobre todo en el caso de padres a hijos o entre cónyuges, etc. Al final parece que se impndrá la sensatez y no será así.
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